Diario Oficial El Peruano del 14/6/2022

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Source: Diario Oficial El Peruano

Firmado por: Editora Peru Fecha: 14/06/2022 03:58

Gerente de Publicaciones Oficiales:

MARTES 14

RICARDO MONTERO REYES

DE JUNIO DE 2022
AÑO DEL FORTALECIMIENTO
DE LA SOBERANÍA NACIONAL

BOLETÍN OFICIAL
SUMARIO
AVISOS DE CURSO LEGAL

A. Avisos Diversos B. Edictos Matrimoniales C. Concesiones, Servidumbres y E.I.A.

1
10
10

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Lima y Callao A. Edictos Judiciales
B. Edictos Clasificados 14

Cortes Superiores de Justicia Juzgados de Paz Letrados
14

Provincias
Inscripción y Rectificación de Partidas Ineficacia de Título Valor Patrimonio Familiar Prescripción Adquisitiva Sucesión Intestada Reconocimiento de Unión de Hecho Curatela Especial
AVISOS DE CURSO LEGAL
A.AContrataciones del Estado A.
visos Diversos
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0034-2022 - GRA-GRDE-DRA/D
Huaraz, 02 JUN. 2022

COMUNICADO

VISTO:
El Expediente Administrativo N 128075-2013, promovido por la Empresa Redondos S.A., sobre Formalización de Terreno Eriazo habilitado, el Informe Técnico N010-2016-DRA-ANC/DTPRYCC/GSH/D, el Informe Técnico Legal Nº 051 2021-GRA-GRDE-DRA/DTPRYCC y el Informe Técnico Legal Nº 33
2022-GRA-GRDE-DRA/DTPRCC-U.F, respecto al predio denominado Bellavista Canoas y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante solicitud con registro de Expediente Nº 4395 2013 y acumulados al Expediente Nº 1280752013, la Empresa Redondos S.A., representado por el señor Carlos Augusto Castillo Gonzales, presenta la solicitud de Formalización de Terreno Eriazo, denominado BELLAVISTA CANOAS , acogiéndose al D.S. N
032-2008-VIVIENDA.
Que, según el informe Técnico N010-2016-DRA-ANC/DTPRYCC/GSH/D, de fecha 14 de Enero del 2016, el cual concluye que se debe continuar con la solicitud sobre formalización del terreno Eriazo Bellavista Canoas, estando el informe Técnico N 010-2016-DRA-ANC/DTPRYCC/GSH/D, de fecha 14 de Enero del 2016, informe emitido a raíz de la inspección ocular realizada el 14 de Diciembre del 2015, constatando que el terreno solicitado es eriazo, que a la fecha ha sido habilitado con una antigedad al 31 de diciembre del 2004; El área habilitada para producciones agropecuarias es del 100% del terreno en donde existen galpones, viviendas, caminos y carreteras internas. El área solicitada no está en posesión de particulares ni comunidad campesina y no afecta derecho de propiedad de terceros y que se ha cumplido con todos los requisitos exigidos por ley, estipulados en el D.S. N032-2008 -VIVIENDA y la Resolución Ministerial N
581-2015-MINAGRI.
Que, concurriendo los presupuestos exigidos por el dispositivo legal acotado corresponde incorporar al dominio del estado representado por la Dirección Regional Agraria Ancash, el terreno eriazo denominado BELLAVISTA CANOAS de una extensión de 459.8604 Has, ubicado en el sector BELLAVISTA CANOAS, Distrito y Provincia de Huarmey, departamento de Ancash, el cual colinda por la parte Norte con Terreno Eriazo del estado, con una longitud de 979.48 ml., por el Este colinda con Terreno Eriazo del Estado, con una longitud de 5,560.02 metros lineales, por el Sur colinda con Terreno Eriazo del Estado, con una longitud de 1,083.49 metros lineales y por el Oeste colinda con Terreno Eriazo del Estado, con una longitud de 5,696.85
metros lineales.
Que, según el informe Técnico Legal Nº 33 - 2022-GRA-GRDE-DRA/DTPRCC-U.F, se recomienda Rectificar por error material o aritmético, la Resolución Directoral Nº 009 2022-GR-GRDE-DRA/D, de fecha 17 de marzo del 2022, sobre el predio eriazo Bellavista Canoas.
Que, verificado en la búsqueda catastral en los Registros Públicos se verifica el error material o aritmético tal como se muestra en la memoria descriptiva y plano presentado por el solicitante, disponiendo su inmatriculación en el registro de predios de la Oficina Registral de la ciudad de Casma.
Que, de acuerdo al numeral 212.1, del artículo 212, del T.U.O. de la Ley N 27444, establece; Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido; ni el sentido de la decisión.
Que estando a los hechos expuestos y las normas invocadas y con las facultades conferidas por la ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Ley N 27867 modificado por la Ley N 27902, en concordancia con lo dispuesto por la ley N 27783 ley de bases de la descentralización; con la visación de la Dirección de Titulación de Predios Rurales Comunidades Campesinas y Terrenos Eriazos, Dirección de Asesoría Jurídica, Dirección de Planificación, y la Dirección de Administración.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Rectificar, la Resolución Directoral N 0009-2022-GRA GRDE-DRA/D, de fecha 17 de marzo del 2022; por error material o aritmético, lo siguiente, donde DICE:
Disponer la INCORPORACIÓN, al dominio del Estado representado por la Dirección Regional Agraria Ancash, la superficie del terreno eriazo denominado Bellavista Canoas de una extensión de 459.8604 Has.
el cual colinda por la parte Norte con Terreno Eriazo del estado, con una longitud de 979.48 metros lineales, por el Este colinda con Terreno Eriazo del Estado, con una longitud de 5,560.02 metros lineales, por el Sur colinda con Terreno Eriazo del Estado, con una longitud de 1,083.49 metros lineales y por el Oeste colinda con Terreno Eriazo del Estado, con una longitud de 5,696.85 metros lineales.
DEBE DECIR: Disponer la INCORPORACIÓN, al dominio del Estado representado por la Dirección Regional Agraria Ancash, la superficie del terreno eriazo denominado Bellavista Canoas de una extensión de 455.1835 Has. Y un perímetro de 13 270.84 metros lineales; el cual colinda por la parte Norte con Terreno Eriazo del estado, con una longitud de 969.25 metros lineales, por el Este colinda con Terreno Eriazo del Estado, con una longitud de 5 556.20 metros lineales, por el Sur colinda con Terreno Eriazo del Estado, con una longitud de 1 060.76 metros lineales y por el Oeste colinda con Terreno Eriazo del Estado, con una longitud de 5 684.63 metros lineales.
ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR la presente Resolución a los interesados y a los órganos pertinentes.

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REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH
DIRECCIÓN REGIONAL AGRARIA
Ing. Wilmer Edinson López Camacho DIRECTOR REGIONAL

005-2073224-1
015-2076997-1

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15

About this edition

Diario Oficial El Peruano del 14/6/2022

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date14/06/2022

Page count24

Edition count2735

First edition01/01/2016

Last issue07/05/2024

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