Diario Oficial de la República de Chile del 1/10/2019 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 42.466

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Martes 1 de Octubre de 2019

Capitanía de Puerto de Los Vilos CVE 1654205
RENOVACIÓN DE DESTINACIÓN MARÍTIMA
Extracto
Sección I - 3

Pesca y Acuicultura y sus modificaciones; y el DS N355 del 12 de junio de 1995, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Reglamento sobre Áreas de Manejo y Explotación de Recursos Bentónicos.
Los antecedentes de la solicitud se encuentran a disposición del público en la Capitanía de Puerto de Chañaral. El presente extracto se encuentra visado por la Capitanía de Puerto antes señalada.
Chañaral, 22 de agosto de 2019.- Ricardo Henríquez Kremer, Teniente 1º LT, Capitán de Puerto de Chañaral.

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N ES
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L N

Decreto exento N416, de fecha 12 de julio de 2019, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, otorgó al Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, para el Servicio Nacional de Pesca, RUT N60.701.002-1, Segunda Renovación de Destinación Marítima, con vencimiento el 30 de junio de 2034, sobre un sector de Fondo de Mar y Porción de Agua, en el lugar denominado Cascabeles Sector B, comuna de Los Vilos, provincia de Choapa, Región de Coquimbo, con una superficie total de 402.600 m2, la que fue tramitada con el SIABC N41759. A modo referencial se señalan las siguientes coordenadas geográficas:

Capitanía de Puerto de San Antonio
CVE 1659656
MODIFICACIÓN DESTINACIÓN MARÍTIMA
Extracto
Decreto exento N540, del 2 de agosto de 2019, del Ministerio de Defensa Nacional. Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, modifica decreto supremo N904
de 1969, en la forma que se señala:
1.- Elimínase de la suma la frase y uso de mejoras fiscales.
2.- Reemplázase el numeral primero de la parte resolutiva por el siguiente:

El objeto consiste en mantener un área de manejo y permitir la explotación de los recursos bentónicos existentes en el lugar, según lo establecido en el Título IV, Párrafo 3º, Art. 55 A, de la Ley General de Pesca y Acuicultura; y el DS N355, de 12
de junio de 1995, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, reglamento sobre áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos. Los antecedentes de la solicitud se encuentran a disposición del público en la Capitanía de Puerto de Los Vilos. El presente extracto se encuentra visado por la Capitanía de Puerto antes señalada.- Carlos Vidal Olave, Suboficial L RT, Capitán de Puerto de Los Vilos.
Capitanía de Puerto de Chañaral
CVE 1654207
RENOVACIÓN DE DESTINACIÓN MARÍTIMA PARA AMERB

Decreto exento N417, de fecha 12 de julio de 2019, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, otorgó al Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, para el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, domiciliado en calle Victoria N2832, comuna de Valparaíso, RUT N60.701.002-1, Tercera Renovación de Destinación Marítima, con vencimiento el 31 de diciembre de 2034 sobre un sector de Fondo de Mar y Porción de Agua en el lugar denominado Pan de Azúcar, comuna de Chañaral, provincia de Chañaral, Región de Atacama, con una superficie total de 2.443.900 m2, la que fue tramitada con el SIABC N41703. A modo referencial se señalan las siguientes coordenadas geográficas:
LAT. S:
26º0805,29 S
26º0803,05 S
26º0744,86 S
26º0729,37 S
26º0713,51 S
26º0644,42 S
26º0625,17 S
26º0526,94 S
26º0513,67 S
26º0442,74 S
26º0418,59 S
26º0353,64 S
26º0344,21 S
26º0344,21 S

3.- Reemplázase, íntegramente el párrafo 3 de la parte resolutiva, por el siguiente:

El objeto consiste en amparar infraestructura para las necesidades operacionales y logísticas de la Gobernación Marítima de San Antonio, correspondientes a estanques de gas licuado y un pozo de aguas servidas..
A modo referencial se señala la siguiente coordenada geográfica:
33º3452,6S, 71º3654,5 W.

Extracto
VÉRTICE
A B
C D
E F
G H
I J
K L
M N

Destínase al Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, Dirección del Litoral y de Marina Mercante para la Gobernación Marítima de San Antonio, un sector de terreno de playa, en el lugar denominado Caleta de Pescadores, en el Puerto de San Antonio, comuna de San Antonio, provincia de San Antonio, Región de Valparaíso, individualizada en el plano N78/69, visado por la Autoridad Marítima de San Antonio.

LONG. W:
70º3917,75 W
70º3926,60 W
70º3920,05 W
70º3927,15 W
70º3927,40 W
70º3930,99 W
70º3941,02 W
70º3947,68 W
70º3954,98 W
70º3938,80 W
70º3944,47 W
70º3931,23 W
70º3939,43 W
70º3921,04 W

El objeto consiste en continuar operando un área de manejo y explotación de recursos bentónicos, según lo establecido en la ley N18.892, Ley General de
Los antecedentes de esta Destinación Marítima se encuentran a disposición del público en la Capitanía de Puerto de San Antonio. El presente extracto se encuentra visado por la Capitanía de Puerto antes señalada.- Sebastián Sepúlveda Zúñiga, Capitán de Fragata LT, Capitán de Puerto de San Antonio.

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Diario Oficial de la República de Chile del 1/10/2019 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date01/10/2019

Page count332

Edition count1243

First edition17/08/2016

Last issue22/11/2023

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