Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife del 20/5/1992

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Source: Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife Núm. 60 Lunes, 18 de Mayo de 1992

Antecedentes de hechos.
Primero.- Efectuó su Última entrada en España el lía 1 de noviembre de 1991, no habiendo obtenido con posterioridad prórroga de estancia o permiso de residencia, por lo qiie se encuentra en situación de estancia ilegal desde el día 1 de febrero del año en curso. Está encartado en la$ diligencias policiales nQ 1.617, instruidas el día 4 de febrero de 1992 por la Comisaría de Playa de Las Américas, como presunto autor de un delito de agresiones con resultado de lesiones. Por otra parte manifiesta carecer de medios económicos lícitos para su mantenimiento en Esnaña.
Segundo.- En la tramitación del expediente se han respetado todas las garantías procesales. Se le han comiinicado las actuaciones y se le ha conccctido el trámite de audiencia. Todo ello conforme dispone el artículo 30 de la Ley Orgánica 7/85, de l Qde julio, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.
Tercero.- Al día de la fecha, transcurrido el plaio para la presentación de alegaciones, ni el interesado ni nadie en su representación se ha personado en el expediente.
A los antecedentes de hecho citados les son aplicables los siguientes Fundamentos jurídicos.
Primero.- Los hechos imputados se encuentran tipificados como causas de expulsión de extranjeros del territorio nacional, con caracter preferente, por el artículo 26.1. letras a, c y f, de la citada Ley Orgánica 7/85.
Segundo.- El Gobernador Civil es competente para resolver este expediente en virtud de las facultades que le delegó el Director de la Seguridad del Estado, mediante Kesolución de 21 de julio de 1986 Boletín Oficial del Estado de 17 de septiembre de 1986.
Por todo lo expuesto, vistos los preceptos legales citados y los demás que fueran de aplicación; considerando que los hechos quedan probados, y habiéndose respetado las norma cle procedimiento.
Resuelvo: Ordenar la expulsión del territorio español de Michel Elie Ouburg, de nacionalidad holandesa. La salida deberá efectuarla en el plazo máximo de setenta y dos horas, siempre que se cuente con la autorización judicial oportuna.
Notifíquese esta Resolución a la persona afectada, indicándole los recursos que puede interponer, y a la Comisaría Provincial de Policía para que disponga la entrega de las notificaciones dirigidas al interesado, fije el plazo le salida y tome las medidas oportunas para que se cumpla lo resuelto.

E1 Gobernador Civil, Angel Delgado Martín Esta Resolución agota la vía administrativa, y puede presentar contra ella un recurso de reposición en este Okganismo, en el plazo de un mes; y si no se resuelve en favor de Vds., un recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente de la Audiencia. Nacional, en el plazo de dos meses contados desde el día s u i e nalt ede la notificación.
Lo que le notifica:
El Jefe de la Sección, Gerardo Melguizo Atienza.
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ANUNCIO
4057
De conformidad y a los efectos previstos por el artículo 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo, de 17 de julio de 1958, al encontrarse en paradero desconocido el ciuda-

ciímo extranjero Henrique Varela Femandcs, de nacionalidad caboverdiana, contra qiiien se sigue expediente de expiilsicín y prohibición de en@&
en España, me"Examinado el expediente de expulsión incoado, a propuesta de la Comisaría Provincial de Policía, en contra de Henrique Varela Femandes, de nacionalidad caboverdiana, se desprenden los siguientes.
Antecedentes dc hecho.
Primero.- Se encuentra en situación de estSegundo.- En la tramit;ición clcl expediente se han respetado todas las garantías procesales. Se le han comunicado las actiacionesy se le ha concedido tráinite de audiencia. Todo ello conforme clispone el artículo 30 de la Ley Orgánica 7/85, de l o dc julio, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.
Tercero.- Al día de la fecha, transcurrido el plazo para la presentación de alegaciones, ni el interesad ni nadie en sil representación se ha personado en el expediente.
A los antecedentes de hecho citados les son de aplicación los siguientes.
Fundamentos jurídicos.
Primero.- Los hechos imputados se encuentran tipificados como causas de expulsión dc extranjeros del tcmtorio nacional, con caricter preferente, por el artículo 26.1, letras a, 17 y f, de la c i t d aLey Orgánica 7/85.
Segundo.- El Gobernador Civil es competente para resolver este expecliente en virtud de las faciiltacles que le delegó el Director de la Seguridad dcl Estado, mediante Kesoliición de 21 de julio de 1986 Boletín Oficial dcl Estaclo de 17 dc septiembre de 1986.
Por todo lo expuesto, vistos los preceptos legales ciadosy los d e m b que fueran de aplicación; considerando que los hechos quedan probados, y habiéndose respetado las norma3 de proccdiniiento.
Resuelvo: Ordenar la expulsión del territorio español de Henrique Varela Femandcs, de nacionaIidrid caboverdiana, con prohibición de entrada en él durante un período de cinco años. La salida deberá efectuarla en el plazo miximo de setcnta y dos horas.
Nolifíquese esta Resolución a la persona afectada, indicándole los recursos que piiede interponer, y a la Comisaría Provincial cie Policía para que disponga la entrega de las notificaciones dirigidas al interesado, fije el plazo de salida y tome las medidas oportunas para que se cumpla lo resuelto.

El Gobernador Civil, Angel Delgado Martín.
Esta Resolución agota la vía administrativa y contra ella puede interponer un recurso de reposición ante este Gobierno Civil, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación, y si no se resuelve en su favor, un contenciosoadministrativo, ante la Sala correspondiente de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses.
Lc notifica lo anterior: El JcSe de la Sección, Gerardo MelguioAtienza.
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Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife del 20/5/1992

TitleBoletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife

CountrySpain

Date20/05/1992

Page count64

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First edition01/01/1992

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