Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 16/8/2019

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

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B.O.P. DE CADIZ NUM. 156

A efectos de la presente Ordenanza, se considera vehículo compartido el utilizado por tres o más usuarios Trabajadores por Cuenta Ajena, Empleados Públicos o Autónomos, definidos en el apartado 2.4, que se registren en una misma tarjeta.

Los usuarios del vehículo compartido deberán cumplimentar una solicitud facilitada en las oficinas de EMASA adjuntando, cada uno de ellos, original y fotocopia para su compulsa de la siguiente documentación:
- DNI, Pasaporte o Permiso de residencia.
- Certificado de empadronamiento.
- Permiso de circulación.
- Contrato de trabajo o certificado de empresa con especificación del domicilio de la misma.

Comprobada la documentación y abonada la Tasa que figura en la correspondiente Ordenanza Fiscal, el solicitante recibirá la tarjeta de vehículo compartido, en la que figurarán todas las matrículas registradas, con vigencia máxima hasta el 31
de diciembre de cada año.

Un mismo usuario no podrá ser beneficiario de la tarjeta de vehículo compartido y de Trabajador por cuenta ajena, Empleado público o Autónomo.

2.6 Usuario Vehículo Persona con Movilidad Reducida
Tienen la condición de tales los vehículos en los que se desplacen personas con movilidad reducida y estén en posesión de la correspondiente autorización especial que expida el organismo competente.

Artículo 3. Tipos de zonas
En esta ordenanza se establecen tres tipos de zona de estacionamiento regulado: zona azul, zona verde y zona naranja.

3.1. Zona azul
Son zonas situadas en los alrededores de espacios comerciales o administrativos, y en los que el tiempo de estacionamiento está limitado, obligando a la rotación de los vehículos y permitiendo el acceso a dichos espacios a un mayor número de usuarios realizar sus compras o gestiones administrativas.

Las zonas azules existentes en la ciudad de Cádiz y las vías públicas incluidas en cada una de ellas serán las aprobadas por la autoridad municipal.

En zona azul estará permitido el estacionamiento a los siguientes tipos de usuarios:
- Usuarios de rotación, el tiempo máximo de estacionamiento es de tres horas, transcurrido dicho período, el vehículo deberá abandonar la zona y no podrá volver a estacionar durante el resto del periodo horario, mañana o tarde, no obstante, podrá estacionar en cualquiera de las otras zonas azules o naranjas de la ciudad.
- Usuarios de Vehículos comerciales e industriales, durante un tiempo máximo de 30
minutos, transcurrido dicho tiempo, en caso de permanecer estacionado, deberá abonar la Tasa correspondiente como usuario de rotación.

- Usuario Vehículo Persona con Movilidad Reducida, en cada una de las zonas azules de la ciudad se reservará al menos una de cada 40 plazas para el estacionamiento de vehículos en los que se desplacen personas con movilidad reducida debidamente acreditadas, estas plazas tendrán las dimensiones reglamentarias y estarán señalizadas con el símbolo internacional de accesibilidad, en ellas estos vehículos podrán estacionar sin limitación horaria y sin abonar la Tasa. En el resto de la zona azul, los vehículos con tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida, podrán estacionar sin ninguna limitación horaria, pero deberán obtener tique y abonar la Tasa correspondiente como usuario de rotación.

3.2 Zona verde
Son zonas de Estacionamiento Regulado ubicadas en zonas semipeatonales de acceso restringido a autorizados, al objeto de dar preferencia al residente en determinadas zonas de carácter singular.

Las zonas verdes existentes en la ciudad de Cádiz y el ámbito de influencia, a efectos de poder obtener la tarjeta de residente, serán las aprobadas por la autoridad municipal.
En zona verde estará permitido el estacionamiento a los siguientes tipos de usuarios:
- Usuario residente, podrá estacionar por tiempo ilimitado en la zona verde correspondiente a su domicilio, sin perjuicio de la regulación para los vehículos abandonados.
- Usuario con la doble condición de Vehículo Persona con Movilidad Reducida y residente, en cada una de las zonas verdes de la ciudad se reservará al menos una de cada 40 plazas para el estacionamiento de vehículos en los que se desplacen personas con movilidad reducida debidamente acreditadas, estas plazas tendrán las dimensiones reglamentarias y estarán señalizadas con el símbolo internacional de accesibilidad, en ellas estos vehículos podrán estacionar sin limitación horaria y sin abonar la Tasa.

3.3 Zona naranja
Son zonas de Estacionamiento Regulado de carácter mixto en donde está autorizado el estacionamiento a todos los tipos de usuarios recogidos en esta Ordenanza.

Las zonas naranjas existentes en la ciudad de Cádiz y el ámbito de influencia, a efectos de poder obtener la tarjeta de residente, para cada una de ellas serán las aprobadas por la autoridad municipal.

En zona naranja estará permitido el estacionamiento a los siguientes tipos de usuarios:
- Usuarios de rotación, el tiempo máximo de estacionamiento es de tres horas, transcurrido dicho período, el vehículo deberá abandonar la zona y no podrá volver a estacionar durante el resto del periodo horario, mañana o tarde, no obstante, podrá estacionar en cualquiera de las otras zonas azules o naranjas de la ciudad.
- Usuario residente, podrá estacionar por tiempo ilimitado en la zona naranja correspondiente a su domicilio, sin perjuicio de la regulación para los vehículos abandonados.
- Usuarios de Vehículos comerciales e industriales, durante un tiempo máximo de 30
minutos, transcurrido dicho tiempo, en caso de permanecer estacionado, deberá abonar la Tasa correspondiente como usuario de rotación.
- Usuario Trabajadores por Cuenta Ajena, Empleados Públicos o Autónomos, el tiempo máximo de estacionamiento es de 4,5 horas, transcurrido dicho tiempo, en caso de permanecer estacionado, deberá abonar la Tasa correspondiente como usuario de rotación.
- Usuario Vehículo compartido, el tiempo máximo de estacionamiento es de 4,5 horas, transcurrido dicho tiempo, en caso de permanecer estacionado, deberá abonar la Tasa correspondiente como usuario de rotación.

16 de agosto de 2019

- Usuario Vehículo Persona con Movilidad Reducida, en cada una de las zonas naranjas de la ciudad se reservará al menos una de cada 40 plazas para el estacionamiento de vehículos en los que se desplacen personas con movilidad reducida debidamente acreditadas, estas plazas tendrán las dimensiones reglamentarias y estarán señalizadas con el símbolo internacional de accesibilidad, en ellas estos vehículos podrán estacionar sin limitación horaria y sin abonar la Tasa. En el resto de la zona naranja, los vehículos con tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida, podrán estacionar sin ninguna limitación horaria, pero deberán obtener tique y abonar la Tasa correspondiente como usuario en rotación.

Artículo 4. Condiciones de uso
Las condiciones de uso para cada tipo de usuario en las distintas zonas son las siguientes:

4.1 Usuarios de rotación
Los vehículos en rotación, mediante el abono de la Tasa establecida en la Ordenanza Fiscal, podrán estacionar en las zonas azules y naranjas en el horario establecido en cada una de ellas.

El título habilitante del pago será el tique o la comprobación del pago mediante las aplicaciones informáticas habilitadas.

4.2 Usuarios Residentes
Los vehículos de residentes, mediante el abono de la Tasa establecida en la Ordenanza Fiscal, podrán estacionar en las zonas verdes y naranjas autorizadas sin limitación horaria.

El título habilitante del pago será la Tarjeta de estacionamiento, emitida por EMASA.

4.3 Usuario Vehículos comerciales e industriales
Los vehículos comerciales e industriales, mediante el abono de la Tasa establecida en la Ordenanza Fiscal, podrán estacionar en las zonas azules y naranjas en el horario establecido en cada una de ellas.

Los títulos habilitantes del pago serán la Tarjeta de estacionamiento, emitida por EMASA, y el tique o la comprobación del pago mediante las aplicaciones informáticas habilitadas.

4.4 Usuario Trabajadores por Cuenta Ajena, Empleados Públicos o Autónomos
Los vehículos de Trabajadores por Cuenta Ajena, Empleados Públicos o Autónomos , mediante el abono de la Tasa establecida en la Ordenanza Fiscal, podrán estacionar en la zona naranja autorizada en el horario establecido en cada una de ellas.

Los títulos habilitantes del pago serán la Tarjeta de estacionamiento, emitida por EMASA, y el tique o la comprobación del pago mediante las aplicaciones informáticas habilitadas.

4.5 Usuarios de Vehículos compartidos
Los vehículos compartidos, mediante el abono de la Tasa establecida en la Ordenanza Fiscal, podrán estacionar en todas las zonas naranjas de la ciudad en el horario establecido en cada una de ellas.

El título habilitante del pago será la Tarjeta de estacionamiento, emitida por EMASA, que detallará el año de vigencia y el tipo de usuario. Esta Tarjeta será incompatible con la de Trabajadores por Cuenta Ajena, Empleados Públicos o Autónomos.

4.6 Usuario Vehículo Persona con Movilidad Reducida
Los vehículos en los que se desplacen personas con movilidad reducida y estén en posesión de la correspondiente autorización especial que expida el organismo competente, podrán estacionar en las plazas reservadas, específicamente señalizadas, en todas las zonas azules, verdes y naranjas de la ciudad de Cádiz, sin limitación horaria.

En el resto de plazas de zonas azul y naranja, podrán estacionar sin limitación horaria, pero abonando la Tasa establecida en la Ordenanza Fiscal para los vehículos de rotación. En zona verde estarán exentos del pago de la tarjeta de residente.

El título habilitante en las plazas específicamente señalizadas será la autorización especial emitida por el organismo competente, en el resto de plazas de zona azul y naranja el título habilitante será el tique o la comprobación del pago mediante las aplicaciones informáticas habilitadas, en zona verde la tarjeta emitida por EMASA.

4.6 Títulos habilitantes
El tique, que el usuario deberá obtener en las máquinas expendedoras instaladas a tal efecto en la vía pública, mediante monedas o cualquier otro método de pago disponible en las mismas, detallará fecha y hora de emisión, importe pagado, y hora correspondiente al límite de estacionamiento autorizado.

La tarjeta, emitida por EMASA, detallará el año de vigencia, el tipo de usuario y la zona específica donde está autorizado el estacionamiento.

El usuario del vehículo deberá colocar los títulos habilitantes que correspondan en la parte interna del parabrisas, debiendo quedar totalmente visible desde el exterior.

Se considera igualmente titulo habilitante, la comprobación por parte del vigilante de haberse realizado el pago mediante alguna de las aplicaciones informáticas habilitadas.

4.7 Sistemas de pago
La falta de funcionamiento temporal de alguno de los sistemas de pago no exime al usuario del abono de la tasa correspondiente mediante el resto de sistemas.

Artículo 5. Calendario y Horario de estacionamiento regulado
Con carácter general:

Zona azul: lunes a viernes de 9:30 a 14:00 y de 17:00 a 20:30 horas y sábados de 9:30 a 14:00 horas.

Zona naranja: lunes a viernes de 9:30 a 14:00 y de 17:00 a 20:30 horas y sábados de 9:30 a 14:00 horas.

Zona verde: lunes a domingo 24 horas.

La autoridad municipal podrá modificar los horarios de las diferentes zonas de estacionamiento regulado.

Artículo 6. Comprobación del cumplimiento, denuncias e infracciones
La comprobación del cumplimiento y denuncia de las infracciones cometidas en las zonas de estacionamiento regulado, sin perjuicio de las facultades que le corresponden a la Policía Local, se efectuará por los controladores de EMASA, que en todo momento deberán ir perfectamente uniformados e identificados.

La misión de los controladores será tanto la de informar a los usuarios del funcionamiento de la regulación, como la de denunciar las transgresiones observadas

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 16/8/2019

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date16/08/2019

Page count7

Edition count6017

First edition02/01/2001

Last issue15/05/2024

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