Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife del 28/2/1992

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife

1070

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife Núm. 26 Viernes. 28 de Febrero de 1992

ciembre, los criterios generales de selección fijados por el Ministerio para las Administraciones Públicas y el Convenio Colectivo para el Personal Laboral del Ministerio del Interior, publicado en Boletín Oficial del Estado de 13 de noviembre de 1991.
Este Gobierno Civil convoca pruebas de selección con arreglo a las siguientes bases:
Primera.- Se convocan pruebas para la selección de una plaza de Personal Laboral del Interior en la categoría profesional correspondiente a limpiadora, para prestar sus servicios en el Gobierno Civil de Santa Cruz de Tenerife.
La distribución horaria de la jornada de trabajo del aspirante seleccionado será a determinar por el Centro Directivo, pudiendo ser jornada continuada de mañana, jornada partida mañana y tarde, o jornada exclusivamente de tarde, totalizando siempre 37.5 horas semanales.
Segunda.- El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso.
En esta fase se procederá a puntuar los méritos alegados según el baremo que a continuación se detalla, siendo irnprescindible que tales méritos estén debidamente justificados con documentos que se adjuntarán a la solicitud. Aquellos méritos alegados y no justificados documentalmente en el momento de presentación de la instancia, no serán valorados.
1.- Méritos personales:
Se valorarán hasta un máximo de 10 puntos de acuerdo con los siguientes criterios:
1.1. Edad.
Por ser mayor de 40 años, 2 puntos.
1.2. Situación familiar.
a Por matrimonio o convivencia de hecho, siempre que el cónyuge o persona con la que conviva no perciba ingresos superiores al salario mínimo interprofesiona1, 3 puntos.
b Por cada hijo menor de 23 años, que conviva con el interesado y no sea perceptor de ingresos superiores al salario mínimo interprofesional, 2 puntos.
c Por otros familiares a su cargo, que convivan con el interesado y no perciban ingresos superiores al salario mínimo intcrprofesional, 1 punto.
d Cuando alguno de los familiares reseñados en los apartados anteriores tuvieran la condición de minusválido, la puntuación especificada de dicho apartado, a , b ó c, se incrementará en un 50%. Asimismo el límite de edad previsto en el apartado b no será tenido en cuenta respecto de aquellos hijos del solicitante en quienes concurra la condición de minusválido.
2.- Méritos académicos.
Se valorarán hasta un máximo de 30 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:
2.1. Por otros títulos superiores al exigido en la convocatoria, y en razón de su idoneidad y adecuación específica respecto a la plaza a la que opta, hasta 15 puntos.
2.2. Diplomas o certificaciones de capacitación, en cursos relacionados directamente con la plaza a que se opte, según libre apreciación del Tribunal, hasta 15 puntos.
3.- Méritos profesionales:
Se valorarán hasta un máximo de 60 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:
3.1. Por cada mes de servicios prestados en el Ministerio del Interior, siempre que las funciones correspondientes a la plaza o puesto de trabajo desempeñados resulten análogos o similares a las de la plaza a la que se opta, 2 puntos.
3.2. Por cada mes de servicios prestados en el Ministerio
del Interior, cuando no se dé la analogía o similitud prevista en el apartado anterior, 0,5 puntos.
3.3. Por cada año, o Fracción superior a 6 meses, de servicios prestados a la Administración Púhlica excepto los prestados en el Ministerio del Interior, siempre que las funciones correspondientes a la plaza o puesto de trabajo desempeñados resulten análogos o similares a las de la plaza a la que se opta, 3 puntos.
3.4. Por cada año, o fracción superior a 6 meses, de semicios prestados en la Adminisnación Pública excepto los prestados en el Ministerio del Interior, cuando no se dé la analogía o similitud prevista en el apartado anterior, 0,s puntos.
3.5. Por cada año, o fracción superior a 6 meses, de experiencia profesional en otras Instituciones o empresas, en puestos de trabajo de cometido análogo o similar a los de la plaza que se solicita, 1,5 puntos.
Tercera.- Para ser admitidos a las Pruebas Selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a Tener nacionalidad española.
b Tener la edad mínima de 18 años o cunplirlosantes del último día de plazo de presentación de solicitudes.
c No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por Sentencia firme.
d Estar en posesión del Certificado de Escolaridad, o en condiciones de obtenerlo en la fecha que termine el plazo de presentación de solicitudes.
Cuarta.- Quienes deseen tomar parte en estas Pruebas Selectivas, deberán hacerlo constar en su solicitud, cuyo modelo se acompaña a las presentes bases, la cual se dirigirá al Excmo. Sr. Gobernador Civil de Santa Cruz de Tenerife y se presentarán en el Registro General de dicho Gobierno Civil, en el plazo n i h i n ode 5 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia.
A la instancia se acompañará una fotocopia del Documento Nacional de Identidad, así como la documcntación acreditativa de los méritos alegados. A efectos de constancia, deberá acompañarse asimismo relación de los documentos ajustados.
Los méritos alegados y no justificados docuinentdmente, no podrán ser valorados. La justificación de haber solicitado algún documento acreditativo de méritos alegados, será tenida en cuenta a efectos de valoración.
La instancia se facilitará en el Servicio de Información del Gobierno Civil de Santa Cruz de Tenerife, calle Ménda Núñez, n", Código Postal 38071.
Los aspirantes quedarán vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, presentadas dentro del plazo previsto en el párrafo primero de esta base.
Quinta.- Las listas de admitidos y excluidos a la realización de las pruebas en el tablón de anuncios del Gobierno Civil a los dos días hábiles de la finalización del plazo de presentación de instancia?, disponiéndose de 48 horas para la subsanación de los errores.
Sexta.- Una vcz efectuada la calificación final de los aspirantes, se hará público el nombre del candidato seleccionado, con indicación de su documento nacional de identidad y se elevará al Organo competente para la formalización del conpato.
Igualmente, se hará pública una relación complementaria en la que figure la puntuación obtenida por el resto de los aspirantes no seleccionados y en caso de que el solicitante propuesto no llegase a formalizar el correspondiente contrato, se

About this edition

Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife del 28/2/1992

TitleBoletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife

CountrySpain

Date28/02/1992

Page count60

Edition count5555

First edition01/01/1992

Last issue06/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Febrero 1992>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829