Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 13/4/2018

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

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B.O.P. DE CADIZ NUM. 70

SEGUNDO: Disponer la publicación del presente decreto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y su notificación a las personas interesadas, al Registro General y a los servicios correspondientes.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2
del ROF.
Puerto Real a 22 de marzo de 2018. EL ALCALDE-PRESIDENTE Antonio J. Romero Alfaro. Firmado. LA SECRETARIA GENERAL Natalia García Valcarcel.
Firmado.
Nº 21.151


Ayuntamiento de Puerto Real ANUNCIO
APROBACIÓN DE LA DELEGACIÓN ESPECÍFICA DE COMUNICACIÓN
CONTENIDA EN EL ÁREA DE PRESIDENCIA.
Mediante Decretos de la Alcaldía-Presidencia suscritos el 21 de marzo de 2018, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y en los artículos 43 y 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se ha resuelto la aprobación de la delegación específica que se indica, contenida en el Área de Presidencia:
- Delegación específica de Comunicación contenida en el Área de Presidencia, a favor de la Concejala M Teresa Sánchez Caro, con efectos desde el día 22 de marzo de 2018.
Manteniéndose el resto de delegaciones específicas contenidas en el Área de Presidencia, otorgadas mediante Decretos de esta Alcaldía-Presidencia número 3233
de fecha 8 de julio de 2015, rectificado mediante Decreto número 3313, de fecha 14
de julio de 2015, número 255 de fecha 23 de enero de 2017 y número 320 de fecha 30 de enero de 2017.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2
del ROF.
Puerto Real a 22 de marzo de 2018. EL ALCALDE-PRESIDENTE Antonio J. Romero Alfaro. Firmado. LA SECRETARIA GENERAL Natalia García Valcarcel.
Firmado.
Nº 21.156


Ayuntamiento de El Puerto de Santa Maria ANUNCIO DE INFORMACIÓN PÚBLICA
Para general conocimiento, se hace público que el Pleno del Excmo.
Ayuntamiento de la Ciudad de El Puerto de Santa María, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de marzo de 2018, en el Punto Decimotercero de su Orden del Día, adoptó el acuerdo de aprobar la ampliación de la "Instrucción Aclaratoria del art. 6.3.1.2.b.2 de las normas urbanísticas del Plan General en relación a las agrupaciones residenciales de viviendas unifamiliares aisladas ya existentes, que provienen de sectores desarrollados al amparo del PGOU anterior", que a continuación se expresa:
"En las agrupaciones residenciales en UAS subzona unifamiliar aislada existentes, donde un grupo de parcelas o subparcelas comparten acceso a través de espacio comunitario que las conecta con el dominio público, amparadas en desarrollos urbanísticos del Plan General anterior, donde la propiedad de dicho espacio comunitario es compartida en una determinada proporción por las parcelas o subparcelas que por él acceden de acuerdo con los instrumentos de gestión urbanística aprobados con arreglo al planeamiento anterior, se entenderá asumida por el vigente Plan la estructura parcelaria registral de la propiedad existente.
En cualquier caso, la superficie común deberá respetar el art. 6.3.1.2
condición 3, en cuanto a su seguridad y accesibilidad:
"3º. La superficie común resultante deberá tener acceso a suelo público, y al tiempo contar con una continuidad física a fin de quedar garantizadas las condiciones de seguridad y accesibilidad a la superficie privativa donde se sitúan las subparcelas de viviendas unifamiliares."
La edificabilidad y ocupación se calcularán con arreglo al art. 6.3.1.2 condición 4:
"4º. La edificabilidad y ocupación correspondiente a cada vivienda unifamiliar, será el resultado de aplicar proporcionalmente los citados parámetros generales a cada superficie neta de cada subparcela, descontando la edificabilidad consumida computable de las construcciones auxiliares que se dispongan en la zona común de entre las admitidas por estas Normas en función de la zona de ordenanza."
Las edificaciones deberán respetar la distancia prevista en el art. 11.8.13 apartado 2:
"2. Las unidades residenciales en estas agrupaciones de viviendas deberán separarse entre ellas una distancia equivalente a la altura máxima. Esta distancia, cuando existan linderos privados entre las edificaciones, se medirá equitativamente entre ellas, disponiendo por tanto la mitad de dicha distancia en cada parcela afectada
Contra el citado acuerdo podrán interponerse los siguientes recursos:
1.- Reposición: con carácter potestativo, ante este mismo órgano, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación. Se entenderá desestimado si transcurre un mes desde su presentación sin notificarse su resolución. art. 123 y 124
de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2.- Contencioso-Administrativo: en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a esta notificación, o bien en el plazo de dos meses desde la notificación de la resolución del Recurso de Reposición o en el plazo de seis meses desde que deba entenderse presuntamente desestimado dicho recurso, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cádiz, a tenor de lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio.
El Puerto de Santa María, 21 de marzo de 2018. EL ALCALDE, Fdo.:
Javier David de la Encina Ortega Nº 21.187

13 de abril de 2018

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO
ANUNCIO
ACUERDO JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CELEBRADA EN SESIÓN
ORDINARIA, EL 16 DE MARZO DE 2018, AL PUNTO NÚMERO NUEVE.
PUNTO NÚMERO NUEVE.- ASUNTOS URGENTES.Previa declaración de urgencia, hecha en la forma legalmente establecida, se entra a resolver el siguiente asunto:
PROPUESTA A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL PARA LA
ADECUACIÓN DELACUERDO DE FECHA 29/12/2017 POR EL QUE SE APRUEBA
LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2017 AL REQUERIMIENTO DE LA
SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CÁDIZ DE 16/02/2018.
Mediante escrito de 16/02/2018 Registro Entrada 21/02/2018 -6258-, la Subdelegación del Gobierno en Cádiz, formula requerimiento para que en plazo máximo de quince días se anule el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 29
de diciembre de 2017 por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2017 de esta Corporación, so pena de que, de no ser atendido, se impugnará ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
En su escrito, la Subdelegación expresa los hechos y fundamentos en que se funda, y que, en síntesis, son:
a Se infringe el ordenamiento jurídico al no cumplir lo preceptuado en el artículo 19 de la Ley 3/2017, de 27 de junio de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.
b La Tasa de Reposición de Efectivos para este Ayuntamiento quedaría fijada en un máximo de 8 efectivos y la OEP contempla 9 plazas por turno libre Informe del Jefe de Servicio de Recursos Humanos de 14/12/2017
Es por esto, en base al informe emitido por la Abogacía del Estado en Cádiz, por lo que se formula el requiermiento de anulación.
En consideración a lo anterior, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:
ESTIMAR el requerimiento formulado, y en consecuencia, MODIFICAR
la oferta de empleo público para 2017 en el sentido de reducir en una plaza de policia local la oferta aprobada que queda de la siguiente forma:
A Turno Libre:
Nº.

GRUPO

1

A2

1
2 1

PLAZA

A2

Arquitecto/a Técnico/a
C1

Policía
Trabajador/a Social
C1

1

Delineante
C2

2

Auxiliar Administrativo/a
AP

Subalterno/a
B Estabilización de Empleo Temporal Funcionarios:
Nº.

GRUPO

1

A2

2

1

PLAZA

A1

Psicólogo/a
A2

Trabajador/a Social
Educador/a
PROCEDENCIA

Servicios Sociales
Servicios Sociales
Servicios Sociales
Notificar el presente a la Subdelegación del Gobierno en Cádiz, a las secciones sindicales CCOO, CSI-F, SPLI y publicarlo en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.
Recursos Contra este acto, definitivo en la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos:
-Reposición, con carácter potestativo, ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de UN MES contado a partir del día siguiente al de la publicación en el boletín oficial de la provincia de Cádiz, no pudiendo interponer entonces el Recurso Contencioso Administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de la Reposición interpuesta, por el transcurso de UN MES.
-Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo en Cádiz, en el plazo de DOS MESES contados a partir del día siguiente a la publicación en el boletín oficial de la provincia de Cádiz.
En San Fernando, a la fecha de firma electrónica.
Nº 21.205


AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO
ANUNCIO:
ACUERDO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO PLENO, AL PUNTO
NÚMERO VEINTICINCO, DE LA SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL 22
DE FEBRERO DE 2018.
PUNTO NÚMERO VEINTICINCO.- MODIFICACIÓN PUNTUAL Y
EXCEPCIONAL DE LOS PUESTOS DE TRABAJO RESERVADOS A LA ESCALA
DE HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL.
El Pleno Municipal, en sesión de fecha 22 de febrero de 2018 Punto nº.
25, adoptó acuerdo cuya parte dispositiva dice:
Primero.- ESTIMAR la petición formulada por los interesados y, en consecuencia, modificar con carácter parcial, singular y excepcional, el Acuerdo Pleno de 11 de julio de 2000 por el que se aprueba la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento en el siguiente sentido:
a Los puestos reservados a los funcionarios con Habilitación de Carácter

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 13/4/2018

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date13/04/2018

Page count11

Edition count6017

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Last issue15/05/2024

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