Diario Oficial de la República de Chile del 28/4/2022 - Secciones I-IV

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Sección I - 2

MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Resolución exenta número 527, de 2022.- Modifica las resoluciones Nos. 148, 399, 403 y 412 exentas, todas de 2022, que llaman a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del programa habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el decreto N49, de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación individual y colectiva para las tipologías de Pequeño Condominio, Densificación Predial y Construcción en Sitio Propio, incluyendo el procedimiento de Autoconstrucción Asistida, en los casos que procede, y para proyectos de construcción en nuevos terrenos en las regiones que indica, respectivamente, en el sentido que señala CVE:2120306
Resolución exenta número 534, de 2022.- Modifica resolución N413 exenta, de 2022, que llama a postulación individual o grupal, en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos de mejoramiento de la vivienda y de ampliación de la vivienda, del capítulo segundo del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Jueves 28 de Abril de 2022

Nº 43.239

decreto N27, de 2016, en las regiones que indica, y fija la distribución de recursos para el año 2022 CVE:2120308

Ministerial de la Mujer y la Equidad de Género de la Región de Los Ríos CVE:2120403

MINISTERIO DE AGRICULTURA

Decreto número 29, de 2022.- Acepta renuncia voluntaria de doña Milca Mara Pardo Álvarez al cargo de Secretaria Regional Ministerial de la Mujer y la Equidad de Género de la Región de Tarapacá CVE:2120404

Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Dirección Nacional Resolución exenta número 975, de 2022.- Actualiza el Sistema de Identificación y Registro de los Animales de la Especie Bovina y deroga resolución N8.202 exenta, de 2015 CVE:2120015
Resolución exenta número 1.967, de 2022.- Modifica resolución N6.774 exenta, de 2015, que actualiza Programa Oficial de Trazabilidad Animal CVE:2120016
MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE
GÉNERO
Decreto número 12, de 2021.- Nombra a doña Karla Daniela Gubernatis Alarcón como Secretaria Regional
Normas Generales PODER LEGISLATIVO

Ministerio del Interior y Seguridad Pública CVE 2121023
LEY NÚM. 21.445
MODIFICA LA REGULACIÓN SOBRE CONTRATACIÓN, PRESTACIÓN
Y PAGO DEL SERVICIO DE EXTRACCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS
DOMICILIARIOS
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de ley:
Artículo 1.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N1, de 2006, del Ministerio del Interior:
1. Agrégase el siguiente artículo 8 quáter:
Artículo 8 quáter.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 8, las municipalidades podrán celebrar convenios con la Tesorería General de la República para que ésta efectúe el pago a proveedores de servicios concesionados de recolección de residuos sólidos domiciliarios, directamente con cargo a la recaudación de impuesto territorial de beneficio municipal correspondiente a la respectiva comuna y, en caso de ser insuficiente, con cargo a la participación mensual de la respectiva comuna en el fondo a que se refiere el artículo 38 del decreto ley N3.063, de 1979, sobre rentas municipales, cuyo texto refundido y sistematizado fue fijado por el decreto N2.385, de 1996, del Ministerio del Interior. La Tesorería General de la República deberá informar a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo dentro de los treinta días siguientes a la suscripción de dicho convenio.
Con todo, en el caso de municipalidades que no hayan suscrito los convenios de conformidad con el inciso anterior, los proveedores de los servicios concesionados podrán solicitar a la Tesorería General de la República el pago de las facturas emitidas y no objetadas por parte del municipio, y que se encuentren impagas por un plazo mayor a treinta días contado desde su aceptación. La Tesorería General de la República deberá comunicar por oficio al municipio la solicitud de pago
OTRAS ENTIDADES
GOBIERNO REGIONAL DE ÑUBLE
Extracto de resolución exenta número 213, de 2022.Prohíbe circulación de vehículos motorizados en vía y tramos que indica CVE:2120310
BANCO CENTRAL DE CHILE
Certificado Tipos de cambio y paridades de monedas extranjeras para efectos que señala CVE:2121725

recibida, con el objeto de que éste pueda suscribir el convenio dentro del plazo de treinta días corridos contado desde la recepción del oficio. Si el municipio no suscribiere el convenio en dicho plazo, la Tesorería General de la República enviará los antecedentes al jefe de la unidad de control de la municipalidad respectiva, y será aplicable lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 81. De esta forma, los proveedores recibirán el pago con cargo a los montos pendientes de distribuir para la respectiva municipalidad, según lo señalado en el inciso precedente, con prioridad según la fecha de presentación de la solicitud. En caso de no alcanzar los fondos para pagar el total de las facturas adeudadas, éstas quedarán pendientes para ser pagadas con prioridad al mes siguiente, y así sucesivamente. En ningún caso podrá imputarse responsabilidad alguna al Fisco sobre pagos municipales pendientes.
Las municipalidades podrán subrogarse en los proveedores de servicios concesionados de recolección de residuos sólidos domiciliarios, en aquellos casos en que, por cualquier razón, éstos tuvieren deudas con trabajadores por prestaciones laborales o previsionales impagas..
2. Modifícase el artículo 27, letra b, numeral 6, de la siguiente forma:
a Reemplázase el vocablo , y por un punto y aparte.
b Agrégase el siguiente párrafo segundo, nuevo:
Tratándose del pago a proveedores de servicios concesionados de recolección de residuos sólidos domiciliarios, se estará a lo dispuesto en el artículo 8 quáter..
Artículo 2.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 6 de la ley N19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios:
1. Sustitúyese en el inciso primero la expresión inciso quinto por inciso sexto.
2. Reemplázanse los incisos segundo, tercero y cuarto por los siguientes incisos segundo, tercero, cuarto y quinto, pasando los actuales incisos quinto, sexto, séptimo y octavo a ser incisos sexto, séptimo, octavo y noveno, respectivamente:
Tratándose de las bases de licitación de los servicios de recolección de residuos sólidos domiciliarios, las municipalidades deberán sujetarse a los contenidos mínimos que para ellas establezca un reglamento expedido a través del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de acuerdo a la tipología de municipios determinados en dicho reglamento, salvo en lo referente a mejores condiciones de empleo y remuneración regulado por el presente artículo. Dichas bases de licitación y las adjudicaciones deberán ser sometidas al trámite de toma de razón por la Contraloría General de la República.
Para determinar la tipología de los municipios se deberá considerar, al menos, el número de habitantes, el tamaño de las comunas, la dificultad de acceso y otras condiciones de la comuna en que se brindará el servicio de recolección de residuos domiciliarios.
En las licitaciones indicadas en el inciso segundo, el criterio económico deberá ponderar al menos un 50 por ciento y el criterio mejores condiciones de empleo y

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Diario Oficial de la República de Chile del 28/4/2022 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date28/04/2022

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Edition count1243

First edition17/08/2016

Last issue22/11/2023

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