Diario Oficial de la República de Chile del 25/11/2019 - Empresas y Cooperativas
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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Empresas y Cooperativas
DIARIO
OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública
V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.511
Lunes 25 de Noviembre de 2019
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Empresas y Cooperativas CVE 1686688
EXTRACTO
ALBERTO MOZÓ AGUILAR, Notario Titular de la Cuadragésima Notaría de Santiago, Teatinos 332, Santiago. Certifico: Por escritura de hoy, 18 de noviembre 2019. Ante mí, CÉSAR
PATRICIO AMPUERO CORTÉS, cédula de identidad número 10.315.085-K, casado, abogado, domiciliado en Romilio Burgos número 2.555, comuna de Vitacura y don ALEJANDRO SILVA
GONZALEZ, cédula de identidad número 13.551.471-3, casado, abogado, domiciliado en Los Lomajes 1106, comuna de las Condes, Región Metropolitana; constituyeron sociedad responsabilidad limitada. Razón social: AMPUERO & SILVA ABOGADOS LIMITADA.
Domicilio: comuna de Vitacura, Santiago. Objeto: a La prestación de asesorías jurídicas, legales y docencia en estas materias. b Las defensas judiciales y/o administrativas. c La inversión en bienes muebles e inmuebles, sean corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, cuotas o derechos y valores, debentures, títulos de créditos, efectos de comercio, cualquiera sea su naturaleza, en todo tipo de sociedades o comunidades; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la importación, exportación, distribución, u otra forma comercialización de bienes y servicios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; d En general todos los negocios relacionados con el objeto y demás actividades que diga relación directa o indirecta con el objeto socia. Capital: $1.000.000,- socios aportan siguiente forma: a $500.000 César Patricio Ampuero Cortés y $500.000 Alejandro Silva González, los que enteran a la caja social al contado en dinero efectivo. Responsabilidad: limitada al monto de los respectivos aportes. Administración y uso razón social: Ambos socios conjuntamente, con todas las facultades contenidas en el pacto social. Duración: 3 años contados desde hoy, prorrogables períodos 5 años. Demás cláusulas constan en pacto social extractado. Santiago, 18 de Noviembre de 2019.