Diario Oficial de la República de Chile del 16/11/2022 - Secciones I-IV

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Sección I - 4

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Miércoles 16 de Noviembre de 2022

los antecedentes tenidos a la vista, con dicho incremento se obtendrá un total de 66
PNS en el año 2022 y no la cantidad que se indica en ese literal.
Con el alcance que antecedente, se ha tomado razón del decreto del rubro.
Saluda atentamente a Ud., Jorge Andrés Bermúdez Soto, Contralor General de la República.

modificar aspectos formales de los actos administrativos señalados, aclarar los puntos dudosos u obscuros, o rectificar los errores de copia, de referencia, de cálculos numéricos y, en general, los puramente materiales o de hechos que aparecieren de manifiesto en el acto administrativo; y dictar los actos administrativos necesarios para la prosecución y conclusión del procedimiento administrativo o declarar su abandono; certificar, notificar y comunicar el estado de tramitación de la solicitud de residencia definitiva.
Esta facultad podrá ejercerse separada e indistintamente por los funcionarios que se desempeñen en los cargos individualizados.
3.- Delégase en la Jefatura del Departamento de Nacionalidad, en la Jefatura de la Unidad de Análisis, y en la Jefatura de la Unidad de Casos Complejos de este mismo departamento, la facultad de dictar los actos administrativos necesarios para la prosecución y conclusión del procedimiento administrativo o declarar su abandono; certificar, notificar y comunicar el estado de tramitación de la solicitud de carta de nacionalización; y pronunciarse sobre la obtención, pérdida o acreditación de la nacionalidad chilena.
Esta facultad podrá ejercerse separada e indistintamente por los funcionarios que se desempeñen en los cargos individualizados.
4.- Delégase en la Jefatura del Departamento de Refugio y Reasentamiento y en la Jefatura de la Unidad de Elegibilidad, de este mismo departamento, la facultad de otorgar o prorrogar el permiso de residencia temporal a solicitantes de refugio;
otorgar título de residencia; modificar aspectos formales de los actos administrativos señalados, aclarar los puntos dudosos u obscuros, o rectificar los errores de copia, de referencia, de cálculos numéricos y, en general, los puramente materiales o de hechos que aparecieren de manifiesto en el acto administrativo; y dictar los actos administrativos necesarios para la prosecución del procedimiento administrativo.
Esta facultad podrá ejercerse separada e indistintamente por los funcionarios que se desempeñen en los cargos individualizados.
5.- Delégase, en la Jefatura del Departamento de Productos Digitales y Gestión, en la Jefatura de la Unidad de Gestión y Seguridad de Productos y en la Jefatura de la Unidad de Permanencias Transitorias, de este mismo departamento, la facultad de prorrogar la vigencia del permiso de permanencia transitoria y autorizar la realización de actividades remuneradas; otorgar título de residencia; modificar aspectos formales de los actos administrativos señalados, aclarar los puntos dudosos u obscuros, o rectificar los errores de copia, de referencia, de cálculos numéricos y, en general, los puramente materiales o de hechos que aparecieren de manifiesto en el acto administrativo; y dictar los actos administrativos necesarios para la prosecución y conclusión del procedimiento administrativo o declarar su abandono; certificar, notificar y comunicar el estado de tramitación de la solicitud de prórroga de vigencia del permiso de permanencia transitoria.
Esta facultad podrá ejercerse separada e indistintamente por los funcionarios que se desempeñen en los cargos individualizados.
6.- Delégase, en el Director de Operaciones o en quien lo subrogue, la facultad de rechazar mediante resolución fundada los permisos de residencia temporal y su prórroga; los cambios de subcategoría; los cambios de condición migratoria; los cambios de calidad. Rechazar los permisos de residencia definitiva. Rechazar la prórroga de vigencia del permiso de permanencia transitoria; autorizar la realización de actividades remuneradas; modificar aspectos formales de los actos administrativos señalados, aclarar los puntos dudosos u obscuros, o rectificar los errores de copia, de referencia, de cálculos numéricos y, en general, los puramente materiales o de hechos que aparecieren de manifiesto en el acto administrativo; notificar los actos administrativos precitados.
La vigencia de este acto administrativo, regirá desde su total tramitación.

RE
PR
N ES
O E
O N
FI TA
C C
IA IÓ
L N

A la señora Ministra del Interior y Seguridad Pública Presente.

Nº 43.402

SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES - DIRECCIÓN NACIONAL

CVE 2216622
DELEGA FACULTAD DE FIRMAR ACTUACIONES QUE INDICA EN
FUNCIONARIOS QUE SEÑALA
Resolución
Núm. 14.800 exenta.- Santiago, 14 de febrero de 2022.
Vistos:

El decreto con fuerza de ley N 1/19.653, de fecha 17 de noviembre de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos; la ley N 21.325, de 20 de abril de 2021, que crea el Servicio Nacional de Migraciones; la ley N 20.430, de 15 de abril de 2010, que Establece Disposiciones sobre Protección de Refugiados y su Reglamento, aprobado por decreto supremo N 837, de 17 de febrero de 2011; el decreto con fuerza de ley N 1/21.325, de fecha 19 de agosto de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; el decreto supremo N 128, de 27 de mayo de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra a don Álvaro Bellolio Avaria, como Director Nacional del Servicio Nacional de Migraciones;
la resolución exenta N 148.699, de fecha 20 de diciembre de 2021, del Director Nacional del Servicio Nacional de Migraciones, que Aprueba la Organización del Servicio Nacional de Migraciones, y la resolución N 7, de 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:

a Que, mediante la ley N 21.325 de Migración y Extranjería, se creó el Servicio Nacional de Migraciones, y mediante el decreto con fuerza de ley N 1/21.325, de fecha 19 de agosto de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se fijó la planta de personal del mismo;
b Que, en virtud de la nueva institucionalidad, su organización y funciones, se hace necesario delegar la facultad de firmar determinados actos administrativos a ciertos funcionarios del Servicio a nombre del Director Nacional;
c Que, con la finalidad de dar una tramitación ágil y expedita a los requerimientos del Servicio Nacional de Migraciones, velando por el efectivo cumplimiento de los principios de eficiencia y celeridad que deben inspirar la actuación de todos los órganos de la Administración del Estado;
Resuelvo:

1.- Delégase en la Jefatura del Departamento de Residencias Temporales, en la Jefatura de la Unidad de Análisis Nacional, en la Jefatura de la Unidad de Análisis Internacional y en la Jefatura de la Unidad de Casos Complejos, la facultad de otorgar, prorrogar y dejar sin efecto los permisos de residencia temporal; aprobar cambio de subcategoría; condición migratoria y calidad, referente a solicitantes de residencia temporal y declarar inadmisible la solicitud; modificar plazos, aspectos formales de los actos administrativos señalados, aclarar los puntos dudosos u obscuros, o rectificar los errores de copia, de referencia, de cálculos numéricos y, en general, los puramente materiales o de hechos que aparecieren de manifiesto en el acto administrativo; y dictar los actos administrativos necesarios para la prosecución y conclusión del procedimiento administrativo o declarar su abandono; certificar, notificar y comunicar el estado de tramitación de la solicitud de residencia temporal.
Esta facultad podrá ejercerse separada e indistintamente por los funcionarios que se desempeñen en los cargos individualizados.
2.- Delégase en la Jefatura del Departamento de Residencias Definitivas, en la Jefatura de la Unidad de Análisis y en la Jefatura de la Unidad de Casos Complejos, de este mismo departamento, la facultad de otorgar el permiso de residencia definitiva,
Anótese, comuníquese y archívese.- Álvaro Bellolio Avaria, Director Nacional, Servicio Nacional de Migraciones.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Carolina Ocampo Bravo, Directora Nacional S, Servicio Nacional de Migraciones.
CVE 2216623
DELEGA FACULTAD DE OTORGAR EL PERMISO DE PERMANENCIA
TRANSITORIA EN AUTORIDAD QUE SEÑALA
Resolución Núm. 18.666 exenta.- Santiago, 3 de marzo de 2022.
Vistos:
El decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de fecha 17 de noviembre de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley 19.880 que Establece

About this edition

Diario Oficial de la República de Chile del 16/11/2022 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date16/11/2022

Page count60

Edition count1243

First edition17/08/2016

Last issue22/11/2023

Download this edition

Other editions

<<<Noviembre 2022>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930