Diario Oficial El Peruano del 19/8/2019

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Source: Diario Oficial El Peruano

Firmado Digitalmente por:
EDITORA PERU
Fecha: 19/08/2019 04:34:27

Gerente de Publicaciones Oficiales:

LUNES 19

RICARDO MONTERO REYES

DE AGOSTO DE 2019
AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA
CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD

BOLETÍN OFICIAL
SUMARIO
AVISOS DE CURSO LEGAL

A. Avisos Diversos B. Edictos Matrimoniales C. Concesiones, Servidumbres y E.I.A.

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Lima y Callao A. Edictos Judiciales
1 8
9

B. Edictos Clasificados 10

Cortes Superiores de Justicia Juzgados Especializados
10

Inscripción y Rectificación de Partidas Ineficacia de Título Valor Patrimonio Familiar Prescripción Adquisitiva Sucesión Intestada Titulos Supletorios Reconocimiento de Unión de Hecho Curatela Especial
C. Remates Judiciales
13

Remates Bienes Inmuebles Provincias
14

AVISOS DE CURSO LEGAL
A. Contrataciones A. Avisos Diversos del Estado PERÚ

Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Viceministerio de Comunicaciones
Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones
NOTIFICACION
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones MTC a través de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, de conformidad a lo establecido en los artículos 20º numeral 20.1.3, 23º numeral 23.1.2 y 23.2 del Texto Unico Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, en vía subsidiaria a la notificación personal realizada en forma infructuosa, procede a notificar a las personas naturales y jurídicas que se detallan seguidamente, a fin de que tomen conocimiento de los siguientes actos:
Autoridad que emite el documento Nº
:

TITULAR / SOLICITANTE

Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones
UBICACIÓN

MATERIA DE LA SOLICITUD /
TRÁMITE

ACTO QUE SE NOTIFICA

1

ADRIAN MIGUEL PEZO GARCIA

LORETO

Renuncia a la autorizacion de teleservicio privado
R.D. N 3588-2010-MTC/28

2

CARLOS MANUEL CHICOMA ARCE

CAJAMARCA

Autorizacion de enlace jo auxiliar al servicio de radiodifusion sonora
R.D. N 0272-2016-MTC/28

3

EMPRESA DE SEGURIDAD RESGUARDO Y
VIGILANCIA MEERKAT S.A.C.

LIMA

4

TRANSPORTE, COMERCIO Y SERVICIOS
FIAROKA S.R.LTDA.

LIMA

Extinción de autorización de teleservicio privado
R.D. N 0516-2018-MTC/28

5

CESITH REATEGUI IZQUIERDO

AREQUIPA

Recticacion de error material y extinción de autorización de teleservicio privado
R.D. N 0311-2018-MTC/28

6

BARJA Y VASQUEZ INGENIEROS
EJECUTORES DE SERVICIOS MULTIPLES
INDUSTRIALES S.A.C.

7

SERAPIO CUTIPA ALCCAMARI

Dejar sin efecto autorizacion de teleservicio privado R.D. N 2149-2017-MTC/28

LA LIBERTAD Dejar sin efecto autorización de teleservicio privado R.D. N 0826-2016-MTC/29

MADRE DE
DIOS

Solicitud de autorizacion de teleservicio privado
OFICIO N 2893-2011MTC/28

CONTENIDO DE DOCUMENTO
Aceptar la renuncia formulada por ADRIAN MIGUEL PEZO GARCIA, dejando sin efecto a partir del 5 de octubre de 2010, fecha de presentación del escrito N 129619, la autorizacion otorgada mediante Resolución Directoral N
0359-2007-MTC/28, respecto de tres 3 estaciones radioeléctricas del teleservicio pirvado, modadlidad jo terrestre.
Requerir a ADRIAN MIGUEL PEZO GARCIA el pago del canon del año 2010 por uso del espectro radioeléctrico del teleservico privado, hasta el 4 de octubre de 2010, día anterior a la fecha de presentacion de su renuncia.
Otorgar a CARLOS MANUEL CHICOMA ARCE autorización parar operar un enlace jo auxiliar al servicio de radiodifusión sonora, en la frecuencia modulada FM.
Dejar sin efecto de pleno derecho, a partir del 19 de mayo de 2017, la autorización del teleservicio privado, modalidad móvil terrestre, otorgada a la EMPRESA DE SEGURIDAD RESGUARDO Y VIGILANCIA MEERKAT S.A.C., mediante Resolución Directoral N 0226-2017-MTC/28, por incumplimiento de pago del derecho de autorización y canon anual 2017 dentro de los sesenta 60 días hábiles siguientes de noticada la referida resolución.
Declarar la extinción de pleno derecho, a partir del 1 de enero de 2012, de la autorización otorgada mediante Resolución Directoral Nº 2299-2009-MTC/28, a la empresa TRANSPORTE, COMERCIO Y SERVICIOS FIAROKA
S.R.LTDA., para operar dos 2 estaciones radioeléctricas del teleservicio privado, en la modalidad móvil marítimo, por incumplimiento de pago del canon anual por dos 2 años consecutivos.
Recticar con efecto retroactivo, a partir del 22 de setiembre de 2010, el error material contenido en el artículo 1 de la parte resolutiva de la Resolución Directoral N 3083-2010-MTC/28, estableciendo que donde dice "situadas en el campamento minero de Cerro Verde, ubicado en el distrito de Uchumayo, provincia y departamento de Arequipa", debe decir "situadas en Desembarcadero Sifo AlvanRío Amazonas, del distrito de Punchana, provincia de Maynas y departamento de Loreto, y en Av.Parinacocha Mza C Lote 24 AA.HH. 26 de Febrero, del distrito de San Juan Bautista, provincia de Maynas y departamento de Loreto".
Declarar la extinción de pleno derecho, a partir del 5 de setiembre de 2015, de la autorización otorgada mediante Resolución Directoral Nº 3083-2010-MTC/28, al señor CESITH REATEGUI IZQUIERDO, para operar dos 2
estaciones radioeléctricas del teleservicio privado, en la modalidad jo terrestre, por vencimiento del plazo de vigencia.
Dejar sin efecto en todos sus extremos con ecacia anticipada, a partir del 3 de mayo de 2016, la autorización de teleservicio privado, modalidad móvil terrestre, otorgada a la empresa BARJA Y VASQUEZ INGENIEROS
EJECUTORES DE SERVICIOS MULTIPLES INDUSTRIALES S.A.C., mediante Resolución Directoral N 1608-2015MTC/28, respecto de tres 3 estaciones radioelectricas.
Se le requiere que, dentro del plazo de diez 10 días útiles de su noticación, especique las coordenadas geográcas de las estaciones solicitadas, las cuales deben corresponder a los lugares especicados; asimismo, teniendo en cuenta las normas técnicas para instalación y operación de estaciones radioeléctricas dentro de las zonas de protección primaria y secundaria referidas en el Título III de la Resolución Ministerial Nº 584-2005-MTC/03, Normas Técnicas de Protección para las Estaciones de Comprobación Técnica Fijas pertenecientes al Sistema Nacional de Gestión del Espectro Radioeléctrico.

005-1798345-1

EDICTO

EDICTO

Ante la Oficina Registral San Martin de Porres del RENIEC, se ha presentado ROBERTO
CARLOS ANICETO QUISPE, con Exp. N
697-2019-AM-ORSMP de fecha 05/04/2019, solicitando la Rectificación Administrativa de su Acta de Nacimiento N 1002686389, en el sentido que se ha consignado erróneamente, el nombre de la madre, dice: ISABEL QUISPE DE ANICETO, debe decir:
YSABEL QUISPE CESPEDES DE ANICETO.
Se efectúa la presente publicación de conformidad con el artículo 73 del D.S. N 015-98-PCM.

Ante la OR Callao - RENIEC, ALLEN DORIAN GOYCOCHEA
ESCALANTE, identificado con DNI N 07405066, a través del Expediente N 2517-2019-AM-ORCALLAO solicitando la Rectificación Administrativa del acta de Nacimiento N
65900098 perteneciente a FABIANA CELESTE GOYCOCHEA
CEBRECOS.

San Martín de Porres, 20 de mayo de 2019.
ANDRES GUILLERMO ÁVILA SOTELO
Jefe e de Oficina Registral - San Martín de Porres Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
Callao, 08 de agosto del 2019
Mg. JOSÉ CRISTOBAL BELLMUNT ALLAIN
Jefe de Oficina Registral - Callao Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
AVISO DE ESCISIÓN
En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 380 de la Ley General de Sociedades Ley N
26887, LAS LOMAS DE PUNTA SAL S.A.C. hace de conocimiento público que, mediante Junta General de Accionistas de fecha 03 de abril de 2019, se acordó la escisión de la compañía, de conformidad con el artículo 367 inciso 2 de la anotada Ley N 26887, mediante el fraccionamiento de tres 3
bloques patrimoniales, asignando dos 2 de ellos a dos empresas nuevas a constituirse por efecto de la escisión, denominadas Oasis de Punta Sal S.A.C. y Bella Vista Punta Sal S.A.C.; conservando la sociedad escindida el tercer bloque patrimonial.
Se deja constancia que, como consecuencia de la segregación de los dos 2 bloques patrimoniales se le transferirá: i a Oasis de Punta Sal S.A.C. el Sub-Lote A 1, con un área de 5,861.6812 m2 y todas las parcelas que se independicen de dicho predio matriz léase partidas Nos. 11032477 al 11032488 del Registro de Predios de Tumbes, ubicado en el Balneario Punta Sal Grande, distrito de Canoas de Punta Sal, provincia de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes, inscrito en la partida N 11031344 del Registro de Predios de Tumbes; y, ii a Bella Vista Punta Sal S.A.C. el Sub-Lote A21, con un área de 6,000.0022 m2 y/o las parcelas independizadas de dicho predio matriz léase partidas Nos. 11032715
al 11032729 del Registro de Predios de Tumbes, ubicado en el Balneario Punta Sal Grande, distrito de Canoas de Punta Sal, provincia de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes, inscrito en la partida N 11031745 del Registro de Predios de Tumbes.
Como consecuencia de la escisión, LAS LOMAS DE PUNTA SAL S.A.C. ajustará su capital social en el monto y proporción correspondiente a dicha segregación, consistente en los dos 2 bloques patrimoniales de la sociedad que serán transferidos a las dos 2 sociedades nuevas a constituirse.
Se deja constancia que los bloques patrimoniales materia de transferencia, de conformidad con el artículo 369 inciso 2 de la Ley General de Sociedades Ley N 26887, corresponden a un activo y un pasivo, para cada una de las nuevas sociedades a constituirse, de LAS LOMAS DE PUNTA SAL S.A.C., cuya valorización será la que conste en los libros contables de la compañía.
Precisar que el acuerdo de escisión entrará en vigencia a partir de la inscripción de la escritura pública de escisión en las partidas registrales correspondientes a cada una de las sociedades participantes.
Lima, 26 de julio de 2019
JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
075-1793053-1

Para que aparezca consignado correctamente el nombre de la madre y declarante de la titular del acta como:
JACQUELINE PATRICIA CEBRECOS TAPIA y no como erróneamente aparece consignado.
Se efectúa la presente publicación de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 73 del D.S. 015-98-PCM.

012-1798377-1

002-1798307-1

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL
ARTÍCULO 412 DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES
CUMPLIMOS CON INFORMAR QUE MEDIANTE ACTA
DE JUNTA UNIVERSAL DE ACCIONISTAS DE FECHA 14
DE AGOSTO DE 2019 SE ACORDÓ LA DISOLUCIÓN Y
LIQUIDACIÓN DE LA EMPRESA PROYECTO LA CASITA
MUNAY WAYRA S.A.C. CON RUC N 20547023375, NOMBRÁNDOSE COMO LIQUIDADORA A LA SEÑORA
INÉS ROSSI PARDO.

Por acta de junta de accionistas de fecha 05 de
LIMA, 14 DE AGOSTO DE 2019.
LA LIQUIDADORA
002-1798132-1

noviembre del 2018, se decidió por unanimidad de los concurrentes, disolver la empresa INMOBILIARIA
IVANNA SAC RUC Nro. 20537840111, nombrándose como Liquidador a MIRTHA JOGANY URBINA
JIMENEZ, con DNI 07236429.- MIRTHA JOGANY
URBINA JIMENEZ - LlQUIDADOR
075-1798063-1

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Diario Oficial El Peruano del 19/8/2019

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date19/08/2019

Page count28

Edition count2740

First edition01/01/2016

Last issue12/05/2024

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