Boletín Oficial de la República Argentina del 17/04/2019 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.097 - Segunda Sección
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Miércoles 17 de abril de 2019

y demás derechos reales, compraventa de títulos y acciones y otros valores mobiliarios y otorgamiento de créditos en general, ya sea en forma de prenda o cualquiera otra permitida por la ley, con excepción de las operaciones comprendidas en las leyes de entidades financieras y toda otra por la que se requiera el concurso público.AGENCIA DE CAMBIO: Compra y venta de moneda, billetes extranjeros y cheques de viajero, que deberán ser vendidos únicamente a entidades financieras autorizadas para operar cambio; compra y venta de oro amonedado, en barras buena entrega; para la atención de sus operaciones deben aplicar exclusivamente las tenencias locales que resulten de transacciones realizadas con sus clientes con entidades financieras autorizadas para operar en cambios y con casas y agencias de cambio y todas aquellas actividades autorizadas por Banco Central de la República Argentina en el presente o que se determinen en el futuro, con excepción de las operaciones comprendidas en las leyes de entidades financieras y toda otra por la que se requiera el concurso público.Toda actividad que así lo requiera será realizada por profesionales con título habilitante en la materia. CAPITAL:
$ 500.000.- DIRECTORIO: 1 a 5, por 3 años. REPRESENTACION: Presidente. CIERRE: 30/06. Designó mismo Directorio: todos domicilio especial en Tucumán 1427, piso 4, oficina 401, C.A.B.A. PRESIDENTE: Damián Andrés BURAK, VICEPRESIDENTE: Sión Ricardo BEJAR, DIRECTORA TITULAR: Martha Liliana MITTELMAN, y DIRECTORA SUPLENTE: Mónica Irene KOCIAK. Autorizado según instrumento público Esc. Nº15/04/2019 de fecha 15/04/2019 Reg. Nº159
Adrian Carlos Comas - Matrícula: 3717 C.E.C.B.A.
e. 17/04/2019 N25932/19 v. 17/04/2019

ASEGURADORA DERIESGOS DELTRABAJO NAMUNCURA GROUPS.A.

Constitución: escritura 28 del 27/02/2019: Gabriel Iván Cruz, nacido el 9/2/92, D.N.I. 37.106.029, domiciliado en Mariano Aramayo sin numero, Cesar Pedro Sosa, nacido 29/3/91, D.N.I. 35.905.921, domiciliado en Tres Sargentos sin numero, ambos solteros, argentinos, empresarios, vecinos de Humahuaca, provincia de Jujuy.
1 ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO NAMUNCURA GROUPS.A.; 2 Plazo: 99 desde el 27/2/19. 3
prestaciones de la ley 24.557 Ley de Riesgos del Trabajo, sus modificatorias y reglamentarias, pudiendo contratar con sus afiliados a las operaciones previstas en el articulo 26 inciso 4 y cuantas otras le sean autorizadas a realizar por la normativa vigente, debiendo cumplir con las obligaciones que la ley pone a su cargo. 4 Capital Social:
$5.000.000. 5.000.000 cuotas de $1 valor nominal cada una, un voto por cuota. Administración: Presidente, por el termino de duración de la sociedad. Cierre de ejercicio: 31/12. Sede Social: Tucumán 1335 piso 1º oficina B
de C.A.B.A. Presidente. Gabriel Ivan Cruz. Director Suplente: Cesar Pedro Sosa. Presentes aceptan cargo y fijan domicilios reales en el consignado y especial en la sede social. Autorizado según instrumento público Esc. Nº28
de fecha 27/02/2019 Reg. Nº294
Jorge Leonardo Joaquín Rodriguez Pareja - T: 100 F: 21 C.P.A.C.F.
e. 17/04/2019 N25566/19 v. 17/04/2019

BI LATINAS.A.

Se hace saber que, por Asamblea del 07/03/2019 se resolvió: i La ampliación del objeto social reformándose el Artículo Tercero del Estatuto Social, conforme al siguiente texto: ARTÍCULO TERCERO. OBJETO: La sociedad tiene por objeto realizar por sí, por cuenta de terceros o asociada a terceros, las siguientes actividades: prestar servicios de marketing y publicidad. Para ello podrá realizar todas aquellas tareas destinadas al conocimiento masivo de productos, servicios y usuarios pudiendo utilizar todos los medios de difusión y soportes existentes o a crearse en el futuro. La sociedad podrá realizar todas las actividades, actos y operaciones que tengan vinculación con las enunciadas en el mismo, teniendo plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones y participar en otras sociedades. Cuando el desarrollo del objeto social así lo requiera, la sociedad contratará profesionales con título habilitante. En el desarrollo de la actividad prevista en el objeto social la Sociedad velará por la generación de un impacto social positivo para la sociedad, las personas vinculadas a ésta y el medioambiente; y ii La reforma del Artículo Sexto del Estatuto Social.
Autorizado según instrumento privado Asamblea de fecha 07/03/2019
Ramiro Javier Gomez Barinaga - T: 80 F: 536 C.P.A.C.F.

e. 17/04/2019 N25720/19 v. 17/04/2019

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Boletín Oficial de la República Argentina del 17/04/2019 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date17/04/2019

Page count126

Edition count9343

First edition02/01/1989

Last issue27/05/2024

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