Diario Oficial de la República de Chile del 3/12/2022 - Empresas y Cooperativas

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Empresas y Cooperativas

DIARIO
OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública
V

SECCIÓN

CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.417

Sábado 3 de Diciembre de 2022

Página 1 de 1

Empresas y Cooperativas CVE 2227461

EXTRACTO
El Registro de Empresas y Sociedades, domiciliado en Avenida Libertador Bernardo OHiggins 1449 torre 2 piso 11, comuna de Santiago, región Metropolitana de Santiago, certifica que, según consta en el Estatuto Actualizado, Javier Alejandro Toro Zambrano, RUN:
16.977.001-8, con domicilio en: Francisco Bilbao N 3775, PROVIDENCIA, región METROPOLITANA DE SANTIAGO, Danilo Daniel García Medrano, RUN: 13.458.642-7, con domicilio en: Francisco Bilbao N 3775, PROVIDENCIA, región METROPOLITANA DE
SANTIAGO, son los únicos socios de una sociedad de responsabilidad limitada, constituida e inscrita en el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades con fecha 19 de agosto del 2013, regida por la Ley 3.918, sus modificaciones y demás leyes pertinentes, de cuyo estatuto actualizado se extracta lo siguiente: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: Sociedad Comercial 4ID
Limitada . NOMBRE DE FANTASÍA: 4ID Limitada. OBJETO: ACTIVIDADES DE
AGENCIAS DE NOTICIAS Y SERVICIOS PERIODISTICOS, ACTIVIDADES DE
IMPRESIÓN Y DE SERVICIOS CONEXOS, ACTIVIDADES DE EDICIÓN, ALQUILER DE
OTROS TIPOS DE MAQUINARIA Y EQUIPO, INTERMEDIACIÓN MONETARIA, OTRAS
ACTIVIDADES DE SERVICIOS, PUBLICIDAD, SERVICIOS INFORMÁTICOS, TELECOMUNICACIONES. DOMICILIO: Comuna de Providencia, región metropolitana de santiago, sin perjuicio agencias, sucursales o establecimientos resto del país o el extranjero.
DURACIÓN: La duración de la Sociedad será a contar de la fecha de la presente escritura por plazos renovables de 4 años, y no termina con la muerte de algún socio, No se disolverá la sociedad por el fallecimiento, expiración, insolvencia, quiebra, interdicción o incapacidad sobreviniente de cualquiera de los actuales o futuros socios. En caso de fallecer uno de los socios, la sociedad continuará entre los otros socios y los herederos de aquél, quienes deberán hacerse representar ante la sociedad por un mandatario común y único, que además deberá ser persona natural. En caso de fallecer o quedar incapacitado cualquiera de los socios administradores, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán exclusivamente a los otros socios administradores, en caso de haberlos. En caso de no existir otros socios con facultades administradoras, la administración pasará a todos los socios actuando conjuntamente. La renovación automática quedará sin efecto mediante escritura pública Anotada en el Registro con al menos tres meses de anticipación al vencimiento, en la que cualquier socio manifieste dicha voluntad. CAPITAL SOCIAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de $1.000.000 de pesos, de los cuales se han enterado $200.000 pesos y quedan por enterar $800.000 pesos; que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones de la forma siguiente: A JAVIER ALEJANDRO TORO ZAMBRANO se obliga a enterar el equivalente al 50 por ciento del capital social, mediante el aporte de $100.000 pesos que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto y $400.000 pesos que enterará en abono en cuenta corriente, a más tardar dentro del plazo de 12 meses contado desde la fecha del acto constitutivo y en la medida que lo requieran las necesidades sociales; B DANILO DANIEL GARCÍA MEDRANO se obliga a enterar el equivalente al 50 por ciento del capital social, mediante el aporte de $100.000
pesos que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto y $400.000 pesos que enterará en abono en cuenta corriente, a más tardar dentro del plazo de 12 meses contado desde la fecha del acto constitutivo y en la medida que lo requieran las necesidades sociales; ADMINISTRACIÓN
Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: JAVIER ALEJANDRO TORO ZAMBRANO, DANILO
DANIEL GARCÍA MEDRANO, todos conjuntamente. Responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones en estatuto actualizado extractado.

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Diario Oficial de la República de Chile del 3/12/2022 - Empresas y Cooperativas

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Empresas y Cooperativas

CountryChile

Date03/12/2022

Page count322

Edition count1696

First edition17/08/2016

Last issue02/05/2024

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