Diario Oficial de la República de Chile del 18/11/2022 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 43.404

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Viernes 18 de Noviembre de 2022

Sección I - 3

2 Déjase constancia que en todo lo no modificado por la presente resolución exenta, seguirá plenamente vigente lo dispuesto en la resolución exenta N 1.253, de 6 de septiembre de 2022 del Ministerio de Salud.
3 Déjase establecido que las modificaciones a la resolución exenta N 1.253, de 6 de septiembre de 2022 del Ministerio de Salud, que aprueba las Orientaciones Técnicas de Planes Trienales de Promoción de la Salud para Municipios, Comunas y Comunidades Saludables 2022-2024, aprobadas mediante el presente acto administrativo, será extensible para todas las Secretarías Regionales del país, con efecto retroactivo únicamente en lo que dispone esta resolución.
4 Publícase la presente resolución exenta en el sitio electrónico del Ministerio de Salud, con el objeto de dar cumplimiento con lo establecido en el artículo 7 de la ley N 20.285, sobre acceso a la información pública.

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6. Que, los Planes Trienales de Promoción de la Salud PTPS se enmarcan en la estrategia de MCCS, en torno a cumplir el objetivo de Desarrollar en cada comuna un plan estratégico trienal participativo e intersectorial de promoción de la salud, integrado a instrumentos de planificación comunal para el logro de las metas de comuna saludable.
7. Que, a nivel operativo, el programa se ejecuta mediante convenios suscritos entre las 16 Seremis de Salud del país con los municipios de su jurisdicción que desarrollen Planes Trienales de Promoción de la Salud a 3 años. A través de estos convenios, el Ministerio de Salud entrega recursos a los municipios con un foco en equidad, para la ejecución de la planificación estratégica de Promoción de Salud en el territorio, lo cuales son complementados con recursos provenientes de otras fuentes presupuestarias como las municipalidades, otros sectores y la misma comunidad.
8. Que, el Formato de Convenio para el Trienio 2022-2024, se encuentra contenido en el Anexo N7 del documento aprobado a través de la resolución exenta N 1.253 de 2022, de la Subsecretaría de Salud Pública.
9. Que, en lo que interesa, el Convenio establece en la Cláusula Tercera: Del Monitoreo, que La Seremi realizará un monitoreo técnico intermedio que incluye una evaluación del cumplimiento de las actividades programadas hasta el 30 de octubre del primer año, hasta el 30 de junio para el segundo año, y con corte el 30 de marzo y 30 de agosto el tercer año. Este monitoreo estará a cargo del área o unidad encargada de promoción de la salud y se realizará durante el mes de septiembre del primer año y durante julio para el segundo y tercer año.
10. Que, de lo anterior se advierte que, en consecuencia de la fecha en que fue dictada por la Autoridad la resolución que aprobó las Orientaciones Técnicas de Planes Trienales de Promoción de la Salud para Municipios, Comunas y Comunidades Saludables 2022-2024, que a la fecha no se encuentran suscritos, ni aprobados mediante el respectivo acto administrativo, todos los Convenios entre las Seremis y los Municipios, por lo que se colige que es objetivamente inviable para dichas Entidades Gubernamentales poder dar cumplimiento a lo exigido en la cláusula tercera del Convenio, en cuanto a la realización del monitoreo técnico que incluye una evaluación del cumplimiento de las actividades programadas hasta el 30 de octubre del primer año; y el cual debía realizarse durante el mes de septiembre del presente año.
11. Que, producto de lo anterior, mediante memorándum B31/N 453, de 21 de octubre de 2022, la División de Políticas Públicas Saludables y Promoción, solicitó la modificación de la resolución exenta N 1.253, de 6 de septiembre de 2022, en lo que respecta específicamente a la Cláusula Tercera: Del Monitoreo inciso 1 del Formato de Convenio para el Trienio 2022-2024.
12. Que, según expone la ya individualizada División en su documento, el requerimiento de modificación se enmarca en el limitado tiempo que tendrán las comunas para ejecutar sus planificaciones antes de la fecha para el monitoreo intermedio del primer año de Convenio, por lo que en conformidad al principio de eficacia y eficiencia que rige los actos de la Administración y recurso del Estado, no resulta ser pertinente ni oportuno, que las Seremis lleven a cabo el proceso de monitoreo técnico correspondiente al 30 de octubre de esta anualidad; justiciándose en consecuencia, que se solicite únicamente el monitoreo anual al cierre del año 2022 a cada Seremi.
13. Que, sin perjuicio de lo anterior, cabe hacer presente que, según da cuenta la División de Políticas Públicas Saludables y Promoción, la Seremi de Salud de la Región de OHiggins, ya habría firmado alrededor de 22 convenios con los municipios de su jurisdicción, los que además ya se encontrarían formalizados mediante sus respectivas resoluciones exentas.
14. Que, en virtud de lo indicado en el considerando anterior, y por razones de certeza jurídica, se ha de precisar que la modificación de la Cláusula Tercera del Anexo N 7: Formato de Convenio para el Trienio 2022-2024, será válida y extensible, de igual modo, a aquellas Secretarías Regionales Ministeriales que hayan suscrito previo a la dictación y total tramitación del presente acto administrativo, sus Convenios con las Municipalidades.
15. Que, por lo anteriormente señalado, dicto la siguiente:

Resuelvo:

1 Modifícase la resolución exenta N1.253, de 6 de septiembre de 2022 del Ministerio de Salud, que aprueba las Orientaciones Técnicas de Planes Trienales de Promoción de la Salud para Municipios, Comunas y Comunidades Saludables 2022-2024, en la forma que a continuación se indica:
i. Reemplázase el inciso primero, de la Cláusula Tercera: Del Monitoreo, del Anexo N 7: Formato de Convenio para el trienio 2022-2024, por el siguiente:
La Seremi realizará monitoreos técnicos intermedios que incluyen evaluación del cumplimiento de las actividades programadas hasta el 30 de junio para el segundo año del convenio, y con corte el 30 de marzo y 30 de agosto el tercer año. Este monitoreo estará a cargo del área o unidad encargada de promoción de la salud.

Anótese, publíquese y comuníquese.- Cristóbal Cuadrado Nahum, Subsecretario de Salud Pública.
Transcribo para su conocimiento la resolución exenta 1.547 del 9 noviembre de 2022.- Por orden de la Subsecretaria de Salud Pública.- Saluda atentamente a Ud., Yasmina Viera Bernal, Jefa de la División Jurídica, Ministerio de Salud.
SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

CVE 2218249
DECLARA ZONA DE RIESGO SANITARIO AL SECTOR CORRESPONDIENTE
A VILLA LOS BOLDOS, TOLTÉN
Resolución
Núm. CP 23.832 exenta.- Temuco, 9 de noviembre de 2022.
Visto:

1. Artículo 67 del Código Sanitario que establece que es deber de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud velar por que se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y bienestar de los habitantes; artículo 9 letra b del Código Sanitario, conforme al cual corresponde en especial a la Autoridad Sanitaria en sus respectivos territorios dictar dentro de las atribuciones conferidas por el presente Código, las órdenes y medidas de carácter general, local o particular, que fueren necesarias para su debido cumplimiento; 3. Artículo 14 del Código Sanitario que señala que Corresponderá al Servicio Nacional de Salud la supresión de cualquier factor que, originado en un territorio municipal, ponga en peligro la salud, seguridad o bienestar de la población de otro territorio municipal; 4. Artículo 12 N 2 de DFL 1, de 2006, según el cual las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud tendrán las siguientes funciones, de acuerdo con las normas y políticas dictadas por el Ministerio de Salud: N 2:
Ejecutar las acciones que correspondan para la protección de la salud de la población de los riesgos producidos por el medio ambiente y para la conservación, mejoría y recuperación de los elementos básicos del ambiente que inciden en ella, velando por el debido cumplimiento de las disposiciones del Código Sanitario y de los reglamentos, resoluciones e instrucciones sobre la materia, para lo cual se encontrará dotado de todas las facultades y atribuciones que el Código Sanitario y demás normas legales y reglamentarias sanitario ambientales le confieren, de conformidad con lo previsto en el artículo 13; 5. Dto. N 236, de 1926, Reglamento de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias; 6. Informes N 14 y N 15 de fecha 24.10.2022, de don Gastón Venegas Martínez, Jefe de la Oficina de Acción Sanitaria de Pitrufquén; 7. Informe de la situación sanitaria del sistema de agua potable rural de Villa Los Boldos, de la comuna de Toltén, de fecha 02.11.2022, de doña Laura Manríquez Castro, Jefa de la Unidad de Aguas; 8. Informe de Incidente o Emergencia N 02, de fecha 04.11.2022, de la Municipalidad de Toltén; 9. Informe Técnico Servicio Sanitario Rural Villa Los Boldos, comuna de Toltén, de la Dirección de Obras Hidráulicas. 11. Resolución exenta N A20-002501, de fecha 18.05.2020, que autoriza el funcionamiento del sistema de agua potable rural comunitario Villa Los Boldos. 12. Instrucciones del Secretario Regional Ministerial de Salud.
Considerando:
1. Que, de acuerdo a documentos de Vistos Nos. 6 y 7 se informa, en resumen y en lo pertinente, que con fecha 24.10.2022 el encargado de emergencias de la Municipalidad de Toltén informó de problemas con la calidad del agua abastecida por el Comité de Agua Potable de Villa Los Boldos, por presencia de alto contenido de hierro y arena en el agua. Con fecha 25 y 29 de octubre de 2022, se realiza visita a la planta de agua potable para verificar los hechos denunciados y se realizan

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Diario Oficial de la República de Chile del 18/11/2022 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date18/11/2022

Page count36

Edition count1243

First edition17/08/2016

Last issue22/11/2023

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