Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife del 7/7/2021

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Source: Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife

10812

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 81, miércoles 7 de julio de 2021

DISPOSICIÓN REGULADORA DE LA
CONVOCATORIA.
Será las Bases Reguladoras para la ordenación del procedimiento de concesión, justificación y cobro de las ayudas económicas que otorga el Excmo. Cabildo Insular de La Palma a Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo ONGD, Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro, para la realización de proyectos de carácter social en países extranjeros, aprobadas mediante Resolución 3547, de fecha 20 de abril de 2017, registrada el 05 de mayo de 2017, de la Consejera Insular de Servicios Sociales, Educación, Sanidad y Artesanía del Excmo.
Cabildo Insular de La Palma, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife número 61, de fecha 22 de mayo de 2017.
CRÉDITO PRESUPUESTARIO
El importe total del crédito destinado a la presente convocatoria será de SEIS MIL 6.000,00 EUROS con cargo a la aplicación presupuestaria 231.490.00 RC
número de operación: 12021000025718 del Presupuesto General de la Corporación para el ejercicio 2021.
Excepcionalmente, de conformidad con el art. 58.2
del Real Decreto 887/2006 de 21 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, además de la cuantía total máxima dentro de los créditos disponibles señalados anteriormente, se podrá fijar una cuantía adicional, sin determinar y sin que se requiera una nueva convocatoria, quedando condicionada la efectividad de la cuantía adicional a la disponibilidad de créditos por haberse incrementado el importe del crédito presupuestario disponible como consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito.
3. OBJETO Y FINALIDAD
Es objeto de la presente convocatoria la regulación del procedimiento de concesión, justificación y cobro de las ayudas económicas que otorga el Excmo.
Cabildo Insular de La Palma para la realización de proyectos de carácter social en países extranjeros, según lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, mediante la disposición gratuita de fondos públicos del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, destinado a tal fin.
Las ayudas motivo de esta convocatoria tienen como finalidad apoyar a las organizaciones no gubernamentales, asociaciones y entidades sin ánimo
de lucro en el desarrollo de proyectos de carácter social, cuyo objetivo sea la promoción de los derechos de las personas con necesidad de rehabilitación, formación e inserción social en países extranjeros.
4. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
El procedimiento por el cual se establece la concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva, mediante el estudio pormenorizado de cada una de las solicitudes presentadas y su adaptación a los criterios de valoración establecidos en las Bases reguladoras aprobadas mediante Resolución 3547, de fecha 20 de abril de 2017, registrada el 05 de mayo de 2017, de la Consejera Insular de Servicios Sociales, Educación, Sanidad y Artesanía del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife número 61, de fecha 22 de mayo de 2017.
5. REQUISITOS PARA SOLICITAR LA
SUBVENCIÓN
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo ONGD, Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro que tengan su sede o delegación permanente en el ámbito territorial de la Isla de La Palma, y en las que concurran las siguientes condiciones:
Estar homologadas o autorizadas por la Dirección General correspondiente e inscritas en el Registro Público que corresponda.
Estar legalmente constituidas, aun cuando su ámbito territorial de actuación fuera regional, estatal, europeo o mundial.
Acreditar que disponen de sede social o delegación permanente en la isla de La Palma con un mínimo de dos años de antelación a contar desde la fecha en la que se inicia el plazo de presentación de solicitudes del ejercicio presupuestario correspondiente.
Disponer de estructura adecuada para garantizar el cumplimiento del proyecto solicitado.
Carecer de fines de lucro y no depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas.
Tener entre sus fines o como objetivo expreso, según sus estatutos, la realización de actividades relacionadas con los principios y objetivos de la cooperación internacional para el desarrollo y la solidaridad entre

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Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife del 7/7/2021

TitleBoletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife

CountrySpain

Date07/07/2021

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First edition01/01/1992

Last issue15/05/2024

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