Diario Oficial de la República de Chile del 19/4/2022 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 43.231

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Martes 19 de Abril de 2022

Ministerio de Defensa Nacional SUBSECRETARÍA PARA LAS FUERZAS ARMADAS
CVE 2114522
MODIFICA DEPENDENCIA ORGÁNICA DE LAS ESCUELAS DE
ESPECIALIDADES Y CENTRO DE ENTRENAMIENTO DE COMBATE
QUE SE INDICAN
Núm. 161.- Santiago, 4 de mayo de 2021.

a El art. 32 número 6 y 17 de la Constitución Política de la República de Chile.
b El art. 47 letra a de la ley N 18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas.
c La ley N 20.424, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional.
d La ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, de 29 de mayo de 2003.
e El decreto con fuerza de ley N 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, que Establece Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas.
f El decreto supremo MDN N 47, de fecha 18 de enero de 2016, que Modifica Decretos Supremos MDN G N 67, de 9 de junio de 2005 y N 84, de 21 de octubre de 2005, y fusiona la División Escuelas a la División Educación del Ejército.
g El decreto supremo MDN.SSG.DEPTO.II/1 N 6030/129, de fecha 13 de diciembre de 2005, que Modifica dependencia orgánica de Unidades del Ejército que indica.
h El decreto supremo MDN N 472, de fecha 4 de septiembre de 2014, que Modifica Decreto Supremo N 215 de 2007 del MDN, que Crea, dispone Guarnición fija dependencia orgánica del Centro de Entrenamiento de Combate Acorazado del Ejército.
i El decreto supremo MDN N 193, de fecha 4 de abril de 2011, que Crea, dispone Guarnición y fija dependencia orgánica de la Escuela de Equitación del Ejército.
j La resolución N 7, de fecha 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República.
k El Plan de Desarrollo Estratégico del Ejército 2026.
l Lo propuesto por el Comandante en Jefe del Ejército en su Memorándum CJE EMGE DOE IIa P N 12970/1, de fecha 8 de enero de 2021.
Considerando:

1.- Lo previsto en el proceso de racionalización institucional, dirigido a mejorar la gestión del recurso humano destinado a optimizar los aspectos de mando y control, administrativos, logísticos, de instrucción y entrenamiento, en beneficio de una mayor eficiencia en el empleo de los medios del Ejército, con el objeto de conformar una institución acorde a la realidad nacional e internacional.
2.- La necesidad de disponer de un diseño organizacional que permita optimizar la gestión técnica, administrativa y financiera, acorde a una mayor eficiencia en los procesos, de acuerdo a las demandas de la administración del Estado, con transparencia y rigor técnico, lo cual no requiere aumento de la planta institucional, como tampoco irrogará una mayor asignación de presupuesto.
3.- La exigencia de fortalecer la relación funcional con las organizaciones de la Fuerza Terrestre que generan la demanda de preparación, en el contexto de los cursos de especialización.
4.- La necesidad de sostenimiento, apoyo logístico y administrativo especializado y oportuno de los institutos que se relacionan directamente con las unidades de la Fuerza Terrestre que históricamente han apoyado la ejecución de los cursos que imparten.
Decreto:
1.- Elimínese, a partir de la total tramitación del presente decreto supremo, la letra k., del numeral 1 del decreto supremo MDN. SSG. DEPTO. II/1 N 6030/129, de fecha 13 de diciembre de 2005.
2.- Establécese que la Escuela de Montaña pasa a depender orgánicamente de la III División de Montaña.
3.- Modifícase, a partir de la total tramitación del presente decreto supremo, el numeral 1, del decreto supremo MDN N 472, de fecha 4 de septiembre de 2014,
Sección I - 3

en el sentido de establecer que el Centro de Entrenamiento de Combate Acorazado del Ejército pasa a depender orgánicamente del Comando de Operaciones Terrestre del Ejército.
4.- Modifícase, a partir de la total tramitación del presente decreto supremo, el numeral 1. del decreto supremo MDN N 193, de fecha 4 de abril de 2011, en el sentido de establecer que la Escuela de Equitación del Ejército pasa a depender orgánicamente del Regimiento Escolta Presidencial N 1 Granaderos del General Manuel Bulnes Prieto.
5.- Facúltase al Comandante en Jefe del Ejército para establecer, mediante documentos ejecutivos internos, la orgánica de detalle de las unidades que modifican su dependencia y emitir las disposiciones necesarias para dar cumplimiento al presente decreto.
6.- Lo establecido en el presente decreto supremo, no afectará las plantas autorizadas del Ejército y no irrogará una mayor asignación de presupuesto.

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Vistos:

Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y en el Boletín Oficial del Ejército de Chile.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Baldo Prokurica Prokurica, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Alfonso Vargas Lyng, Subsecretario para las Fuerzas Armadas.
CVE 2114523
CREA Y FIJA DEPENDENCIA ORGÁNICA DE LA DIRECCIÓN DE
COMUNICACIONES ESTRATÉGICAS DEL EJÉRCITO DE CHILE
Núm. 82.- Santiago, 31 de enero de 2022.
Vistos:

a Los artículos 32 número 6 y 17 de la Constitución Política de la República de Chile;
b El artículo 47 letra a de la ley N 18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas;
c La ley N 20.424, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional;
d La ley N 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;
e La resolución N 7, de fecha 27 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República;
f El Plan de Desarrollo Estratégico del Ejército de Chile, y g Lo propuesto por el Comandante en Jefe del Ejército de Chile en su memorándum CJE. EMGE. DOE II a R N 6030/17171, de fecha 22 de diciembre de 2021.
Considerando:

1.- Lo previsto en el proceso de racionalización institucional, dirigido a mejorar la gestión del recurso humano destinado a optimizar los aspectos de mando y control, administrativos, logísticos, de instrucción, entrenamiento y comunicaciones, en beneficio de una mayor eficiencia en el empleo de los medios del Ejército de Chile, con el objeto de conformar una institución acorde a la realidad nacional e internacional.
2.- La necesidad del Ejército de Chile de disponer de una estructura orgánica que permita actuar de manera proactiva con una mirada amplia, con la capacidad de articular y sincronizar las capacidades institucionales vinculadas con el ambiente de la información.
3.- El imperativo de dotar a la institución de una organización con la capacidad de planificar, evaluar y ejecutar, basado en los principios de eficiencia y racionalidad de los medios a considerar, optimizando el empleo de las estructuras ya existentes y articulando eficazmente las capacidades de información ya disponibles, contribuyendo a la comunicación estratégica institucional y el ejercicio del mando.
Decreto
1.- Créase, a partir de la total tramitación del presente decreto supremo, la Dirección de Comunicaciones Estratégicas del Ejército de Chile Direcome, dependiente de la Comandancia en Jefe del Ejército de Chile, a través del Secretario General del Ejército de Chile.
2.- Corresponderá a la Dirección de Comunicaciones Estratégicas del Ejército de Chile, la planificación, coordinación, sincronización y evaluación de las acciones comunicacionales estratégicas mediante la integración de las capacidades institucionales, de forma que coadyuven al logro de la misión del Ejército de Chile, según el cumplimiento de sus tareas bajo el ordenamiento jurídico vigente y las directrices emanadas por el Ministerio de Defensa Nacional.

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Diario Oficial de la República de Chile del 19/4/2022 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date19/04/2022

Page count76

Edition count1243

First edition17/08/2016

Last issue22/11/2023

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