Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/4/2017

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 10

B.O.P. DE CADIZ NUM. 72

CARACTERÍSTICA DE LAS PERSONAS A CONTRATAR

Donde dice:

Hasta 10
puntos
LÍNEA 2:

e Tutorización-Participación de entidades en la consolidación empresarial .10 puntos
ordenadas de mayor a menor puntuación en función de la aplicación de los criterios de valoración establecidos para cada una de las líneas, se procederá a la distribución del crédito previsto en la convocatoria de conformidad con las cuantías establecidas en el artículo 6 hasta agotar la disponibilidad presupuestaria.
Debe decir:

LÍNEA 2:

e Tutorización-Participación de entidades en la consolidación empresarial .10 puntos
Una vez evaluadas las solicitudes que cumplan todos los requisitos, y ordenadas de mayor a menor puntuación en función de la aplicación de los criterios de valoración establecidos para cada una de las líneas, se procederá a la distribución del crédito previsto en la convocatoria de conformidad con las cuantías establecidas en el artículo 6 hasta agotar la disponibilidad presupuestaria.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de lo Social Algeciras EDICTO
D/D M CRISTINA AZOFRA ALONSO, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL ÚNICO DE
ALGECIRAS.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 467/2015 a instancia de la parte actora D/D. MARIAALFONSA RAMOS DIAZ contra MOVICARGA SERVICIOS INTEGRALES SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado SENTENCIA de fecha 29-03-17, cuyo FALLO es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por D.
María Alfonsa Ramos Díaz, defendida y representada por el Letrado D. César Amarilla Avilés, contra la empresa MOVICARGA SERVICIOS INTEGRALES, S.L., con emplazamiento del FOGASA, condenando a la parte demandada a pagar a la trabajadora demandante la cantidad de 11.404,24 euros brutos de conformidad, así como al interés legal del art. 1108 del Código Civil.
Notifíquese la presente resolución a las partes. Esta sentencia no es firme, cabe contra ella RECURSO DE SUPLICACIÓN art. 191 Ley Reguladora de la Jurisdicción Social ante la Sala de lo Social del TSJ de Andalucía con sede en Sevilla, que deberá ser anunciado ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación, en el modo y forma previstos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, art. 194 y 196.
Al interponer el recurso, todo el que no tenga la condición de trabajador o causabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, entregará resguardo de haber depositado trescientos euros 300 € en la cuenta de depósitos y consignaciones que este Juzgado tiene abierta en BANCO SANTANDER art. 209.1.a Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
Así lo acuerdo, mando y firmo juzgando en la primera instancia.
Y para que sirva de notificación al demandado MOVICARGA SERVICIOS
INTEGRALES SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Algeciras, a treinta de marzo de dos mil diecisiete. EL/LA LETRADO/A
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Fdo.: María Cristina Azofra Alonso.
Nº 26.338


Juzgado de lo Social Nº 2
Cadiz EDICTO
D CARMEN YOLANDA TORO VILCHEZ, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2
DE CADIZ.
HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 541/2015
a instancia de la parte actora D. LORENA VEGA CARRASCO contra ELOISA
RODRIGUEZ PULIDO sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado RESOLUCION
de fecha 31/03/2017 del tenor literal siguiente:
Estimo la demanda de Lorena Vega Carrasco contra Elisa Rodríguez Pulido SE condena ala sra Rodríguez. Pulido a que abone a la demandante :2.037,89 euros, mas otros 522,03; en total:2.559.92 euros.
El Fogasa respondería si hubiese insolvencia provisional pero con topes legales.

19 de abril de 2017

Y para que sirva de notificación al demandado ELOISA RODRIGUEZ
PULIDO actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En CADIZ, a tres de abril de dos mil diecisiete. LA LETRADA DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Fdo.: Carmen Yolanda Toro Vilchez.
Nº 26.339


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3
CADIZ
EDICTO
D/D MARIA DEL CARMEN ROMERO CHAMORRO, LETRADO/A DE
LAADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO
3 DE CADIZ.
HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 16/2017 a instancia de la parte actora D/D. ISABEL GOMES FERNANDEZ contra MARIA
DEL CARMEN MALIA JIMENEZ sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCIONdel tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Se condena a Maria del Carmen Malia Jimenez al abono de una sanción pecuniaria de 180 euros.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de REPOSICIÓN en el plazo de TRES
DÍAS hábiles ante este Juzgado de lo Social, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente ,no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña.
FRANCISCO DE BORJA DERQUI-TOGORES DE BENITO, MAGISTRADO/JUEZ
del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 DE CADIZ. Doy fe. EL MAGISTRADO/
JUEZ. LA SECRETARIA.
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe.
En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Y para que sirva de notificación al demandado MARIA DEL CARMEN
MALIA JIMENEZ actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En CADIZ, a tres de abril de dos mil diecisiete. EL/LA LETRADO/A DE
LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

Nº 26.343


Juzgado de lo Social Nº 3
Cadiz EDICTO
D/D MARIA DEL CARMEN ROMERO CHAMORRO, LETRADO/A DE
LAADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO
3 DE CADIZ.
HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 16/2017 a instancia de la parte actora D/D. ISABEL GOMES FERNANDEZ contra MARIA
DEL CARMEN MALIA JIMENEZ sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCION del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
S.S. Iltma. DIJO: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 4694,55 euros en concepto de principal, más la de 1,300 euros calculadas para intereses y costas , debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña.
FRANCISCO DE BORJA DERQUI - TOGORES DE BENITO, MAGISTRADO
JUEZ TITULAR del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 DE CADIZ. Doy fe.
EL MAGISTRADO JUEZ TITULAR. LA LETRADA DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe.
En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento,

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/4/2017

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date19/04/2017

Page count11

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