Diario Oficial de la República de Chile del 28/9/2020 - Empresas y Cooperativas

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Empresas y Cooperativas

DIARIO
OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública
V

SECCIÓN

CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.766

Lunes 28 de Septiembre de 2020

Página 1 de 1

Empresas y Cooperativas CVE 1823298

EXTRACTO
VICTOR HUGO QUIÑONES SOBARZO, Notario Público de Puerto Montt, con domicilio en Guillermo Gallardo 165, Puerto Montt, certifica: Por escritura pública de 16 de septiembre de 2020, Repertorio N 2752, ante mí, RENTAS ATC LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, RUT N 77.223.348-5, domiciliada para estos efectos en calle Volcán Tulapalca número 1.933 Villa Sol de Oriente, comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos; y RENTAS
LTC LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, RUT N 77.209.794-8, domiciliada para estos efectos en calle Germán Hube número 1.184, departamento 402, comuna de Osorno, Región de Los Lagos, y de paso en ésta, constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: AGRÍCOLA TOLOZA
CASTELLVÍ LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de TOLOZA CASTELLVÍ
LTDA.. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto: a La administración y explotación de predios agrícolas y forestales, por cuenta propia o de terceros y comercialización de productos e insumos agro-forestales; b Adquirir a cualquier título bienes raíces rústicos o urbanos, explotarlos bajo cualquier forma, como la práctica de cualquier otro negocio inmobiliario, su administración y explotación y la percepción de sus frutos; c La realización de urbanizaciones o loteos, cualquier clase, finalidad o destino, lo cual podrá efectuar directamente en parte o totalmente, o encargar a terceros; d La realización de toda clase de negocios y actividades mobiliarias e inmobiliarias, por cuenta propia o ajena. En cumplimiento de este objeto la sociedad podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden sus socios y que tengan relación con su objeto. Administración, Representación y Uso Razón Social: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Amparito de Lourdes Toloza Castellví, cédula nacional de identidad número 10.306.556-9, y a doña Lorena del Pilar Toloza Castellví, cédula nacional de identidad número 9.815.777-8, quienes actuando conjuntamente, y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada una de las facultades señaladas en la escritura extractada que se dan por reproducidas de manera expresa. Capital Social: El capital de la sociedad es la suma de $15.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a Rentas ATC Limitada, aporta la suma de $7.500.000, equivalentes al 50%
del capital social, que entera en su totalidad en dinero en efectivo, en este mismo acto en la caja social; y, b Rentas LTC Limitada, aporta la suma de $7.500.000, equivalentes al 50% del capital social, que entera en su totalidad en dinero en efectivo, en este mismo acto en la caja social. En consecuencia, las partes declaran íntegramente aportado y enterado el capital social.
Responsabilidad: La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes.
Duración: La sociedad rige desde fecha escritura extractada y durará hasta el 31 de diciembre del año 2034, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos Domicilio: comuna de Puerto Montt, pudiendo establecer agencias, oficinas y sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Montt, 25 Septiembre 2020.-

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Diario Oficial de la República de Chile del 28/9/2020 - Empresas y Cooperativas

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Empresas y Cooperativas

CountryChile

Date28/09/2020

Page count247

Edition count1695

First edition17/08/2016

Last issue30/04/2024

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