Diario Oficial de Yucatán del 21/4/2020
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Source: Diario Oficial de Yucatán
IMPRESO EN LA DIRECCIÓN DEL DIARIO OFICIAL
DIARIO OFICIAL
MAC. FELIPE ALBERTO CANUL MOGUEL
DIRECTOR GENERAL.
RÚBRICA
Mérida, Yucatán, a 21 de abril del 2020.
3.- Presentarse a recoger sus bases en el domicilio antes citado en el Departamento de Licitaciones y Concursos del Instituto de Infraestructura Carretera de Yucatán, a partir de esta publicación y hasta la fecha límite antes señalada. Para tal efecto deberán presentar la siguiente documentación:
Recibo de ingresos emitido por el Instituto de Infraestructura Carretera de Yucatán, por concepto de pago del costo de las bases.
Registro al Padrón de Proveedores del Gobierno del Estado de Yucatán.
4.- La reunión para llevar a cabo la celebración de las Juntas de Aclaraciones serán en la Sala de Juntas del Instituto de Infraestructura Carretera de Yucatán y el acto de Apertura de Ofertas técnicas y económicas serán en la Sala de Juntas del Instituto de Infraestructura Carretera de Yucatán, en el domicilio antes citado, en las fechas y horas señaladas en esta convocatoria.
5.- Las proposiciones deberán ser presentadas en idioma español.
6.- La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: peso mexicano.
7.- Plazo, lugar de entrega y forma de pago: será conforme a lo señalado en las bases. No se otorgarán anticipos.
8.- Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de las licitaciones, así como de las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
9.- No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos señalados en el artículo 27 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles del Estado de Yucatán o estén inhabilitadas por autoridades Federales o Estatales.
10.- Sólo podrán participar las personas inscritas en el Padrón de Proveedores de conformidad a lo establecido en el artículo 13
de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles del Estado de Yucatán.
11.- Los criterios generales para la adjudicación del contrato serán: con base en el artículo 24 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles del Estado de Yucatán.
MÉRIDA, YUC., MARTES 21 DE ABRIL DE 2020.
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