Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 27/1/2001

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

27 de enero de 2001

B.O.P. DE CADIZ NUM. 22

EMPLEO Y DESARROLLO TECNOLOGICO. Fdo.: Rafael Román Guerrero.
Nº 762


ANUNCIO
Rectificación al anuncio nº 430 publicado en el BOP nº 16 de 20 de enero de 2001, referente a la selección de un Profesor de Filosofía, quedando la lista de admitidos y excluidos a la citada selección como sigue:
ADMITIDOS
Crespo Ramírez, Monserrat Morales Benítez, Carmen EXCLUIDO
Fuente Acebes, Víctor Manuel. Presentación de instancia fuera de plazo Igualmente se comunica a los interesados que la nueva fecha para la selección será cinco días hábiles a partir del siguiente al de la inclusión de este anuncio en el BOP.
Cádiz, a 24 de enero de 2001
EL DIPUTADO DELEGADO DEL ÁREA DE PERSONAL. Fdo.: Felipe Márquez Mateo Nº 763


SECRETARIA GENERAL
Extracto del acuerdo adoptado por el pleno de la corporación provincial de Cádiz en la sesión extraordinaria celebrada el día dieciséis de enero de dos mil uno, que se publica a los efectos previstos en el artículo 197 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales.
Se adoptó el siguiente acuerdo:
PUNTO UNICO.- Por mayoría, apoyar el Manifiesto suscrito por el Foro Andaluz Antisubmarino, la Plataforma Ciudadana Contra el Submarino Nuclear y los Ayuntamientos de la Comarca agrupados en la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar, rechazando la presencia del submarino nuclear británico "HMS TIRELESS"
que permanece averiado en el Puerto de Gibraltar, y, por unanimidad, solicitar la libertad inmediata de los asociados de Greenpeace, detenidos ésta mañana e interesar del Ministerio de Asuntos Exteriores español que interceda para su liberación.
Cádiz, 22 de enero de 2001. EL SECRETARIO GENERAL. Fdo.: Rafael León Quintanilla. VºBº EL PRESUPUESTO. Fdo.: Rafael Román Guerrero.
Nº 772

JUNTA DE ANDALUCIA
CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE
CADIZ
DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL CORRESPONDIENTE AL PROYECTO
DE EXPLOTACION DE RECURSOS MINEROS DE LA SECCION A CALIZAS "EL
ALAMO II", EN EL TERMINO MUNICIPAL DE ALCALA DE LOS GAZULES.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artº 19 de la Ley 7/1994, de Protección Ambiental, de la Junta de Andalucía, y los artºs 9.2, 25 y 27 del Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se realiza y se hace pública para general conocimiento la Declaración de Impacto Ambiental sobre el Proyecto de explotación de recursos mineros de la sección A Calizas "El Alamo II", en el término municipal de Alcalá de los Gazules, promovido por CANTERAS EL ALAMO, S.L.
1.-DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL SOBRE EL PROYECTO.
1.1.-OBJETO DE LA DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL. La Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental de la Junta de Andalucía, establece en su artículo 11 la necesidad de someter al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental las actuaciones públicas o privadas que se lleven a cabo en el ámbito de la Comunidad Autónoma Andaluza y se hallen comprendidas en el anexo primero de dicha Ley. Dado que el proyecto presentado, de explotación de recursos mineros de la sección A Calizas, se encuentra incluido en el punto 14 del anexo primero de la Ley 7/1994 y anexo del Decreto 292/1995, de 12 diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía, es por lo que se formula la presente Declaración de Impacto Ambiental de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 del Decreto anteriormente citado. En el anexo I de la presente Declaración de Impacto Ambiental se describen las características básicas del proyecto y en el anexo II las principales incidencias ambientales y medidas correctoras más destacadas propuestas en el Estudio de Impacto Ambiental.
1.2.-TRAMITACION. El procedimiento de evaluación de impacto ambiental se inició con la remisión, por la Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo e Industria en Cádiz, del Proyecto y Estudio de Impacto Ambiental relativos a la explotación de recursos mineros de la sección A Calizas "El Alamo II", en el término municipal de Alcalá de los Gazules, promovido por CANTERAS EL ALAMO, S.L.
Expediente nº A-100.001, el cual tuvo entrada en la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Cádiz en fecha 5 de enero de 2.000. De acuerdo con lo establecido en el artº 18 de la Ley 7/1994, y los artºs 19 y 21 del Decreto 292/1995, el Estudio de Impacto Ambiental se sometió al trámite de información pública mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz nº 88, de fecha 15 de abril de 2.000, no habiéndose producido alegaciones al mismo.
1.3.-CONDICIONADO DE LA DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL. Condiciones ambientales a las que queda sujeto el Proyecto de explotación de recursos mineros de la Sección A Calizas "El Alamo II", en el término municipal de Alcalá de los Gazules, promovido por CANTERAS EL ALAMO, S.L.
1º CONDICIONES GENERALES.
Calidad del aire.-

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1.-Se procederá al riego periódico de los caminos de acceso y servicio de la explotación, así como del patio de cantera, al objeto de reducir la emisión de partículas sólidas a la atmósfera.
2.-Los niveles de ruidos no podrán ser superiores a los límites admisibles a los que se refiere el Decreto 74/1996, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Calidad del Aire.
Sistema hidrológico.3.-Se prohibe cualquier operación de mantenimiento, engrase, cambio de aceites, etc.
de la maquinaria y vehículos en los terrenos objeto de explotación.
4.-Se dispondrán las medidas necesarias para evitar afectar a los cauces de los arroyos cercanos a la explotación.
Suelos.5.-La capa de suelo vegetal se acopiará en cordones de altura inferior a dos metros, y anchura inferior a cuatro metros, al objeto de ser dispuesta posteriormente sobre el terreno.
6.-Los taludes resultantes tras las labores de restauración deberán adecuarse a la topografía de los terrenos colindantes.
Fauna, flora y ecosistemas.7.-Se procederá a desmontar única y exclusivamente los terrenos que vayan a ser explotados de forma inmediata, evitándose mantener expuestos a procesos erosivos terrenos que no vayan a ser objeto de explotación a corto plazo.
8.-Una vez finalizadas las labores de extracción se procederá a la revegetación de los terrenos afectados con especies vegetales arbóreas preferentemente acebuches, arbustivas y herbáceas.
9.-La restauración de los terrenos se hará en la medida que lo permita el sistema de explotación, de forma simultánea a las labores de extracción.
Medio social: Permeabilidad territorial.10.-Se prohibe la afección a la vía pecuaria denominada Cañada Real de los Ratones, de 7522 m. de anchura legal, que discurre por las inmediaciones de los terrenos objeto de explotación minera.
Paisaje.10.-Finalizadas las labores de extracción, antes de proceder a la revegetación de los terrenos, se desmantelarán todas las instalaciones existentes, y se procederá a su retirada de la zona explotada.
Patrimonio cultural.11.-Antes del comienzo de los trabajos deberá contarse con el visto bueno de la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura, en lo que se refiere a sus competencias en materia de yacimientos arqueológicos y patrimonio histórico.
2º PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL. El Programa de Vigilancia Ambiental propuesto en el Estudio de Impacto Ambiental deberá completarse con los siguientes aspectos:
1.-Anualmente se remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Cádiz informe suscrito por el Director Técnico de la explotación acerca del grado de cumplimiento y eficacia de las medidas correctoras dispuestas en el Proyecto, Estudio de Impacto Ambiental, y la presente Declaración de Impacto Ambiental, proponiendo y justificando en su caso las modificaciones que estime oportunas.
2.-Cualquier acontecimiento de un suceso imprevisto, que implique la alteración de alguna de las condiciones expresadas en esta Declaración de Impacto Ambiental, se pondrá inmediatamente en conocimiento de la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Cádiz, a los efectos oportunos.
Analizada la documentación aportada por el promotor.
RESUELVO. Declarar FAVORABLE a los meros efectos ambientales el Proyecto de explotación de recursos mineros de la sección A Calizas "El Alamo II", en el término municipal de Alcalá de los Gazules, promovido por CANTERAS EL ALAMO, S.L. Consecuentemente se considera que la actuación puede ser ambientalmente viable, siempre y cuando se cumplan las especificaciones indicadas en el Proyecto, en el Estudio de Impacto Ambiental, y en el condicionado de la Declaración de Impacto Ambiental.
Esta Declaración de Impacto Ambiental no exime de obtener las demás autorizaciones a que hubiera lugar. Conforme a lo dispuesto en el artº 27 del Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la presente Declaración de Impacto Ambiental deberá hacerse pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.
Cádiz, 28 de noviembre de 2.000. EL DELEGADO PROVINCIAL. Fdo.:
Sebastián Saucedo Moreno ANEXO I. DATOS DEL PROYECTO.Objeto.- Explotación de recursos mineros de la sección A Calizas.
Emplazamiento.- Paraje "Roza Fuentes". Término municipal de Alcalá de los Gazules.
Resumen del proyecto.- Se trata de explotar un yacimiento de calizas en una parcela de 192 Has. de superficie, colindante con la explotación existente denominada El Alamo. La zona está poblada por vegetación arbustiva densa, encontrándose acebuche Olea europaea, algarrobo Ceratonia siliqua, coscoja Quercus coccifera, lentisco Pistacia lentiscus, etc. Se calculan unas reservas de 3.181.859 metros cúbicos. La duración de la explotación se estima en 79 años. La explotación será a cielo abierto, con bancos de trabajo de 10 metros de altura máxima. Está prevista la utilización de explosivos. Se utilizará la planta de trituración existente en la cantera colindante El Alamo.
ANEXO II. INCIDENCIAS AMBIENTALES Y MEDIDAS CORRECTORAS
MAS DESTACADAS RECOGIDAS EN EL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.Suelos y geomorfología.- Retirada y acopio de la tierra vegetal.
- Aporte de suelo vegetal procedente de otros lugares de la finca.
- Disposición de taludes con 10 m. de altura y 45 º de inclinación para favorecer la revegetación.
Sistema hidrológico.- Creación de un sistema de cunetas perimetrales.
Calidad del aire.- Riegos periódicos de los caminos de acceso a la explotación.
- Se carenarán las cintas transportadoras en sus primeros tramos. Se supone que en la planta existente en la explotación colindante El Alamo Fauna, flora y ecosistemas.
-Revegetación con especies autóctonas coscoja, lentisco, espino prieto.

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TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date27/01/2001

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First edition02/01/2001

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