Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 07/11/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Palencia

BOP de Palencia
Lunes, 7 de noviembre de 2022 - Núm. 133

TÍTULO III.- DEL PERSONAL
Artículo 10.- Colaboración del personal
Con objeto de alcanzar la mayor productividad, las personas afectadas por el presente convenio colaborarán con la empresa para todo trabajo en el curso normal de la fabricación, así como en casos de emergencia o avería parcial o total de la maquinaria, siempre dentro de las normas legales al efecto.
Artículo 11.- Clasificación profesional
El personal adscrito al presente Convenio queda clasificado en 6 Grupos Profesionales cuya definición se adjunta como anexo I.
Artículo 12.- Anuncio de vacantes y nuevas plazas
La empresa pondrá en conocimiento de todo el personal, en lugar público y/o por los medios oficiales de comunicación de la empresa informáticos, digitales, etc., los puestos a cubrir, para así facilitar al personal el ejercicio de los derechos que en la materia le vengan legalmente reconocidos, sin distinción de grupos profesionales, exceptuando aquellos puestos de trabajo a que se refiere el artículo 2, del presente convenio.
Artículo 13.- Formación y promoción profesional
La finalidad del presente artículo del convenio es conseguir una mejor adaptación del personal a la tecnología actual y a las nuevas que se incorporen al sistema de producción, mantenimiento y otros servicios de la empresa, para alcanzar las máximas cuotas de seguridad y productividad, así como facilitar una mejor organización del trabajo.
Para alcanzar los objetivos mencionados anteriormente, se articula el siguiente plan de Formación y Promoción Profesional.
1. Formación profesional.a Se tenderá a que dentro de cada grupo profesional exista la mayor capacitación profesional posible de cada uno de sus integrantes, de modo que puedan prestar sus servicios en cualquiera de los puestos de trabajo en que vengan desempeñando su labor.
b La empresa anunciará en lugar público y/o por los medios oficiales de comunicación de la empresa informáticos, digitales, etc. con la debida antelación las fechas en que comenzarán los cursos de Formación para un determinado puesto de trabajo, o grupo profesional, cuando ello sea necesario. Tendrán derecho a dicho período de formación el personal perteneciente al puesto o grupo profesional, que presenten la oportuna solicitud.

Firmado electrónicamente. Puede consultar su autenticidad en:
http csv.diputaciondepalencia.es Código de Verificación Electrónica CSV: 6K4Z360X484G6Q3C0BT0

c Una vez realizado dicho período de formación, se procederá a efectuar los exámenes y pruebas necesarias para comprobar el aprovechamiento y capacitación necesarios. Las fechas de los exámenes, así como las de las pruebas y duración de las mismas, serán anunciadas por la empresa con una antelación mínima de 15 días. La duración de estas pruebas se fijará en cada acción de formación.
2. Promoción profesional.a La empresa anunciará en lugar público y/o por los medios oficiales de comunicación de la empresa informáticos, digitales, etc. los puestos de trabajo a cubrir para la promoción de personas dentro de la propia plantilla de Cementos Portland Valderrivas, S.A. Así como los requisitos mínimos exigidos para el puesto de trabajo vacante.
b Las personas que soliciten alguno de los puestos anunciados, se someterán a una prueba en la que deberán acreditar los conocimientos exigidos. Tras esta prueba se seleccionará, entre las que hayan superado la prueba satisfactoriamente, el número de plazas anunciadas previamente.
c Se pasará un periodo de prueba que dependerá del puesto de trabajo a ocupar y que será fijado en la convocatoria, conservando durante este periodo su anterior grupo profesional. Este periodo se ajustará a los reflejados en el artículo 8 de este convenio, salvo para el personal con formación profesional de primer y segundo grado o formación equivalente que podrá alcanzar como máximo cuatro meses d Una vez concluido este periodo la empresa realizará un informe sobre este periodo y caso de ser satisfactorio, se ocupará definitivamente dicho puesto.
e El personal que acceda a otros grupos profesionales o a distintos puestos de trabajo, por medio de la promoción antes relatada, aceptará trabajar en los puestos de trabajo por los que ha optado, aunque suponga cambio de grupo profesional, devengando las retribuciones correspondientes a su nuevo grupo.
Así mismo, y dados los motivos de esta promoción aceptarán el cambio de horario que pueda originarse al cambiar el puesto de trabajo.

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Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 07/11/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Palencia

CountrySpain

Date07/11/2022

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Edition count3376

First edition02/01/2003

Last issue30/05/2024

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