Diario Oficial El Peruano del 29/2/2020
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Source: Diario Oficial El Peruano
N
14
15
16
AUTORIDAD QUE NOTIFICA
EL DOCUMENTO
DOCUMENTOS POR
NOTIFICAR
Imputación de Cargos N
790-2019-SUNAFIL/ILM/AI1
Autoridad Instructora 1 - Unidad Funcional Fase Instructora
EMPLEADOR/
ADMINISTRADO
FECHA DEL
DOCUMENTO
SUMILLA
14/10/2019
Se imputa la comisión de cuatro 4 infracciones en materia de relaciones laborales y una 1 infracción a la labor inspectiva, confirmando sanción propuesta en el Acta de Infracción N 379-2018
16/01/2018
Proveído
18/11/2019
Proveído
16/12/2019
Imputación de Cargos N
364-2018-SUNAFIL/ILM/SIAI
04/07/2018
Se imputa la comisión de una 1 infracción a la labor inspectiva, con propuesta de sanción de multa con reducción al 35% de S/. 7,087.50 soles.
Acta de Infracción N 16872017
26/07/2017
Se atribuye la comisión de una 1 infracción a la labor inspectiva. Se propone sanción de multa de S/ 20,250.00 soles.
Proveído
13/02/2020
Vuélvase a notificar la Imputación de Cargos N 364-2018-SUNAFIL/ILM/SIAI y el Acta de Infracción N 1687-2017, vía publicación.
Imputación de Cargos N
422-2019-SUNAFIL/ILM/AI1
02/09/2019
Se imputa la comisión de dos 2 infracciones a la labor inspectiva, confirmando sanción propuesta en el Acta de Infracción N 735-2019
Acta de Infracción N 7352019
19/03/2019
Se atribuye la comisión de dos 2 infracciones a la labor inspectiva. Se propone sanción de multa de S/ 18,900.00 soles.
Proveído
13/02/2020
Vuélvase a notificar la Imputación de Cargos N 422-2019-SUNAFIL/ILM/AI1 y el Acta de Infracción N 735-2019, vía publicación.
Autoridad Instructora 1 - Unidad Funcional Fase Instructora
ÚLTIMO DOMICILIO
NOTIFICADO
PROCEDE PLAZO
Se atribuye la comisión de cuatro 4 infracciones en materia de relaciones laborales y una 1 EMULSIONES Y ASFALTOS
Calle Monte Rosa N 270
SOCIEDAD ANONIMA
infracción a la labor inspectiva. Se propone sanción de multa de S/ 11,993.50 soles.
CERRADA EN LIQUIDACION Of. 403 Urb. Chacarilla - Descargo Vuélvase a notificar la Imputación de Cargos N 790-2019/SUNAFIL/ILM/AI1 y el Acta de Infracción - EMULSIONES Y ASFALTOS
Santiago de Surco N 379-2018
S.A.C EN LIQUI
Vuélvase a notificar la Imputación de Cargos N 790-2019/SUNAFIL/ILM/AI1, el Acta de Infracción N 379-2018 y el proveído de fecha 18/11/2019, vía publicación.
Acta de Infracción N 3792018
Autoridad Instructora 1 - Unidad Funcional Fase Instructora
3
BOLETIN OFICIAL
Lima, sábado 29 de febrero de 2020 I EL PERUANO
MHM INVERSIONES
SOCIEDAD ANONIMA
CERRADA
Av. Ampliación Callao Mz.
X Lt. 8 Urb. Los Jazminez Descargo - Callao, Callao
Av. José Pardo N
620 Int. 2 Tienda 2 Miraflores
KOMFORT S A
Descargo
05 días hábiles
05 días hábiles
05 días hábiles
Modificado por el Decreto Legislativo N 1452.
El Empleador y/o administrado podrá solicitar una copia de los mencionados documentos en las oficinas de SUNAFIL, ubicadas en la Av. Salaverry N 655, Jesús María - Lima, consultando por la autoridad que notifica el documento.
Los plazos serán computados a partir del día siguiente de su publicación.
CRETA ENRIQUEZ DUEÑAS
Autoridad Instructora I
U.F. Fase Instructora Intendencia de Lima Metropolitana Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral
005-1860220-1
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 20.1.3 del numeral 20.1 del artículo 20 del T.U.O. de la Ley N 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, y de acuerdo a lo establecido en los artículos 9, 12, 14, 15 y 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva aprobado por Decreto Supremo N 018-2008-JUS se cumple con NOTIFICAR a los deudores que a continuación se detallan; con la finalidad de que procedan a pagar en moneda nacional la siguiente deuda; en el plazo de SIETE 07 DIAS hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación; bajo apercibimiento de dictarse las medidas cautelares previstas en el artículo 33 del TUO de la Ley N 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva.
N
AUTORIDAD QUE NOTIFICA EL
DOCUMENTO
1
EJECUTORÍA COACTIVA - ILM
2
EJECUTORÍA COACTIVA - ILM
3
EJECUTORÍA COACTIVA - ILM
CONSORCIO A&G S.A.C.
20509179752
4
EJECUTORÍA COACTIVA - ILM
CONSORCIO A&G S.A.C.
20509179752
5
EJECUTORÍA COACTIVA - ILM
F & J INTERNACIONAL S.A.C.
20600862929
6
EJECUTORÍA COACTIVA - ILM
F & J INTERNACIONAL S.A.C.
20600862929
OBLIGADO
RES. COACTIVA
EX. COACTIVO
TIPO DE RESOLUCION
RES. UNO EXP. COACTIVO N
0122-2020-SUNAFIL/ILM-EC01
RES. DOS EXP. COACTIVO N
0122-2020-SUNAFIL/ILM-EC01
RES. UNO EXP. COACTIVO N
0166-2020-SUNAFIL/ILM-EC01
RES. DOS EXP. COACTIVO N
0166-2020-SUNAFIL/ILM-EC01
RES. UNO EXP. COACTIVO N
0167-2020-SUNAFIL/ILM-EC01
RES. DOS EXP. COACTIVO N
0167-2020-SUNAFIL/ILM-EC01
NOTIFICACIÓN DE LA REC
UNO
RES DOS SOBRECARTE DE
LA REC UNO
NOTIFICACIÓN DE LA REC
UNO
RES DOS SOBRECARTE DE
LA REC UNO
NOTIFICACIÓN DE LA REC
UNO
RES DOS SOBRECARTE DE
LA REC UNO
DOCUMENTO
MINING PROJECTS AND SERVICES
SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
MINING PROJECTS AND SERVICES
SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
20537338670
20537338670
FECHA DE RES.
COACTIVA
29/01/2020
12/02/2020
29/01/2020
12/02/2020
29/01/2020
12/02/2020
CONCEPTO DE LA DEUDA
Multa Administrativa N
0446-2018-SUNAFIL/ILM/SIRE5
Multa Administrativa N
0446-2018-SUNAFIL/ILM/SIRE5
Multa Administrativa N
0597-2019-SUNAFIL/ILM/SIRE1
Multa Administrativa N
0597-2019-SUNAFIL/ILM/SIRE1
Multa Administrativa N
0559-2019-SUNAFIL/ILM/SIRE3
Multa Administrativa N
0559-2019-SUNAFIL/ILM/SIRE3
MONTO
ADEUDADO EN
SOLES
NRO DE CUENTA
SUNAFIL EN EL BANCO
DE LA NACIÓN
16,421.92
0068337089
0068337089
19,680.97
0068337090
0068337091
20,180.83
0068337092
0068337093
El obligado podrá solicitar una copia del documento en las oficinas de SUNAFIL, ubicadas en Av. Salaverry 655 -2do piso - Jesús MaríaLima, consultando por el área de Ejecución Coactiva. Deuda actualizada a la fecha de emisión de la resolución coactiva; NO incluye los intereses generados así como las costas y gastos derivados del proceso de ejecución coactiva devengados hasta la total cancelación de la deuda. Sírvase actualizar el monto adeudado comunicándose previamente al teléfono 390-2800 anexo 2007 y/o vía email: coactivo@sunafil.gob.pe AREA RESPONSABLE: EJECUCIÓN COACTIVA
ANA MARIA RIVASPLATA SANTOLALLA
Ejecutor Coactivo Intendencia de Lima Metropolitana Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral
005-1860353-1
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 20.1.3 del numeral 20.1 del artículo 20 del T.U.O. de la Ley N 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, y de acuerdo a lo establecido en los artículos 9, 12, 15 y 17 del T.U.O. de la Ley N 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N 018-2008-JUS se cumple con NOTIFICAR allos deudores que a continuación se detallan, con la finalidad de que tomen conocimiento de las resoluciones coactivas de medida cautelar trabadas en su oportunidad, de conformidad con el artículo 33 de la Ley N 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva AUTORIDAD QUE
N
NOTIFICA EL
DOCUMENTO
1.
2.
3.
OBLIGADO
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD
EXPEDIENTE COACTIVO
RESOLUCIÓN FECHA DEL
N
DOCUMENTO
MULTA
NRO DE CUENTA
MONTO DEL SUNAFIL EN EL
BANCO DE LA
EMBARGO
NACIÓN
1
EJECUTORÍA
COACTIVA - ILM
CALIFORNIA TAN PERÚ S.A.C. /
CALTAN PERÚ S.A.C.
RUC N
20600466683
EXPEDIENTE COACTIVO N
1147-2019-SUNAFIL/ILM-EC01
DOS
24/10/2019
MEDIDA CAUTELAR DE
EMBARGO EN FORMA DE
RETENCIÓN BANCARIA
2
EJECUTORÍA
COACTIVA - ILM
CALIFORNIA TAN PERÚ S.A.C. /
CALTAN PERÚ S.A.C.
RUC N
20600466683
EXPEDIENTE COACTIVO N
1147-2019-SUNAFIL/ILM-EC01
TRES
26/12/2019
SOBRECARTE
0068337089
3
EJECUTORÍA
COACTIVA - ILM
CALIFORNIA TAN PERÚ S.A.C. /
CALTAN PERÚ S.A.C.
RUC N
20600466683
EXPEDIENTE COACTIVO N
1147-2019-SUNAFIL/ILM-EC01
CUATRO
10/02/2020
NOTIFICACIÓN POR
PUBLICACIÓN
0068337089
9,185.20
0068337089
La medida cautelar de embargo definitivo en forma de retención bancaria recae sobre todos y cada uno de los derechos de créditos actuales y futuros, custodias, depósitos, fondos, retenciones, valores, acciones, acreencias sin excepción de ninguna clase, así como sobre todas y cada una de las cuentas corrientes, de crédito y otros rubros de captación, recaudación y títulos valores en general, que sean susceptibles de embargo de acuerdo al ordenamiento jurídico y legal vigentes procediendo conforme al último párrafo del numeral 6 del artículo 648 del Código Procesal Civil, si fuera el caso, en forma individual o conjunta, extendiéndose la medida al ejecutado, sea cual fuera la denominación que utilice en sus operaciones comerciales bancarias y financieras, los mismos que se encuentran en poder de terceros, en moneda nacional o su equivalente en moneda extranjera pertenecientes a los obligados antes detallados, debiendo TRANSCRIBIRSE Y NOTIFICARSE a los Representantes Legales de las diferentes Entidades del Sector Financiero y Bancario de la capital y Representantes Legales de los Terceros notificados, a fin de que cumplan con poner a orden y disposición de esta Ejecutoría Coactiva las cantidades retenidas, subsistiendo la medida de embargo hasta que sea levantada por este Despacho en forma expresa, facultándose al Auxiliar Coactivo que da cuenta en los presentes, a efectuar la toma de dicho a los representantes legales de dichas Instituciones en el acto de la diligencia de notificación en el acto de la diligencia de notificación. Debiendo ESTABLECER LA RESPONSABILIDAD de los terceros que resulten notificados, en caso de incurrir en las causales establecidas en los numerales 18.1, 18.2, 18.3, 18.4 y 18.5 del artículo 18 y el inciso d del segundo párrafo del artículo 33º del T.U.O. de la Ley N 26979 - Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva.
Sobrecarte al obligado la Resolución N DOS de fecha 24 de octubre de 2019 en el domicilio ubicado en CALLE LOS FRESNOS MZA. M LOTE 05, URBANIZACIÓN HUERTOS DE VILLENA LIMA
PACHACAMAC.
Notificar por edicto, a través del Diario Oficial El Peruano o en otro de mayor circulación a nivel nacional la Resolución N DOS de fecha 24 de octubre de 2019, la Resolución N TRES de fecha 26 de diciembre de 2019, la presente resolución, así como las demás resoluciones que se emitan en el presente procedimiento de ejecución coactiva.
El obligado podrá solicitar una copia del documento en las oficinas de SUNAFIL, ubicadas en Av. Salaverry 655 -2do piso - Jesús MaríaLima, consultando por el área de Ejecución Coactiva.
Para efectuar el pago total de su deuda, deberá solicitar la actualización correspondiente de la misma al teléfono 3902800 Anexo 2007 o escribir a coactivo@sunafil.gob.pe DAVID PAUL ROSAS GANDULLIA
Ejecutor Coactivo e Intendencia de Lima Metropolitana Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral
REGISTRO DE PERITOS VALUADORES
- Repev Se hace saber al público que el señor Edgar Jhon Angeles Gonzales, Ingeniero Civil, con Documento Nacional de Identidad N 46047564
y con domicilio en el Departamento de Lima, ha presentado a esta Superintendencia una solicitud para que se autorice su inscripción en el Registro de Peritos Valuadores que tiene a su cargo este Organismo de Control.
Debiendo dicha solicitud ser evaluada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento de Peritos Valuadores, aprobado mediante Resolución S.B.S. N 880-97 y sus modificatorias, se cita a todas las personas que tengan conocimiento de cualquier objeción o tacha que a su juicio exista para la inscripción del citado profesional, se sirva formularla ante esta Institución en el término de quince 15 días calendario siguientes a la publicación del presente aviso.
Lima, 20 de febrero de 2020
MARIA URSULA ORTIZ RUGGIERO
Jefe del Departamento de Registros a.i.
005-1860327-1
002-1859709-1