Diario Oficial de la República de Chile del 27/11/2023 - Empresas y Cooperativas

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Empresas y Cooperativas

DIARIO
OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública
V

SECCIÓN

CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.711

Lunes 27 de Noviembre de 2023

Página 1 de 3

Empresas y Cooperativas CVE 2412091

EXTRACTO
El Registro de Empresas y Sociedades, domiciliado en Avenida Libertador Bernardo OHiggins 1449 torre 2 piso 11, comuna de Santiago, región Metropolitana de Santiago, certifica que, comparece: Grenergy Renovables S.a- , RUN: 59.190.490-6, con domicilio en: Isidora Goyenechea N 2800, LAS CONDES, región METROPOLITANA DE SANTIAGO, como únicos accionistas de una sociedad por acciones, constituida e inscrita en el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades con fecha 03 de diciembre del 2020, de cuyo estatuto actualizado se extracta lo siguiente: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: Lirios de Chumaquito SpA. DOMICILIO:
Comuna de Talca, región Del maule, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. OBJETO: generación, capacitación y distribución de energía eléctrica. CAPITAL SOCIAL: $100.000 de pesos, dividido en 100
acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal. El Capital queda totalmente suscrito y pagado en este acto en la forma indicada en los artículos transitorios de esta actuación. ARTÍCULOS TRANSITORIOS: ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO:
APORTES ACCIONISTAS: El capital de la Sociedad es la cantidad de CIEN MIL PESOS, dividido en CIEN ACCIONES, nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una, de una misma y única serie, las cuales han sido íntegramente suscritas y pagadas por GRENERGY
RENOVABLES, S.A. ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: APODERADOS: Sin que lo que a continuación se establece pueda estimarse formando parte de los Estatutos de la Sociedad, por el presente instrumento, GRENERGY RENOVABLES, S.A., en su carácter de administrador de la Sociedad, viene en designar a los representantes que se indican a continuación, en conformidad a las formas de actuación y limitaciones que se señalan en cada caso: Apoderados Clase A: /i/ Don ÁLVARO RUIZ RUIZ, pasaporte español número AAE siete dos cero cero ocho cinco, en forma individual, separada e indistintamente podrá ejercer todas y cada una de las facultades indicadas en el Artículo Décimo Tercero de los Estatutos sin limitación alguna; /ii/
Don BORJA IBARRA ÁLVAREZ, cédula de identidad para extranjeros número veinticinco millones doscientos ocho mil seiscientos dieciocho guion ocho o don PABLO ABELL MENA, cédula de identidad número dieciséis millones doscientos doce mil ciento setenta y cuatro guion K, actuando en forma conjunta con don FEDERICO GREBE LIRA, cédula de identidad número nueve millones novecientos nueve mil veintidós guion siete, podrán ejercer todas y cada una de las facultades indicadas en el Artículo Décimo Tercero de los Estatutos, sin limitación alguna.
Apoderados Clase B: Don BORJA IBARRA ÁLVAREZ y don PABLO ABELL MENA, actuando en representación de la Sociedad en la forma y limitaciones que se indican más adelante, podrán ejercer las facultades que se indican en el Artículo Décimo Tercero de los Estatutos en los números Uno, Dos, Tres, Cuatro, Cinco, Seis, Siete, Ocho, Diez, Once, Doce, Trece, Catorce, Quince, Dieciséis, Diecisiete, Dieciocho, Diecinueve, Veinte, Veintidós, Veintitrés, Veinticuatro, Veinticinco, Veintiséis, Veintisiete, Veintiocho, Veintinueve, Treinta, Treinta y Uno, Treinta y Dos, Treinta y Tres y además de la facultad de contratar servicios profesionales o técnicos. En el uso de las facultades señaladas se estipulan las siguientes limitaciones: /i/ Facultades Uno y Once: Únicamente podrán ser ejercidas por don BORJA
IBARRA ÁLVAREZ en forma individual y separada con la limitación que cada acto no podrá superar los ciento cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica. /ii/ Facultad Dos: Podrá ser ejercida en forma conjunta por don BORJA IBARRA ÁLVAREZ y don PABLO
ABELL MENA con la limitación que cada acto no podrá superar la suma de un millón de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, según el tipo de cambio determinado por el Banco Central de Chile. /iii/ En relación al resto de las facultades otorgadas a los apoderados clase B, don BORJA IBARRA ÁLVAREZ podrá ejercer dichas facultades individual y separadamente con la limitación que cada acto no podrá superar los doscientos cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, según el tipo de cambio determinado por el Banco Central de Chile y don PABLO ABELL MENA podrá ejercer dichas facultades individual y separadamente

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Diario Oficial de la República de Chile del 27/11/2023 - Empresas y Cooperativas

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Empresas y Cooperativas

CountryChile

Date27/11/2023

Page count229

Edition count1703

First edition17/08/2016

Last issue15/05/2024

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