Diario Oficial de la República de Chile del 18/2/2020 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Sección I - 4

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Martes 18 de Febrero de 2020

2. Trasládese al señor Cristian Rodrigo Donoso Maluf,RUN N 8.360.2856, Embajador 1 Categoría Exterior, para que preste servicios como Embajador de Chile ante la República de Haití, a contar del 1 de noviembre de 2019, fecha en la cual deja de desempeñar sus funciones en la Embajada de Chile en Bélgica-UE.
3. La persona señalada deberá rendir la fianza legal establecida en el artículo 68
del decreto N 2.421 citado en los Vistos, y contará con firma electrónica avanzada en calidad de titular de acuerdo a lo establecido en la resolución N 30 de 2015 de la Contraloría General de la República, y permanecerá en la Planta A Presupuesto en Moneda Extranjera.
4. Establézcase que el Embajador tendrá derecho a pasajes, asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales y de establecimiento, todo de conformidad con lo establecido en el DFL N 33 antes citado. Las condiciones de asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales se ajustarán además al reglamento establecido en el decreto 2.154 de 1997 de esta Secretaría de Estado.
5. Por razones impostergables de buen servicio, la persona antes individualizada asumirá sus funciones en la fecha señalada, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
Impútese el gasto que corresponda a los Subtítulos 21-04-001 y 22-08-007;
del presupuesto corriente en moneda extranjera convertida a dólares del Ministerio de Relaciones Exteriores, del año presupuestario vigente.
Regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA
ECHENIQUE, Presidente de la República de Chile.- Teodoro Ribera Neumann, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- José Avaria Garibaldi, Director General Administrativo.
CVE 1727293
TRASLADA A DON MAURICIO LUIS UGALDE BILBAO, EMBAJADOR
1 CATEGORÍA EXTERIOR, PARA QUE PRESTE SERVICIOS COMO
EMBAJADOR DE CHILE ANTE EL GOBIERNO DE EL LÍBANO
Núm. 182.- Santiago, 12 de noviembre de 2019.
Vistos:
La Constitución Política de la República, el DFL Nº 29 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834
sobre el Estatuto Administrativo; la Ley Nº 21.125 de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2019; el decreto Nº 2.421 de 1964, del Ministerio de Hacienda; los decretos Nºs. 2.154 de 1997, 139 y 169 ambos de 2019. Todos del Ministerio de Relaciones Exteriores; las resoluciones Nºs. 30 de 2015 y 6 de 2019, ambas de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que mediante decreto Nº 139, de 2019, citado en los Vistos, la señora Marta Chalhub Romero, Embajadora, 1 Categoría Exterior, cesó de prestar servicios, a contar del 1 de octubre de 2019, como Embajadora de Chile ante el Gobierno de El Líbano.
2. Que, por decreto Nº 168, de 2019, el señor Mauricio Luis Ugalde Bilbao RUN Nº 6.656.565-3 Embajador 1 Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, cesó de prestar servicios como Embajador de Chile ante el Gobierno de Paraguay, a contar del 1 de noviembre de 2019.
Decreto:
1. Trasládese al señor Mauricio Luis Ugalde Bilbao RUN Nº 6.656.565-3, Embajador 1 Categoría Exterior, para que preste servicios como Embajador de Chile ante el Gobierno de El Líbano, a contar del 1 de diciembre de 2019.
2. La persona indicada continuará rindiendo la fianza establecida en el artículo 68, del decreto Nº 2.421 citado en los Vistos, y permanecerá en la Planta A
Presupuesto en Moneda Extranjera.
3. Establézcase que el Embajador tendrá derecho a pasajes, para él y su grupo familiar, asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales y de establecimiento, todo de conformidad con lo establecido en el DFL Nº 33 antes citado. Las condiciones de asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales se ajustarán además al reglamento establecido en el decreto 2.154 de 1997 de esta Secretaría de Estado.

Nº 42.582

4. Por razones impostergables de buen servicio, la persona antes individualizada asumirá sus funciones en la fecha señalada, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
Impútese el gasto que corresponda a los Subtítulos 21-04-001 y 22-08-007, del presupuesto corriente en moneda extranjera convertida a dólares del Ministerio de Relaciones Exteriores, del año presupuestario vigente.
Regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA
ECHENIQUE, Presidente de la República de Chile.- Teodoro Ribera Neumann, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- José Avaria Garibaldi, Director General Administrativo.

Ministerio de Defensa Nacional
SUBSECRETARÍA PARA LAS FUERZAS ARMADAS
Fuerza Aérea de Chile Dirección General de Aeronáutica Civil CVE 1726617
APRUEBA PRIMERA ENMIENDA A LA SEGUNDA EDICIÓN DE LA DAN
17 05, TRANSPORTE DE VALORES EN AERÓDROMOS
Resolución Núm. 1.180 exenta.- Santiago, 22 de noviembre de 2019.
Vistos:
a Ley N 16.752, de 1968, que fija la Organización y Funciones y Establece las Disposiciones Generales de la Dirección General de Aeronáutica Civil y sus posteriores modificaciones.
b Ley N 18.916, de 1990, que aprueba el Código Aeronáutico y sus posteriores modificaciones.
c Decreto ley N 3.607, del Ministerio del Interior, Deroga DL N 194, de 1973, y Establece Nuevas Normas sobre Funcionamiento de Vigilantes Privados.
d Decreto supremo N 400, de 1977, del Ministerio de Defensa, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 17.798, sobre Control de Armas, Nacional.
e Decreto supremo N 93, de 1985, del Ministerio de Defensa Nacional, aprueba Reglamento del artículo 5 bis del DL N 3.607, modificado por el DL N
3.636, ambos de 1981, y por la ley N 18.422.
f Decreto supremo N 1.773, de 1994, del Ministerio del Interior, aprueba Reglamento del decreto ley N 3.607, de 1981, sobre funcionamiento de vigilantes privados y deroga decreto N 315, de 1981.
g Decreto supremo N 222, de 2004, del Ministerio de Defensa Nacional, aprueba Reglamento Orgánico y de Funcionamiento ROF de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y sus posteriores modificaciones.
h Decreto supremo N 148, de 2004, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba Segunda Edición del DAR 51, Reglamento del Procedimiento Infraccional Aeronáutico.
i Decreto supremo N 63, de 2008, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba Reglamento DAR 17, Seguridad, Protección de la Aviación Civil Contra Actos de Interferencia Ilícita y sus posteriores modificaciones.
j Decreto supremo N 1.814, de 2014, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, dispone medidas que regulen el transporte de valores y sus posteriores modificaciones.
k Decreto supremo N 680, de 2015, del Ministerio de Defensa Nacional SS.
FF.AA, que nombra al Sr Víctor Villalobos Collao, General de Aviación, como Director General de Aeronáutica Civil.
l Resolución exenta N 0839, de 2018, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que aprueba la Segunda Edición de la norma aeronáutica Transporte de valores en Aeródromos DAN 17 05.
m Resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma razón.

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Diario Oficial de la República de Chile del 18/2/2020 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date18/02/2020

Page count40

Edition count1243

First edition17/08/2016

Last issue22/11/2023

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