Diario Oficial de la República de Chile del 28/6/2023 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Sección I - 4

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Miércoles 28 de Junio de 2023

Nº 43.587

Ministerio de Vivienda y Urbanismo CVE 2335207
FIJA COEFICIENTES PARA PROYECCIÓN DE REAJUSTE Y DE INTERÉS
DE BOLETAS BANCARIAS DE GARANTÍA, QUE INDICA, VIGENCIA:
DESDE EL 16 DE JUNIO DE 2023 HASTA EL 15 DE JULIO DE 2023
Resolución
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Santiago, 22 de junio de 2023.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.125 exenta.
Visto:

La resolución exenta N 10.270 V. y U., de 2017, que delega facultades que indica en Jefe de la División de Finanzas, y el DS N 40 V. y U., de 2004, Nuevo Reglamento del Sistema de Subsidio Habitacional, solo respecto de los llamados y actuaciones efectuados conforme a sus disposiciones, las que continuarán aplicándose hasta su total extinción, de acuerdo con lo dispuesto en los incisos primero y segundo del artículo 75 del DS N 1 V. y U., de 2011, que lo derogó; el DS N 174 V. y U., de 2005, Reglamenta Programa Fondo Solidario de Vivienda; el DS N 1 V.
y U., de 2011, Reglamento del Sistema Integrado de Subsidio Habitacional; el DS
N 49 V. y U., de 2011, que Aprueba Reglamento del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda; el DS N 255 V. y U., de 2006, Reglamenta Programa de Protección del Patrimonio Familiar; el DS N 4 V. y U., de 2009, Reglamenta Subsidio Habitacional Extraordinario para la Adquisición de Viviendas Económicas y Préstamos de Enlace a Corto Plazo a las Empresas Constructoras; el DS N 145 V.
y U., de 2007, Nuevo Reglamento del Sistema de Subsidio Habitacional Rural, solo respecto de los llamados y actuaciones efectuados conforme a sus disposiciones, las que continuarán aplicándose hasta su total extinción, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 transitorio del DS N 3 V. y U., de 2010, que lo derogó; el DS N 62
V. y U., de 1984, que reglamenta el Sistema de Postulación, Asignación y Venta de Viviendas destinadas a Atender Situaciones de Marginalidad Habitacional; el DS
N 140 V. y U., de 1990, que reglamenta los Programas de Viviendas Progresivas, y en especial lo dispuesto en sus artículos 16 y 19; el DS N 135 V. y U., de 1986, que fija el texto refundido del reglamento para el otorgamiento de préstamos a corto plazo por los SERVIU para el financiamiento de obras que indica, y en especial lo dispuesto en su artículo 9; el DS N 27 V. y U., de 2016, que aprueba el Reglamento del programa de mejoramiento de Viviendas y Barrios, dicto la siguiente Resolución:

1.- Fíjanse los coeficientes que a continuación se indican, según mes de vencimiento, para la proyección de reajuste de las boletas bancarias de garantía a que se refiere el DS N 40 V. y U., de 2004, solo respecto de los llamados y actuaciones efectuados conforme a sus disposiciones, las que continuarán aplicándose hasta su total extinción, de acuerdo con lo dispuesto en los incisos primero y segundo del artículo 75 del DS N 1 V. y U., de 2011, que lo derogó; el DS N 174 V. y U., de 2005; el DS N 1 V. y U., de 2011; el DS N 49 V. y U., de 2011; el DS
N 255 V. y U., de 2006; el DS N 4 V. y U., de 2009; el DS N 145 V. y U., de 2007, sólo respecto de los llamados y actuaciones efectuados conforme a sus disposiciones, las que continuarán aplicándose hasta su total extinción, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 transitorio del DS N 3 V. y U., de 2010, que lo derogó; el DS N 62 V. y U., de 1984; el DS N 140 V. y U., de 1990, en sus artículos 16 y 19; el DS N 135 V. y U., de 1986, en su artículo 9; cuando las boletas obtenidas estuvieren expresadas en pesos, moneda nacional:

2.- Fíjanse los coeficientes que a continuación se indican, según mes de vencimiento, para la proyección de intereses de las boletas bancarias de garantía a que se refiere el DS N 40 V. y U., de 2004, solo respecto de los llamados y actuaciones efectuados conforme a sus disposiciones, las que continuarán aplicándose hasta su total extinción, de acuerdo con lo dispuesto en los incisos primero y segundo del artículo 75 del DS N 1 V. y U., de 2011, que lo derogó; el DS N 174 V. y U., de 2005; el DS N 1 V. y U., de 2011; el DS N 49 V. y U., de 2011; el DS
N 255 V. y U., de 2006; el DS N 4 V. y U., de 2009; el DS N 145 V. y U., de 2007, sólo respecto de los llamados y actuaciones efectuados conforme a sus disposiciones, las que continuarán aplicándose hasta su total extinción, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 transitorio del DS N 3 V. y U., de 2010, que lo derogó; el DS N 62 V. y U., de 1984; el DS N 140 V. y U., de 1990, en sus artículos 16 y 19; el DS N 135 V. y U., de 1986, en su artículo 9; sea que dichas boletas de garantía estuvieren expresadas en Unidades de Fomento o en pesos, moneda nacional:

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Diario Oficial de la República de Chile del 28/6/2023 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date28/06/2023

Page count32

Edition count1245

First edition17/08/2016

Last issue19/03/2024

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