Diario Oficial de la República de Chile del 13/11/2017 - Secciones I-IV

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Sección I - 2

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Lunes 13 de Noviembre de 2017Nº 41.906

CVE 1301135
ACEPTA RENUNCIA VOLUNTARIA AL CARGO DE SECRETARIO
REGIONAL MINISTERIAL DE GOBIERNO DE FUNCIONARIO QUE SE
INDIVIDUALIZA
Núm. 8.- Santiago, 19 de junio de 2017.
Visto:

RE
PR
N ES
O E
O N
FI TA
C C
IA IÓ
L N

Lo establecido en los artículos 7, 146 letra a y 147 del DFL Nº 29 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; lo establecido en los artículos 61, 62 y 63 del DFL Nº 1, de 2005, del Ministerio del Interior, que fija texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley N 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; en la ley N 19.032, en el decreto N
41, de fecha 17 de marzo de 2014, del Ministerio Secretaría General de Gobierno;
en la carta de renuncia adjunta, y en la resolución Nº 10, de 2017, de la Contraloría General de la República.

el Gobierno y las organizaciones sociales en su más amplia acepción, figurando especialmente entre sus funciones constituir un canal de vinculación entre el Gobierno y las diversas organizaciones sociales, cualquiera sea su naturaleza, respetando plenamente la autonomía de éstas, con el propósito de facilitar la expresión de las necesidades de la ciudadanía y resolverlas en función del interés social.
2. Que el Instructivo Presidencial N 007, de 2014, sobre Participación Ciudadana en la Gestión Pública estableció como un objetivo estratégico de este Gobierno, promover que la participación se lleve adelante con un enfoque de derechos y de manera transversal, sin ningún tipo de discriminación arbitraria, respetando la diversidad social y cultural, reconociendo e integrando las particularidades, características y necesidades de los distintos grupos que conforman nuestra sociedad. En este sentido, los Órganos de la Administración deben procurar facilitar el acceso a todos los mecanismos de participación a las personas diversamente hábiles.
3. Que la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas aprobó la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, mediante resolución A/RES/70/1, de 25 de septiembre de 2015, que estableció los Objetivos del Desarrollo Sostenible, entre los cuales el Objetivo N 16 sobre Paz, Justicia e Instituciones Sólidas, estableció como meta Garantizar la adopción de decisiones inclusivas, participativas y representativas que respondan a las necesidades a todos los niveles..
4. Que el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas estableció los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos en su resolución 17/4, de 16 de junio de 2011.
5. Que conforme dispone el DFL N 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, La administración del Estado deberá observar los principios de responsabilidad, eficiencia, eficacia, coordinación, impulsión de oficio del procedimiento, impugnabilidad de los actos administrativos, control, probidad, transparencia y publicidad administrativas y participación ciudadana en la gestión pública .
6. Que sobre la base de los principios antes descritos y la experiencia y demandas de la ciudadanía en los territorios, se requiere avanzar permanentemente en el perfeccionamiento de las instancias de coordinación entre los diversos organismos públicos a fin de garantizar a la ciudadanía el debido ejercicio de sus derechos.

Considerando:

Que, mediante el decreto N 41, de 2014, de este Ministerio se nombró como Secretario Regional Ministerial de Gobierno de la Región de la Araucanía a don Mario Hernán González Rebolledo, RUT: 9.226.795-4.
Que, dicho Seremi, presentó su renuncia voluntaria al cargo a contar del día 1 de julio de 2017, según consta en la carta renuncia adjunta.
Decreto:

Acéptase, a contar del día 1 de julio de 2017, la renuncia voluntaria presentada por don Mario Hernán González Rebolledo, RUT 9.226.795-4, al cargo de Secretario Regional Ministerial de Gobierno de la Región de La Araucanía, funcionario de planta, grado 6 de la EUS.

Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- MICHELLE BACHELET
JERIA, Presidenta de la República.- Paula Narváez Ojeda, Ministra Secretaria General de Gobierno.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Omar Jara Aravena, Subsecretario General de Gobierno.
SUBSECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO

CVE 1301124
CREA MESA DE TRABAJO INTERINSTITUCIONAL PARA EL DIÁLOGO
SOCIAL Y LA COORDINACIÓN DE INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN
CIUDADANA EN LAS MATERIAS QUE INDICA
Resolución
Núm. 272/1.049 exenta.- Santiago, 28 de junio de 2017.
Vistos:

La ley Nº 19.032, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que Reorganiza el Ministerio Secretaría de Gobierno; el decreto con fuerza de ley Nº 1 ley Nº 19.032 del Ministerio Secretaría General de Gobierno, de 1992, que Modifica la Organización del Ministerio Secretaría General de Gobierno; el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley N 20.500
sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública; la ley Nº 19.880, que establece las Bases Generales de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley Nº 20.981, de Presupuestos del Sector Público para el año 2017; el decreto supremo Nº 16, de 26
de octubre de 2016, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que nombra Subsecretario General de Gobierno y la resolución afecta Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que la ley N 19.032, que Reorganiza el Ministerio Secretaría General de Gobierno, establece que a este Ministerio le corresponde llevar las relaciones entre
Resuelvo:

1.- Convóquese una Mesa de Trabajo Interinstitucional permanente, denominada Mesa Interinstitucional para el Diálogo Social y la Participación Ciudadana -en adelante la mesa de trabajocuya finalidad esencial consistirá en la promoción de la coordinación interinstitucional en materia de participación ciudadana, el aporte al desarrollo local y el respeto de los derechos de las comunidades y los pueblos indígenas en el marco del desarrollo de actividades económicas en los territorios locales.
2.- Serán objetivos de esta mesa de trabajo:
a. Promover la creación de marcos y la debida coordinación intersectorial para que las actividades económicas públicas o privadas presentes en los territorios aporten a un desarrollo sustentable de éstos a través de procesos de participación, aportes al desarrollo local y respeto de los derechos de las comunidades y los pueblos indígenas.
b. Identificar, comunicar y difundir las actividades que cada una de las instituciones integrantes desarrolla en los territorios a fin de favorecer espacios de acción común, conjunto y estratégicamente alineados.
c. Trabajar en la elaboración de estándares comunes de acción en el reconocimiento de los derechos y deberes de los distintos actores en torno a las actividades económicas, respecto a la participación, aportes al desarrollo local y respeto de los derechos de las comunidades y los pueblos indígenas.
d. Generar convenios de colaboración, herramientas tecnológicas y otros instrumentos que permitan mejorar la coordinación intersectorial y compartir información institucional atingente al cumplimiento de estos objetivos.
3.- La Mesa de Trabajo Interinstitucional para el Diálogo Social y la Participación Ciudadana estará integrada por:
a. Un o una representante de la División de Organizaciones Sociales del Ministerio Secretaría General de Gobierno, quien la presidirá;
b. Un o una representante del Ministerio de Relaciones Exteriores;
c. Un o una representante del Ministerio de Economía;
d. Un o una representante del Ministerio de Minería;
e. Un o una representante del Ministerio de Bienes Nacionales;
f. Un o una representante del Ministerio de Energía;

About this edition

Diario Oficial de la República de Chile del 13/11/2017 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date13/11/2017

Page count32

Edition count1245

First edition17/08/2016

Last issue19/03/2024

Download this edition

Other editions

<<<Noviembre 2017>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930