Diario Oficial de la República de Chile del 4/10/2023 - Empresas y Cooperativas

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Empresas y Cooperativas

DIARIO
OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública
V

SECCIÓN

CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.668

Miércoles 4 de Octubre de 2023

Página 1 de 1

Empresas y Cooperativas CVE 2386123

EXTRACTO
GONZALO SERGIO MENDOZA GUÍÑEZ, Notario Público Suplente de doña Antonieta Mendoza Escalas, Titular 16º Notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 28 de septiembre de 2023, Rep. Nº 4.410/2023.-, ante mí, SACYR
CONCESIONES CHILE SpA., RUT Nº76.057.576-3, domiciliada en Av. Isidora Goyenechea N 2800, piso 24, Oficina 2401, comuna de Las Condes, Santiago, Chile; AGENCIAS
UNIVERSALES S.A., RUT N96.566.940-K, domiciliada en Av. Andrés Bello N 2687, piso 15, Las Condes, Santiago, Chile; y SACYR CHILE S.A., RUT N 96.786.880-9, domiciliada en Av. Isidora Goyenechea N 2800, piso 24, Oficina 2401, comuna de Las Condes, Santiago, Chile; constituyeron una Sociedad Anónima conforme a la Ley 18.046, con los siguientes estatutos: Nombre: SOCIEDAD CONCESIONARIA AEROPUERTO EL LOA S.A.- Objeto: La Sociedad tendrá por objeto exclusivo la ejecución, reparación, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada Aeropuerto El Loa de Calama mediante el Sistema de Concesiones, así como la prestación y explotación de los servicios aeronáuticos y no aeronáuticos asociados a ella y el uso y goce sobre los bienes nacionales de uso público o fiscales destinados a desarrollar la obra entregada en concesión y las áreas de servicios que se convengan. Duración: El plazo de duración de la sociedad será indefinido. Con todo, sólo se podrá poner término a la sociedad una vez transcurridos 2 dos años contados desde la extinción de la concesión. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las oficinas, filiales, agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares dentro del país.- Capital: El capital de la sociedad es la suma de mil millones de pesos, correspondiente al uno por ciento del Presupuesto Oficial Estimado de la Obra establecido en el artículo 1.4.3 de las Bases de Licitación, dividido en mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, el cual se suscribe y paga de la siguiente forma: 1 SACYR CONCESIONES CHILE
SpA., suscribe setecientas noventa acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, representativas del setenta y nueve por ciento del capital social, y paga en este acto trescientas noventa y cinco acciones, en dinero efectivo, con la suma de trescientos noventa y cinco millones de pesos; quedando pendientes de pago trescientas noventa y cinco acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal; 2 AGENCIAS UNIVERSALES S.A., suscribe doscientas acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, representativas del veinte por ciento del capital social, y paga en este acto cien acciones, en dinero efectivo, con la suma de cien millones de pesos; quedando pendientes de pago cien acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal; 3 SACYR CHILE S.A., suscribe diez acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, representativas del uno por ciento del capital social, y paga en este acto cinco acciones, en dinero efectivo, con la suma de cinco millones de pesos; quedando pendientes de pago cinco acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. En consecuencia, el capital social queda suscrito y pagado por los accionistas como sigue: Quedan suscritas mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, y pagadas en este acto en dinero efectivo por los accionistas la cantidad de quinientas acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, con la suma de quinientos millones de pesos. El saldo del capital para completar los mil millones de pesos, deberá ser pagado en efectivo, en un plazo máximo de doce meses contados desde la fecha de la presente escritura pública de constitución de la sociedad, por lo que los accionistas pagarán, en proporción a su participación, el saldo del capital ascendente a la cantidad de quinientos millones de pesos, dividido en quinientas acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal.
Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 29 de septiembre de 2023.

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Diario Oficial de la República de Chile del 4/10/2023 - Empresas y Cooperativas

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Empresas y Cooperativas

CountryChile

Date04/10/2023

Page count238

Edition count1702

First edition17/08/2016

Last issue13/05/2024

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