Diario Oficial de la República de Chile del 26/4/2022 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 43.237

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Martes 26 de Abril de 2022

fauna acompañante FA sometidas a cuotas globales anuales de captura CGA, Licencia Transable de Pesca LTP, Permisos Extraordinarios de Pesca PEP, Régimen Artesanal de Extracción RAE, Cuota Regional CR, Cuota Fuera de la Unidad de Pesquería FUP, Veda V o al Plan de Acción Nacional para la Conservación de Tiburones PANT, según corresponda Tabla 2; especies de fauna acompañante no administradas con cuotas globales anuales de captura, sujetas a regulación de arte mediante Res. Ex. N3.917/2019 o sometidas al Plan de Acción Nacional para la Conservación de Tiburones PANT según corresponda Tabla 3
y especies de pesca incidental para ambas flotas Tabla 4, distinguiendo en cada categoría las especies que tienen prohibición de descarte, especies cuyo descarte está autorizado y especies cuya devolución es obligatoria, según se detalla en la resolución extractada.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 20 de abril de 2022.- Julio Salas Gutiérrez, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.
CVE 2118776
ESTABLECE NÓMINA DE ESPECIES OBJETIVO, DE FAUNA
ACOMPAÑANTE Y DE PESCA INCIDENTAL SOMETIDAS A LOS
ARTÍCULOS 7 A, 7 B Y 7 C DE LA LEY GENERAL DE PESCA Y
ACUICULTURA PARA PESQUERÍA ARTESANAL DE ANCHOVETA
ENTRE LAS REGIONES DE ATACAMA Y COQUIMBO, AÑO 2022
Extracto Por resolución exenta N787, de 20 de abril de 2022, de esta Subsecretaría, establécese la nómina de especies objetivo, de fauna acompañante y de pesca incidental para la pesquería artesanal de Anchoveta, en el área marítima de las Regiones de Atacama y Coquimbo, que se encuentran sometidas al Plan de Reducción del Descarte y de la Captura de Pesca Incidental, autorizado mediante resolución exenta N1.468 de 2021, de conformidad con el Artículo 7 A, 7 B y 7 C de la Ley General de Pesca y Acuicultura, año 2022.
Para los efectos antes señalados, la nómina se divide en cuatro categorías de especies: especie objetivo Tabla 1; especies de fauna acompañante FA sometidas a cuota global anual de captura CGA o Régimen Artesanal de Extracción RAE, según corresponda Tabla 2; especies de fauna acompañante FA no administradas con cuota global anual de captura sin CGA, sujetas a regulación de arte/aparejo para su extracción entre Arica y Los Lagos por res. ex. 3.917/2019 o al Plan de Acción Nacional para la Conservación de Tiburones PANT y la res. ex. N2.063
de 2020 que estableció protocolos de devolución de condrictios, según corresponda Tabla 3 y especies de pesca incidental Tabla 4, distinguiendo en cada categoría las especies que tienen prohibición de descarte y aquellas cuya devolución es obligatoria, según se detalla en la resolución extractada.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 20 de abril de 2022.- Julio Salas Gutiérrez, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.

Ministerio de Desarrollo Social y Familia SUBSECRETARÍA DE LA NIÑEZ
CVE 2118768
ACEPTA RENUNCIA VOLUNTARIA AL CARGO DE SUBSECRETARIA
DE LA NIÑEZ
Núm. 1.- Santiago, 9 de marzo de 2022.
Visto:
Lo dispuesto en la Ley N20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y Modifica Cuerpos Legales que Indica; en los artículos 7, 146 letra a y 147 del decreto con fuerza de ley N29 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que

Sección I - 3

fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N18.834, Estatuto Administrativo; el DFL N1, de 2018, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, que fija plantas de personal de la Subsecretaría de la Niñez; en la ley N21.289, de presupuesto del Sector Público para el año 2022; en la resolución N6 de 2019, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y las facultades que me confiere el artículo N32 de la Constitución Política de la República.
Considerando:
1. Que, doña Blanquita Honorato Lira fue nombrada por medio del decreto supremo N2 de 2021, en el cargo de Subsecretaria de la Niñez, grado Cº de la Escala Única de Sueldos, Planta de Directivos, del Ministerio de Desarrollo Social, a contar del 6 de enero de 2021.
2. Que, doña Blanquita Honorato Lira presentó su renuncia voluntaria al cargo de Subsecretaria de la Niñez, mediante carta de renuncia, de fecha 3 de marzo de 2022, extendida a S.E. Presidente de la República Sr. Sebastián Piñera Echenique, a contar del 11 de marzo de 2022.
Decreto:
1º.- Acéptase, a contar del 11 de marzo de 2022, la renuncia voluntaria presentada por doña Blanquita Honorato Lira, RUN N15.959.056-9, en el cargo de Subsecretaria de la Niñez, grado Cº de la Escala Única de Sueldos perteneciente al Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
2º.- Déjase constancia que la persona antes mencionada no está sujeta a sumario administrativo, ni tiene cargos pendientes.
3º.- Remítase copia del presente acto administrativo al gabinete de la Subsecretaría de la Niñez, Departamento de Gestión y Desarrollo de las Personas, y Oficina de Partes.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA
ECHENIQUE, Presidente de la República.- Karla Rubilar Barahona, Ministra de Desarrollo Social y Familia.
Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Blanquita Honorato Lira, Subsecretaria de la Niñez.

Ministerio del Trabajo y Previsión Social
SUBSECRETARÍA DE PREVISIÓN SOCIAL
CVE 2118774
DECLARA DESIERTO EL CONCURSO DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA
PARA PROVEER EL CARGO DE SUPERINTENDENTE DE SEGURIDAD
SOCIAL
Núm. 26.- Santiago, 18 de mayo de 2021.
Visto:
Lo dispuesto en el DFL N1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N18.834, sobre Estatuto Administrativo; el Título VI de la ley N19.882, que regula Nueva Política de Personal a los Funcionarios Públicos que indica; en el decreto supremo N53 de 2017, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que renueva en el cargo al Superintendente de Seguridad Social; en la resolución N6, de 2019, de la Contraloría General de la República; decreto supremo N87 de 7 de abril de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; y el decreto supremo N56, de 2019, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; y Considerando:
1. Que, de acuerdo con la ley N16.395, de 1966, que fija el texto refundido de la ley de organización y atribuciones de la Superintendencia de Seguridad Social, corresponde a dicha Superintendencia la supervigilancia y fiscalización de los regímenes de seguridad social y de protección social, como asimismo de

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Diario Oficial de la República de Chile del 26/4/2022 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date26/04/2022

Page count40

Edition count1243

First edition17/08/2016

Last issue22/11/2023

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