Diario Oficial El Peruano del 2/7/2019

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Source: Diario Oficial El Peruano

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BOLETIN OFICIAL

EL PERUANO I Lima, martes 2 de julio de 2019

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANA DE TUMBES
NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 104º inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, cumple con NOTIFICAR al ciudadano extranjero detallado a continuación que se ha decretado sanción de COMISO, MULTA y otros actos administrativos a través de la Resolución de División detallada a continuación, en aplicación de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros, debiendo apersonarse a recabar copia del documento noticado, en la Intendencia de Aduana Tumbes ubicada en CEBAF - Altura del Km. 1293 Eje Vial 01 Aguas Verdes - Zarumilla Tumbes. Asimismo, se hace de conocimiento que el acto administrativo, objeto de noticación podrá ser impugnado dentro del término de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación.
Liquidación de Monto Determinación Cobranza en Soles ARTICULO PRIMERO: Sancionar con COMISO la mercancía en el Acta de Incautación Nº 019-0300-2019-000110, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008, Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con MULTA a CORONEL CUEVA LUIS ERASMO identicado con Cédula Ecuatoriana Nº 0702048308, por un monto ascendente a USA $ 388.66
019-3J0500/2019Cédula Trescientos ochenta y ocho y 66/100 dólares de los Estados Unidos de América, equivalente a S/ 1287.00 Mil doscientos ochenta y siete y 00/100 Soles, correspondiente a dos 000761
CORONEL
019-0300Ecuatoriana veces los tributos dejados de pagar, por tener el infractor la condición de responsable de la mercancía intervenida en el Acta de Incautación Nº 019-0300-2019-000110, de conformidad con Informe CUEVA LUIS
2019-003800 1,287.00
2019-000110
Nº al artículo 36 de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.
N1971-2019ERASMO
0702048307
ARTICULO TERCERO: Sancionar con INTERNAMIENTO al vehículo de placa de rodaje B0Y-897, internado mediante Acta de Internamiento en Depósito DRSTC.Tumbes de Vehículo SUNAT/3J0500
Mayor N000041 folio 8, por el plazo de SESENTA 60 días calendarios, computados dese la fecha de la intervención el 03.03.2019 folio 36 hasta el 01.05.2019, por transportar mercancía de procedencia extranjera sin documentación legal que ampare su ingreso y libre tránsito por el territorio nacional, el cual se encuentra vencido, debiendo ser entregado a su propietario CORONEL CUEVA ADRIANA CONSUELO debidamente acreditado, de conformidad con el artículo 41 de la Ley N28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO PRIMERO: Sancionar con COMISO la mercancía en el Acta de Incautación Nº 019-0300-2019-000110, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008, Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con MULTA a CORONEL CUEVA LUIS ERASMO identicado con Cédula Ecuatoriana Nº 0702048308, por un monto ascendente a USA $ 388.66
019-3J0500/2019CORONEL
Trescientos ochenta y ocho y 66/100 dólares de los Estados Unidos de América, equivalente a S/ 1287.00 Mil doscientos ochenta y siete y 00/100 Soles, correspondiente a dos 000761
019-0300CUEVA
Cédula veces los tributos dejados de pagar, por tener el infractor la condición de responsable de la mercancía intervenida en el Acta de Incautación Nº 019-0300-2019-000110, de conformidad con Informe 2019-003800 1,287.00
ADRIANA 2019-000110
Ecuatoriana al artículo 36 de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.
N1971-2019CONSUELO
ARTICULO TERCERO: Sancionar con INTERNAMIENTO al vehículo de placa de rodaje B0Y-897, internado mediante Acta de Internamiento en Depósito DRSTC.Tumbes de Vehículo SUNAT/3J0500
Mayor N000041 folio 8, por el plazo de SESENTA 60 días calendarios, computados dese la fecha de la intervención el 03.03.2019 folio 36 hasta el 01.05.2019, por transportar mercancía de procedencia extranjera sin documentación legal que ampare su ingreso y libre tránsito por el territorio nacional, el cual se encuentra vencido, debiendo ser entregado a su propietario CORONEL CUEVA ADRIANA CONSUELO debidamente acreditado, de conformidad con el artículo 41 de la Ley N28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.

Documento de Identidad
Infractor
Acta de incautación
Resolución de División
NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 104º inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, cumple con NOTIFICAR las Resoluciones de División que determinan el comiso de las mercancías incautadas con actas de inmovilización-incautación detalladas a continuación, en aplicación del artículo 38º de la Ley N 28008 Ley de los Delitos Aduaneros.
Acta de incautación 019-03002018-000439

Resolución de División
Determinación
019-3J0500/2019-000758 con Informe N1319-2019SUNAT/3J0500

ARTICULO UNICO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación N019-0300-2018-000439, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N
28008, Ley de los Delitos Aduaneros.

NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 104º inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, cumple con NOTIFICAR a las personas naturales que se detallan a continuación que se ha decretado sanción de COMISO y otros actos administrativos a través de la Resolución de División detallada a continuación, en aplicación de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros, debiendo apersonarse a recabar copia del documento noticado, en la Intendencia de Aduana Tumbes ubicada en CEBAF - Altura del Km. 1293 Eje Vial 01 Aguas Verdes - Zarumilla Tumbes. Asimismo, se hace de conocimiento que el acto administrativo, objeto de noticación podrá ser impugnado dentro del término de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación.
Documento de Identidad
Infractor
Acta de incautación
Resolución de División
Determinación
PASAPORTE
N 1495077674
Venezuela
BRACHO
NUÑEZ
MAYKEL
JOSE

019-02022019-000246

019-3J0500/2019-000754
con Informe SDD N1332019-SUNAT/3J0500

CEDULA DE
IDENTIDAD
EXTRANJERA
N 171800605-7
Ecuador
DARWIN
ALCIVAR
BARBA
ZAPATA

019-03002019-000229
y 019-03002019-000230

019-3J0500/2019-000762
con Informe N1527-2019SUNAT/3J0500

ARTICULO PRIMERO: Sancionar con COMISO a los ítems descritos en el punto 2.10 del informe adjunto a la presente de la mercancía descrita en el Acta de Incautación N0190202-2019-000246, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N 28008, Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO SEGUNDO: Declarar PROCEDENTE EN PARTE la solicitud de devolución de la mercancía descrita en el Acta de Incautación N019-0202-2019-000246, solicitada a través del Expediente N000-URD051-2019-115827-6. Procediéndose a la DEVOLUCION de la mercancía descrita en el punto 2.11 del informe adjunto a la presente, en mérito a los fundamentos expuestos en el mencionado informe.
ARTICULO PRIMERO: Declarar IMPRCEDENTE la solicitud de devolución de la mercancía presentada mediante expediente N 019-URD095-2019-285518-7, de conformidad a los fundamentos expuestos en el presente informe.
ARTICULO SEGUNDO: Sancionar con COMISO a la mercancía descrita en el Acta de Incautación N019-0300-2019-000229, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2
inciso dde la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTICULO TERCERO: Sancionar con INTERNAMIENTO al vehículo de placa de rodaje IL-487-F correspondiente al Acta de Incautación N 019-0300-2019-000230, por el periodo de sesenta 60 días calendario computados desde el día de su intervención ocurrida el 15.04.2019 hasta el 13.06.2019, por la comisión de infracción administrativa relacionada al contrabando, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 41 literal a de la Ley N28008, Ley de los Delitos Aduaneros, debiendo devolverse a su dueño, quien deberá acreditar la propiedad del mismo con la documentación respectiva.

NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 104º inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, cumple con NOTIFICAR a las personas naturales que se detallan en la posterior tabla donde se hace mención al infractor y la mercancía incautada, que en aplicación de la Ley N 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros, se procedió a incautar, debiendo apersonarse a solicitar su devolución acreditando con documentos la propiedad de los bienes incautados en cualquiera de las ocinas de la SUNAT a nivel nacional.
DOCUMENTO DE
IDENTIDAD
DNI N 46113901

CONTRIBUYENTE
MARAVI BERRIOS
NORMAN ARTURO

ACTA

FECHA

NOTIFICACION N

NOTIFICACION N 297-2019-SUNAT/3J0500
019-030013.02.2019 Por medio de la presente, me dirijo a usted con la nalidad de noticarle el Acta de Incautación No.019-0300-2019-000076, elaborada el 13.02.2019 por personal del Grupo Operativo de 2019-000076
la Intendencia de Aduana de Tumbes, para conocimiento y evaluación de la responsabilidad que es posible atribuirse a usted de conformidad a las normas legales vigentes.

005-1784216-1

AVISO DE FUSION
De conformidad con lo establecido en el artículo 355 de la Ley N 26887, Ley General de Sociedades, se comunica que, mediante Juntas Generales de Accionistas de DAMMA LEGAL
ADVISORS S.A.C. y CHU DEL AGUILA CDA
ABOGADOS S.CIVL DE R.L. celebradas el 30
de abril de 2019, en ambos casos, se acordó la fusión por absorción de ambas sociedades.
En virtud de estos acuerdos, CHU DEL AGUILA
CDA ABOGADOS S.CIVL DE R.L fue absorbida por DAMMA LEGAL ADVISORS S.A.C., extinguiéndose sin liquidarse.
La fecha de entrada en vigencia de la fusión fue jada para el 01 de mayo de 2019.
Lima, 17 de junio de 2019
DAMMA LEGAL ADVISORS S.A.C.
RUC N 20509143561
LA GERENCIA
CHU DEL AGUILA CDA ABOGADOS S.CIVL
DE R.L.
RUC N 20603384670
LA GERENCIA
002-1780099-1

AVISO DE FUSION POR ABSORCION
INTERLATIN CORPORATION S.A.
RUC N 20536884468, y PERU.COM. S.A. RUC N 20348775724
En cumplimiento de lo establecido por el artículo 355 de la Ley General de Sociedades, se pone en conocimiento que en Juntas Universales de Accionistas INTERLATIN CORPORATION S.A.
y WWW.PERU.COM S.A. celebradas todas con fecha 24 de junio 2019, se aprobó la fusión entre las mencionadas empresas en los siguientes términos:
Como consecuencia de dicha fusión, WWW.PERU.COM. S.A. asume, a título universal y en bloque, el patrimonio de INTERLATIN
CORPORATION S.A., la que se extinguirá sin necesidad de disolverse ni liquidarse. En ese sentido, WWW.PERU.COM.S.A sucede a título universal a la empresa absorbida, en todos sus derechos y obligaciones. En el proyecto aprobado se ha establecido que la fusión entrará en vigor el 1 de agosto de 2019, sin perjuicio de quedar supeditada a su inscripción en Registros Públicos, conforme al artículo 353 de la Ley General de Sociedades.
Lima, 24 de junio de 2019
INTERLATIN CORPORATION S.A.
WWW.PERU.COM. S.A.
002-1782397-1

EDICTO

EDICTO

Ante la Oficina Registral de Independencia - Reniec, mediante solicitud de fecha 27MAY2019, presentada por MILAGROS ROSALES GAMERO, ha solicitado la rectificación administrativa de su ACTA DE
NACIMIENTO N 1002445866, en el sentido que, se ha omitido consignar el segundo apellido de la madre de la titular del acta:

Debedecir : VILLAFAN
La presente publicación se encuentra prevista en el Artículo 73 del D.S. 015-98-PCM Reglamento de las Inscripciones de Registro Nacional de Identificación y EstadoCivil.
Independencia, JESSICA JACQUELIN CARRION VELASCO
Jefe de Oficina Registral - Independencia e Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ExpedienteN1283-2019-AM-ORIND/JR10LlM/GOR/RENIEC

RECTIFICACIÓN
DE
PA R T I D A :
E X P.
1611-2019-AM-ORMIRAF. Ante la Oficina Registral RENIEC
Miraflores, con fecha 21/05/2019, FRANK REYNALDO
SALAZAR NORABUENA, identificado con DNI N
48001518, solicita la Rectificación Administrativa de su Acta de Nacimiento N 1006399311, por haberse consignado erróneamente los nombres de sus padres como TEODORO
B. SALAZAR ARANDA y JULIANA M. NORABUENA YANAC, siendo lo correcto TEODORO BERNARDO SALAZAR
ARANDA y JULIANA MARIA NORABUENA YANAC.
Se efectúa la presente publicación de conformidad con el artículo 73 del D.S N 015-98-PCM. Miraflores, 25/06/2019 .
PEDRO LUIS PINO CONTRERAS
Jefe e Oficina Registral - Miraflores Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
013-1783707-1

PRESTAMO SEGURO S.A.C.
REMATE PÚBLICO
El Cuarto día laborable de cada mes del 2019 se llevará a cabo el REMATE en la Av. Benavides 292 Miraflores a las 11:00 am. de las prendas que garantizan los contratos de crédito pignoraticios que hayan cumplido el plazo establecido. El Quinto día laborable de cada mes del 2019 en la misma dirección y la misma hora se llevará a cabo el segundo REMATE de las prendas que garantizan los contratos de crédito pignoraticios no adjudicados en el primer remate. La relación de las prendas a rematarse se encontrará publicada en dicha oficina.
CARINA VARGAS MALQUI
Martillero Público Reg. 146
002-1784015-1

075-1783718-3

AVISO DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
DE EMPRESA
Por Junta General de Accionistas de fecha 26
de junio del 2019, se aprobó la Liquidación y Disolución de la Empresa INVERSIONES LAS
JAPONAS S.A.C., nombrándose al liquidador de la misma a don ENRIQUE EUGENIO HERRERA
CONTRERAS, identificado con DNI N 06012010.
Lima, 26 de junio del 2019.
ENRIQUE EUGENIO HERRERA CONTRERAS
LIQUIDADOR
009-1783967-1

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Diario Oficial El Peruano del 2/7/2019

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date02/07/2019

Page count24

Edition count2744

First edition01/01/2016

Last issue19/05/2024

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