Boletín Oficial de la República Argentina del 21/11/2019 - Segunda Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.244 - Segunda Sección
4

Jueves 21 de noviembre de 2019

que sea su forma u objeto, mediante la suscripción o adquisición y tenencia de acciones o participaciones; c. 2
La sociedad tiene también por objeto todas las operaciones que se relacionen directa o indirectamente con la toma de participaciones bajo cualquier forma, en sociedades así como la administración, gestión, fiscalización, y el desarrollo de estas participaciones. Podrá especialmente, emplear sus fondos para crear, administrar, desarrollar y liquidar una cartera que se componga de títulos y patentes de cualquier origen, participar en la constitución, funcionamiento y fiscalización de sociedades, adquirir por vía de aporte, suscripción u opciones de compra y de cualquier otra manera, títulos y patentes, realizarlos por vía de la venta, cesión, canje, permuta financiera o de otra manera desarrollar estos títulos y patentes; c. 3 Constituir toda clase de fideicomisos, incluidos fideicomisos financieros y de garantía, u otras figuras de financiamiento societarias; actuar como fiduciaria, fiduciante, beneficiaria o administradora, con arreglo a lo dispuesto en el Código Civil y Comercial de la Nación y demás disposiciones legales y reglamentarias que resultaren de aplicación; c. 4 Realizar actividades financieras y de inversión respecto de toda clase de bienes, sean estos muebles o inmuebles, comprendiendo los siguientes actos y contratos: la compra, venta, permuta, locación, administración, urbanización, subdivisión y construcción de inmuebles aptos para cualquier destino; la estructuración de contratos de leasing, la compra venta, cesión, locación, adquisición y transferencia por cualquier título, administración y realización de toda clase de operaciones no prohibidas sobre cosas muebles y toda clase de derechos, acciones, valores, instrumentos u otros activos negociables, emitidos en el país o en el exterior por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, representativos de crédito, deuda, capital, participación, índices u otros derivados y toda clase de bienes, con o sin oferta pública autorizada; realizar operaciones de intermediación financiera con fondos propios; organización de emisiones de acciones, títulos, valores negociables, efectuar colocaciones sin oferta pública; constituir alianzas estratégicas con bancos del exterior, pudiendo percibir una comisión por la administración de la cartera; todo ello con arreglo a lo dispuesto por las leyes y reglamentaciones que resultaren de aplicación. Se excluye la realización de aquellas operaciones que en virtud de las regulaciones de la Ley de Entidades Financieras, pudieren ser únicamente realizadas por estas últimas. d Consultoría: la realización de estudios, relevamientos de campo, elaboración de proyectos, estudios de factibilidad de proyectos de inversión, desarrollo, gerenciamiento, control de gestión y administración de los mismos y, en general, la prestación de servicios de consultoría y/o asesoramiento inherentes a las actividades que constituyen el objeto social. Cuando los servicios, en razón de la materia o por disposiciones legales vigentes deban ser prestados por profesionales con título habilitante, ellos serán realizados por responsables inscriptos en la matrícula respectiva que pudiere corresponder. e Minería: explotar minas de tercera categoría, canteras, yacimientos, depósitos de canto rodado, arenas y arcillas así como efectuar estudios de localización o trabajos de cateo de los mismos o de extracción y/o procesamientos de productos mineros, como también la realización de tareas de voladuras de roca para obras propias o de terceros; f Concesiones: la sociedad podrá ser adjudicataria o licenciataria de contratos de licencia o concesión públicas y/o privadas, especialmente las vinculadas a la ejecución, operación y explotación de obras y servicios públicos, al saneamiento ambiental y explotaciones comerciales en general. g Forestal: la organización y/o ejecución de planes de forestación o reforestación o de conservación forestal, desmontes y/o extracción de productos forestales. h Agropecuario y Transporte: h. 1 la compra, venta, acopio, depósito, estibaje, importación, exportación, distribución de cereales, oleaginosas, granos, semillas, forrajes, fertilizantes, agroquímicos, de los otros insumos necesarios para la producción agrícola, de los productos habitualmente conocidos bajo la denominación de frutos del país y de todos los que sean derivados de su industrialización. h. 2 La explotación de establecimientos agropecuarios, propios o de terceros, por sí o por terceros, mediante el cultivo de cereales, oleaginosas, granos, forrajes y o semillas de todo tipo y la cría, recría, y capitalización de haciendas bovinas, caprinas, porcino, lanares. h. 3 El transporte de mercaderías generales, propias o de terceros, a través de todo tipo de medios, incluso multimodales. i Industriales:
la fabricación, armado o reparación de maquinarias y herramientas propias de la actividad minera, constructora, forestal y agropecuaria, como también la industrialización de productos derivados o utilizados en dichas actividades;
j Comerciales: la compra, venta, locación o permuta de bienes muebles, máquinas, herramientas y materias primas, nacionales o extranjeras en cuanto se relacionen con la actividad minera, constructora, forestal o agropecuaria, como también la importación y exportación de los mismos; k Energía: k. 1 La evaluación, exploración y explotación de yacimientos convencionales y/o no convencionales de hidrocarburos líquidos y/o gaseosos; k. 2 El transporte, almacenaje, industrialización, distribución y/o comercialización de tales hidrocarburos y de sus derivados, directos e indirectos, incluyendo, sin limitación, productos petroquímicos, químicos derivados o no de hidrocarburos y combustibles de origen no fósil, biocombustibles y sus componentes; k. 3 La generación de energía eléctrica a partir de hidrocarburos y de otras fuentes renovables y no renovables; k. 4 La prestación de servicios vinculados a las actividades citadas precedentemente, incluyendo, ejemplificativamente y sin limitación alguna: i El diseño, proyección, administración, construcción y mantenimiento de oleoductos, gasoductos, tuberías para petróleo y, en general, plantas energéticas, petroquímicas y otras similares, accesorias, complementarias o afines a las actividades precedentes; ii La inspección de tuberías para petróleo, gas, derivados de hidrocarburos o de cualquier otro tipo; iii Administrar y/o gerenciar y/o brindar asistencia técnica y/o proveer personal, equipos u otros activos vinculados con las actividades descriptas precedentemente. Cuando los servicios en razón de la materia o por disposiciones legales vigentes deban ser prestados por profesionales con título habilitante, ellos serán ejecutados por profesionales inscriptos en la matrícula pertinente; k. 5 El Directorio queda

About this edition

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/11/2019 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date21/11/2019

Page count122

Edition count9345

First edition02/01/1989

Last issue29/05/2024

Download this edition

Other editions