Diario Oficial El Peruano del 26/8/2020

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Source: Diario Oficial El Peruano

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BOLETIN OFICIAL

Lima, miércoles 26 de agosto de 2020 I EL PERUANO

AVISO DE REORGANIZACIÓN MÚLTIPLE
Se comunica que, mediante juntas generales de accionistas de Corporación Primax S.A. Corporación Primax, Corporación Pecsa S.A.
Pecsacorp, Peruanas de Combustibles S.A. Pecsa, Nexo Lubricantes S.A. Nexo, Coesti S.A. Coesti y Peruana Estaciones de Servicios S.A.C. PES, todas de fecha 14 de noviembre de 2019, se aprobó la reorganización múltiple la Reorganización Múltiple que comprende:
i
Un proceso de fusión por absorción de conformidad a lo previsto en el numeral 2 del artículo 344 de la LGS, mediante el cual Corporación Primax absorbe en vía de fusión por absorción a Pecsacorp, extinguiéndose la personalidad jurídica de esta última;

ii
Un proceso de fusión simple de conformidad a lo previsto en el artículo 363 de la LGS, mediante el cual Corporación Primax absorbe en vía de fusión por absorción a Pecsa, extinguiéndose la personalidad jurídica de esta última;

iii Un proceso de fusión simple de conformidad a lo previsto en el artículo 363 de la LGS, mediante el cual Corporación Primax absorbe en vía de fusión por absorción a Nexo, extinguiéndose la personalidad jurídica de esta última;
iv Un proceso de fusión por absorción de conformidad a lo previsto en el numeral 2 del artículo 344 de la LGS, mediante el cual Coesti absorbe en vía de fusión por absorción a PES, extinguiéndose la personalidad jurídica de esta última.
La Reorganización Múltiple entró en vigencia en la fecha indicada en el acuerdo de fusión, esto es el 1 de enero de 2020. Sin perjuicio de su inmediata entrada en vigencia, la Reorganización Múltiple está supeditada a la inscripción del acuerdo en los Registros Públicos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 353 de la LGS.
Sin perjuicio de la publicación de avisos de la Reorganización Múltiple que se hicieron los días 15/11/2019, 21/11/2019 y 27/11/2019, en cumplimiento y para los efectos de lo establecido en el artículo 355 de la LGS, se realiza nuevamente la presente publicación.
Corporación Pecsa S.A.

Peruana de Combustibles S.A.

La Gerencia
La Gerencia
Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres Año de la Universalización de la Salud
EDICTO
La Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima SEDAPAL, con domicilio legal en Autopista Ramiro Prialé N 210, distrito de El Agustino, provincia y departamento de Lima, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 20
del Decreto Legislativo N 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de Obras de Infraestructura, cumple con comunicar a Juan Pablo Fernandini Marrou, su intención de adquirir el área 360.00 m, que forma parte del Sub Lote 1A, manzana Ñ de la Cooperativa de Colonización Las Vertientes de la Tablada de Lurín Ltda. N 224, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida N 46408802 en duplicidad con la Partida N 13244624 del Registro de Predios de Lima, para la futura construcción de la Cámara de Bombeo de Desage CBD-01, que comprende el Proyecto Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de los Sectores 318 y 323, distrito de Villa El Salvador.
Por lo que, en cumplimiento de los numerales 21.2 y 23.1.2 de los artículo 21 y 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N 27444 y en aplicación del numeral 20.2 del artículo 20
del Decreto Legislativo N 1192 y sus modificatorias, SEDAPAL manifiesta su intención de adquirir el área descrita en el párrafo precedente, a un valor de tasación de S/ 442,800.00
Cuatrocientos Cuarenta y Dos Mil Ochocientos con 00/100 Soles; y de aceptar la oferta de adquisición, se le otorgará un incentivo del 20% del valor de tasación, percibiendo un total de S/ 531,360.00 Quinientos Treinta y Un Mil Trecientos Sesenta con 00/100 Nuevos Soles.
En atención a lo expuesto, Juan Pablo Fernandini Marrou y los copropietarios inscritos en la Partida N 46408802 cuentan con un plazo máximo de 10 días hábiles contados a partir de la presente publicación, para manifestar su aceptación a la oferta de adquisición, dicha manifestación deberá ser en forma conjunta con el Señor José Eloy Hidalgo, propietario del predio inscrito en la Partida N 13244624, toda vez que existe una duplicidad de partidas, y le resulta aplicable lo dispuesto en el numeral 29.2 del artículo 29 del Decreto Legislativo N 1192 y sus modificatorias. A falta de acuerdo de todos los propietarios involucrados en la duplicidad o de darse otra causal que impida la adquisición, se dará inicio al proceso de expropiación1.
Finalmente, informamos que, en los supuestos de adquisición o expropiación, SEDAPAL
solicitará en la vía judicial o arbitral, según corresponda, la consignación del valor de Tasación a nombre de los titulares registrales de las partidas que comprenden la duplicidad. Dicha consignación será entregada al legítimo propietario cuando se defina el mejor derecho de propiedad sobre el predio.
Lima, agosto 2020

Equipo Saneamiento de Propiedades y Servidumbres
1 En el proceso expropiatorio no se pagará el incentivo del 20%, en virtud de lo estipulado en el numeral 4.5

del artículo 4 del Decreto Legislativo N 1192.
002-1879499-1

Nexo Lubricantes S.A.

Peruana Estaciones de Servicios S.A.C.

La Gerencia
La Gerencia
075-1877174-1

PERÚ

Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Viceministerio de Transportes
Provías Nacional
Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres Año de la Universalización de la Salud
EDICTO

COMUNICADO
AL PÚBLICO EN GENERAL
El Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con domicilio legal en Jirón Zorritos N1203, distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, de conformidad con el numeral 7.1 del artículo 7 del T.U.O. del Decreto Legislativo N1192 y sus modificatorias, cumple con hacer de conocimiento público que los predios que a continuación se detallan, se encuentran inmersos en el procedimiento de adquisición de las áreas afectadas por el Derecho de Vía de la Carretera: Pomacochas - Tarapoto, Tramo: Rioja - Corral Quemado del Eje Multimodal Amazonas Norte - IIRSA Norte; en ese sentido, los terceros interesados que acrediten su mejor derecho de propiedad y/o posesión; podrán apersonarse dentro del plazo máximo de diez 10 días hábiles contados a partir de la última publicación a la siguiente dirección: Jirón Zorritos N1203, distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima; o presentar su oposición debidamente sustentada a través del correo electrónico: mesapartespvn@pvn.gob.pe .
Progresivas Inicio km Final km 1 RIO-D-102
466+996
467+146
2 RIO-D-108
466+581
466+735
3 RIO-D-119
466+051
466+135
4 RIO-D-121
465+915
466+051
5 RIO-D-139B 464+219
464+647
6 RIO-D-152
463+020
463+185
7 RIO-D-154
462+817
463+020
8 RIO-I-112A
466+469
466+581
9 RIO-I-112B
466+400
466+469
10 RIO-I-143
463+400
464+680
11 RIO-I-164
461+660
461+923
12 RIO-I-166
461+471
461+660

Código
Solicitado por: PROVIAS NACIONAL
005-1879138-1

Lado DERECHO
DERECHO
DERECHO
DERECHO
DERECHO
DERECHO
DERECHO
IZQUIERDO
IZQUIERDO
IZQUIERDO
IZQUIERDO
IZQUIERDO

Sector Distrito Provincia

COMPROBACION DE TESTAMENTO CERRADO
Ante mi, Luis Gutierrez Adrianzen, Notario de Lima, Milena Alessandra Federici Aguirre peticiona la Comprobación del Testamento Cerrado otorgado el 12/11/2010 ante el ex Notario de Lima, por Percy Gonzalez Vigil Balbuena, cuyo deceso fue el 27/12/2019; habiendose fijado el 29/08/2020 a horas 12:00 medio dia, para comprobar la autenticidad del testamento cerrado y el cumplimiento de las formalidades de ley. Se pone en conocimiento de los interesados con el fin que se apersonen a esta Notaria en Calle Schell 120, Of. 25, MirafloresLima -Lima, el dia y hora señalados, quienes consideren tener vocación sucesoria respecto del causante. Lima, 20 de Agosto de 2020. LUIS BENJAMIN GUTIERREZ ADRIANZEN
- Abogado - Notario de Lima.
002-1879264-1

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Departamento San Martín San Martín San Martín San Martín San Martín San Martín San Martín San Martín San Martín San Martín San Martín San Martín
Lima, julio del 2020

Ante la ORLIMA-RENIEC, con fecha 1 0 / 0 1 / 2 0 2 0 , e l S r. L U I S A L B E RTO
SANCHEZ GOMEZ, mediante Expediente N 232-2020-AM-ORLlMA solicita la Rectificación Administrativa de su Acta de Nacimiento N
1013463663, en el sentido que el nombre de su padre, dice: MOISES SANCHEZ, debe decir :
MOISES SANCHEZ CASTILLO. Se efectúa la publicación prevista en el Art. 73 del D.S. 015-98-PCM.
Lima, 03 DE MARZO DEL 2020.
ABOG. MAIKOL STIFF REATEGUI KOCLENG
Jefe e de Oficina Registral - Cercado de Lima Registro Nacional de Identificación y Estado Civil 012-1879433-1

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
Conforme al artículo 412 de la Ley General de Sociedades, la Junta General de Accionistas con fecha 07 de diciembre de 2015, acordó la disolución y liquidación de la empresa EDIFICACIONES
MERGAREJO S.A.C., nombrándose como liquidador al Sr. Alejandro Gonzalo Govea Del Valle, identificado con DNI N 09159615.
Lima, 01 de junio de 2020

Alejandro Gonzalo Govea Del Valle El Liquidador 002-1879559-1

AVISO DE DISOLUCIÓN DE EMPRESA Y
NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADOR
Por decisión de la Titular de fecha 13 de julio de 2020, se acordó proceder a la DISOLUCIÓN de la empresa PROYECTOS SAN JUAN E.I.R.L., identificada con RUC
20544086767, y nombrar como LIQUIDADORA a la señora DANITZA JACKELINE CAMPOS GUEVARA DE
TOMONA, identificada con DNI No. 40787534.
Lo que se pone en conocimiento de los interesados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 del Decreto Ley No. 21621 Ley de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.
Lima, 15 de julio de 2020
La Titular Gerente 075-1879458-1

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Diario Oficial El Peruano del 26/8/2020

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date26/08/2020

Page count24

Edition count2747

First edition01/01/2016

Last issue06/06/2024

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