Diario Oficial de la República de Chile del 26/6/2020 - Empresas y Cooperativas
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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Empresas y Cooperativas
DIARIO
OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública
V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.691
Viernes 26 de Junio de 2020
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Empresas y Cooperativas CVE 1778246
EXTRACTO
Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Huérfanos 941, Local 302, comuna de Santiago, certifica que: Por escritura pública de fecha 17 de junio de 2020, repertorio Nº8425/2020, otorgada ante mí Suplente don Juan Cristian Berrios Castro, don EDWARD THOMAS COOK, empresario, cédula de identidad número catorce millones setecientos treinta y dos mil quinientos ochenta y ocho guion seis y doña MARCELA PAZ PONCE CORDERO, empresario, cédula de identidad número doce millones doscientos treinta y nueve mil novecientos veinte guion seis, ambos domiciliados en Catedral mil nueve oficina setecientos cuatro, comuna de Santiago constituyeron sociedad anónima cerrada cuyos estatutos son: Nombre: PEAKESCROFT SOCIEDAD
ANÓNIMA.- Domicilio, Duración y Objeto. Domicilio. El domicilio de la Sociedad será la comuna de Santiago, cuidad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Duración. La Sociedad tendrá una duración indefinida. Objeto. La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades:
a efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; b el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros, y c la realización de todas aquellas actividades comerciales y de servicios que fueren complementarias o anexas al giro principal.-Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de quinientos millones de pesos, dividido en quinientas acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal y de igual valor cada una. Suscrito y pagado 250 acciones por doscientos cincuenta millones de pesos. Las restantes 250 acciones por doscientos cincuenta millones de pesos deberán suscribirse y pagarse en un plazo de tres años contados de la fecha de constitución. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 18
de Junio de 2020.- Luis Ignacio Manquehual Mery.- Notario Público.