Boletín Oficial de la República Argentina del 08/05/2024 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.416 - Segunda Sección
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Miércoles 8 de mayo de 2024

catéteres y todo otro accesorio destinado a la actividad de la salud y/o medio ambiente.- c La IMPORTACIÓN y EXPORTACIÓN de toda clase de bienes no prohibidos por las normas legales, y que se encuentren incluidos en el Nomenclador Nacional de Aduana; así como la COMERCIALIZACIÓN, DISTRIBUCIÓN y FRACCIONAMIENTO de los mismos.- d La PARTICIPACION EN LICITACIONES nacionales e internacionales, y la realización del EJERCICIO
DE REPRESENTACIONES, mandatos, comisiones y consignaciones. Se reformo artículo 3. Autorizado según instrumento público Esc. Nº116 de fecha 03/05/2024 Reg. Nº965
Patricia Tamborini - Matrícula: 4831 C.E.C.B.A.
e. 08/05/2024 N26981/24 v. 08/05/2024

DACASS.A.

30-66293707-6. Complementa Aviso 86567/23 del 27/10/23, Asamblea Extraordinaria 20/9/23, resuelve aprobar transformación de persona jurídica por Escritura 26 del 12/3/24 al Folio 65, Escribana Gabriela Elena Grin, Registro 997, Caba; Autorizado según instrumento público Esc. Nº26 de fecha 12/03/2024 Reg. Nº997
damian ariel salave - Habilitado D.N.R.O. N22130
e. 08/05/2024 N27289/24 v. 08/05/2024

ELRIAZORS.A.

CUIT 30-70880872-1. Se comunica que por Actas de Asambleas del 31/10/2023, se resolvió reformar el artículo octavo del Estatuto Social, el que quedo redactado de la siguiente forma: ARTICULO OCTAVO: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo del Directorio, compuesto por el número de miembros que decida la Asamblea entre un mínimo de uno 1 y un máximo de cinco 5 miembros. - El término de su elección es de 3 tres ejercicios. La Asamblea, mientras prescinda de Sindicatura, debe designar directores suplentes en igual o mayor número que los titulares y por el mismo plazo, los que se incorporaran al órgano por el orden de su designación. La Asamblea fijará el número de Directores, así como su remuneración. Los Directores en su primera sesión podrán designar un Presidente y un vicepresidente. La Representación legal de la sociedad corresponde al Presidente y en su ausencia por el vicepresidente. El Directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros titulares y resuelve por mayoría de votos presentes. En garantía de sus funciones los directores deberán constituir cada uno una garantía de conformidad con los siguientes parámetros: 1. Los obligados a constituir la garantía son los directores. Los suplentes sólo estarán obligados a partir del momento en que asuman el cargo en reemplazo de titulares cesantes. 2. La garantía deberá consistir en bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera depositados en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad; o en fianzas, avales bancarios, seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma, cuyo costo deberá ser soportado por cada director; en ningún caso procederá constituir la garantía mediante el ingreso directo de fondos a la caja social. 3. Cuando la garantía consista en depósitos de bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera, las condiciones de su constitución deberán asegurar su indisponibilidad mientras esté pendiente el plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad. Dicho plazo se tendrá por observado si las previsiones sobre tal indisponibilidad contemplan un término no menor de tres 3 años contados desde el cese del director en el desempeño de sus funciones. 4. El monto de la garantía será igual para todos los directores, no pudiendo ser inferior al sesenta por ciento 60% del monto del capital social en forma conjunta entre todos los titulares designados. Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, en ningún caso el monto de la garantía podrá ser inferior - en forma individuala Pesos trescientos mil $300.000.- ni superior a pesos un millón $ 1.000.000.- , por cada director o gerente.- Por otro lado, se acuerda que el directorio tiene amplias facultades de administración y disposición, con capacidad jurídica para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad, inclusive los previstos en el Artículos 375 del Código Civil y Comercial de la Nación. A tal fin podrá operar con el Banco de la Nación Argentina, Ciudad de Buenos Aires y toda clase de Bancos, compañías Financieras o entidades crediticias y generales, judiciales, de administración u otros, con o sin facultad de sustituir; iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias o querellas penales y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad. Por otro lado, se resolvió designar a Marcelo Alberto Longarela como Directores Titular y Presidente y a la Sra. Benedicta Alvarez Garcia como Directora Suplente. Ambos directores aceptaron sus cargos en la misma acta y constituyeron domicilio especial en Viamonte 811, piso 2, oficina A, C.A.B.A.
Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 31/10/2023
Martin Zapata - T: 84 F: 813 C.P.A.C.F.

e. 08/05/2024 N26938/24 v. 08/05/2024

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Boletín Oficial de la República Argentina del 08/05/2024 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date08/05/2024

Page count97

Edition count9350

First edition02/01/1989

Last issue03/06/2024

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