Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife del 7/9/2020

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Source: Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 108, lunes 7 de septiembre de 2020




c Ser viable económicamente. La viabilidad económica se acreditará por medio de un presupuesto de gastos e ingresos equilibrado, precisando en el apartado de ingresos la cantidad solicitada al Cabildo de Tenerife, y cualquier otra aportación pública o privada.
Quedan excluidos expresamente de estas subvenciones los siguientes programas o actividades:
1. Actividades con ánimo de lucro.
2. Actividades que no estén comprendidas en las líneas de actuación.
3. Proyectos que no contengan enfoque de género en sus actividades.
4. CONVOCATORIA.
Las subvenciones serán concedidas, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.
El procedimiento de concesión se iniciará de oficio mediante convocatoria pública aprobada por el órgano competente y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia.
5. CRÉDITO Y APLICACIÓN PRESUPUESTARIA.
El crédito de la presente convocatoria asciende a la cantidad de CIENTO VEINTE MIL EUROS
120.000,00, que se imputa a la partida 20 0121 2314 46240 del presupuesto del Cabildo Insular de Tenerife para el ejercicio de 2020.
6. CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES.
La subvención a otorgar podrá alcanzar el 100% del presupuesto total del proyecto presentado, hasta el máximo establecido en la cláusula 3 de las presentes Bases, según la población del municipio que se trate.
7. COMPATIBILIDAD.
Las subvenciones que se regulan en las presentes Bases son compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de otras Administraciones distintas al Cabildo Insular de Tenerife o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
El importe de la subvención individual en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada. En caso contrario, se procederá a la reducción de la aportación del Cabildo Insular de Tenerife, de forma que no se sobrepase el porcentaje del 100% del coste del proyecto.





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Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife del 7/9/2020

TitleBoletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife

CountrySpain

Date07/09/2020

Page count116

Edition count5564

First edition01/01/1992

Last issue27/05/2024

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