Boletín Oficial de la República Argentina del 23/06/2005 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Jueves 23 de junio de 2005
TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
JUJUY

El TRIBUNAL ORAL CRIMINAL FEDERAL DE
JUJUY, FALLA: I. CONDENAR a Jhonny Alvaro TERRAZAS ZURITA, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena única de CUATRO AÑOS
Y UN MES DE PRISION, Y MULTA DE PESOS
DOSCIENTOS VEINTICINCO $225, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena conforme art. 12 C.P., con costas, comprensiva de A la de CUATRO AÑOS DE PRISION, multa de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO $225
y la pena de inhabilitación absoluta que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes, previsto y penado por el artículo 5 inciso C de la ley 23737, con costas, impuesta en Expte. N 151/02 caratulado Carballo Fuentes, Esteban s/Infracción ley 23.737 por sentencia de fecha 20-08-04 de este Tribunal Oral.
B La de TRES AÑOS DE PRISION, por encontrarlo autor penalmente responsable de la comisión del delito de adulteración de documento público destinado a acreditar la identidad de las personas, en carácter de partícipe necesario Art. 45, C.P., previsto y sancionado por el art. 292, segundo párrafo del Código Penal, con costas, en el presente Expte. N 95/04 caratulado Terrazas Zurita, Jhonny Alvaro s/ falsific. de Documento D.N.I..
II. COMPUTO de PENA. Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de libertad el 23 de diciembre del año 2006; y diez días para el pago de costas del juicio.
III. ORDENAR el decomiso del DNI secuestrado N 93.566.561.
IV. REMITIR a Jonny Alvaro TERRAZAS ZURITA al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la condena privativa de libertad en unidad carcelaria a su cargo.
V. NOTIFICAR la sentencia en el lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia, y MANDAR que por Secretaría se registre este fallo, y se hagan las comunicaciones, oficios y notificaciones. CARLOS ROLANDO MASSACCESI. RENE VICENTE CASAS. HUGO MARCELO SAVIO. Ante mí: EFRAIN ASE, secretario.
e. 9/6 N 481.887 v. 23/6/2005

El TRIBUNAL ORAL CRIMINAL FEDERAL DE
JUJUY, FALLA: I. CONDENAR a FLORENCIO BALLEJOS CONDORI de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS de PRISION y MULTA de pesos doscientos veinticinco $225, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, art. 12 del código penal;
por encontrarlo autor responsable del delito de transporte de estupefacientes, art. 5 inc. c, ley 23.737. Con costas.
II. COMPUTO de PENA. Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de libertad el 02 de DICIEMBRE de 2008; y diez días para el pago multa y de costas del juicio.
III. ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal, y remitir C.I.Bol. N 5.312.115 y pasaporte a nombre de FLORENCIO BALLEJOS CONDORI al lugar de detención, art. 171 Ley 24.660.
IV. REMITIR a FLORENCIO BALLEJOS CONDORI al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la condena privativa de libertad en unidad carcelaria a su cargo.
V. NOTIFICAR la Sentencia en el lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia, y MANDAR que por Secretaría se registre este fallo, y se hagan las comunicaciones, oficios y notificaciones. CARLOS ROLANDO MASSACCESI. RENE VICENTE CASAS. HUGO MARCELO SAVIO. Ante mí: EFRAIN ASE, secretario.
e. 9/6 N 481.888 v. 23/6/2005

El TRIBUNAL ORAL en lo CRIMINAL FEDERAL
de JUJUY, FALLA: I. CONDENAR a Jaime DIAZ MIRA, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO años y DOS meses de prisión y multa de pesos trescientos $300, por encontrarlo autor responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y penado por el art. 5
inc. c de la ley 23.737, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena conforme el art. 12 del Código Penal. Con costas. Remitiéndolo al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la pena privativa de la libertad, en una unidad carcelaria a su cargo.

II. COMPUTO DE PENA: FIJAR como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 22 de Septiembre de 2.007 y diez días para el pago de la multa y costas del juicio.
III. ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
IV. DISPONER que la lectura de los fundamentos del presente fallo, se efectúe el día 10 de mayo de 2.005 a hs. 12:00, en la sede de este Tribunal art. 400 del C.P.P.N..- Y MANDAR que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. CARLOS ROLANDO MASSACCESI. RENE VICENTE CASAS. HUGO MARCELO SAVIO. Ante mí:
EFRAIN ASE, secretario.
e. 9/6 N 481.890 v. 23/6/2005

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, FALLA:
1.- CONDENANDO a Segundino VEDIA GALEAN y Domingo VEDIA FLORES, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA de pesos doscientos veinticinco $ 225, con más la inhabilitación absoluta por tiempo de la condena, conforme art. 12 del Código Penal, y las costas del juicio, por encontrarlos coautores del delito de transporte de estupefacientes, previsto y sancionado por el art. 5 inc. c de la ley 23.737.-

BOLETIN OFICIAL Nº 30.680

pena de CUATRO AÑOS Y UN MES DE PRISIÓN
Y MULTA de pesos doscientos veinticinco $ 225, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme art. 12 del Código Penal, y las costas del juicio, por encontrarlo autor responsable del delito de transporte de estupefacientes cocaína Art. 5inc. c de la ley 23.737.2.- DECLARAR a Julio Eduardo Ruiz reincidente por primera vez de conformidad a lo prescripto por el Art. 50 del Código Penal.3.- FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 19 de Mayo de 2008, y diez días para el pago de multa y costas del juicio.4.- ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.5.- REMITIR a Julio Eduardo Ruiz al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la condena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.6.- MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes.- Hugo Marcelo Savio, Presidente.- Carlos Rolando Massaccesi, Vocal. René Vicente Casas, Vocal. Ante mí: Efraín Ase, Secretario.
e. 16/6 N 482.592 v. 30/6/2005

2.- FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 03 de Octubre de 2008, respecto de ambos, y diez días para el pago de multa y costas del juicio.-

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy,
3.- ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.-

1.- CONDENANDO a Luis Alberto FAREL, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN, y multa de pesos doscientos veinticinco $ 225, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, que establece el art. 12 del Código Penal, y las costas del juicio, por resultar el nombrado autor responsable del delito de transporte de estupefacientes, art. 5 inc. c de la ley 23.737.-

4.- REMITIR a Segundino VEDIA GALEAN y Domingo VEDIA FLORES al Servicio Penitenciario Federal para que cumplan la pena privativa de la libertad en una Unidad Carcelaria a su cargo.5.- MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes.- Hugo Marcelo Savio, Presidente. Carlos Rolando Massaccesi, Vocal.
René Vicente Casas, Vocal. Ante mí: Efraín Ase, Secretario.
e. 16/6 N 482.594 v. 30/6/2005

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, FALLA:
1.- CONDENANDO a Luis Marino BARRIOS, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA de pesos doscientos veinticinco $ 225, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme art. 12 del Código Penal, y las costas del juicio, por encontrarlo autor responsable del delito de Transporte de estupefacientes, previsto y sancionado por el art. 5 inc. c de la ley 23.737.2.- FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 19 de Febrero de 2008, y diez días para el pago de multa y costas del juicio.3.- ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.
4.- REMITIR a Luis Marino BARRIOS al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la pena privativa de la libertad en una Unidad Carcelaria a su cargo.5.- MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes.- Hugo Marcelo Savio, Presidente. - Carlos Rolando Massaccesi, Vocal.René Vicente Casas, Vocal. Ante mí: Efraín Ase, Secretario.
e. 16/6 N 482.669 v. 30/6/2005

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, FALLA:
1.- CONDENANDO a Julio Eduardo RUIZ, de las calidades personales obrantes en autos, a la
FALLA:

2.- FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 07 de Julio de 2007, y diez días para el pago de multa y costas del juicio.3.- ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.4.- REMITIR a Luis Alberto FAREL al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.5.- MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes.- Hugo Marcelo Savio, Presidente.- Carlos Rolando Massaccesi, Vocal. René Vicente Casas, Vocal. Ante mí: Efraín Ase, Secretario.
e.16/6 N 482.665 v. 30/6/2005

Ello el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por unanimidad:
FALLA:
Primero: CONDENANDO a SABINA SIPE
FRANCO DE GARCÍA y FELICIDAD CHURA APAZA, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN, multa de PESOS: DOSCIENTOS VEINTICINCO
$ 225, la pena de inhabilitación absoluta que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarla autora penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes cocaína, figura prevista y penada por el articulo 5 inciso C de la ley 23.737, con costas, remitiendolas al Servicio Penitenciario Federal para que cumplan la pena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.Segundo: FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 30 de Julio del año dos mil ocho, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.Tercero: ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.Cuarto: REMITIR copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Sabina Sipe Franco de García y Felicidad Chura Apaza, para su correspondiente notificación en ese lugar.-

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Quinto: MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. René Vicente Casas, Presidente. Hugo Marcelo Savio, Juez de Cámara Subrogante. Carlos Rolando Massaccesi. Ante mí: Efrain Ase, secretario.
e. 17/6 N 482.705 v. 1/7/2005

FISCALIA FEDERAL
EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL
SAN MARTIN

La Fiscalía Federal en lo Criminal y Correccional de San Martín, a cargo del Dr. Jorge C. Sica, Secretaría Única de la Dra. Karina Andrea Alvarez, en la Causa N 9273 de su registro, cita y emplaza por el término de tres 3 días a contar de la última publicación a RIOS JUAN DOMINGO
a que se constituya en dicha Fiscalía a fin de notificarlo del hecho que se le imputa y las pruebas existentes en su contra art. 353 bis del CPP, en la Causa que se le sigue por inf. ley 23.737, bajo apercibimiento de solicitar su captura. Publíquese por el término de cinco 5 días.
San Martín 27 de mayo de 2005.Jorge C. Sica, procurador fiscal federal.
e. 16/6 N 482.575 v. 23/6/2005

FISCALIA FEDERAL
DE SAN ISIDRO

La Fiscalía Federal de San Isidro, cita y emplaza a MAXIMILIANO OMAR GUEVARA, argentino, de estado civil soltero, desocupado, hijo de Estella Maris Guevara, domicilio en Pasteur 2255
de la localidad de Virreyes, Pcia. de Buenos Aires, para que dentro de las 48 horas desde la última publicación de éste, se presente ante esta Fiscalía Federal, sita en la calle Belgrano 344, 2do.
Piso San Isidro, a fin de prestar declaración a tenor del artículo 353 bis del CPPN en la causa nro.
2478 por infracción a la ley 23737, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su captura.
San Isidro, 3 de junio de 2005.
Zulema E. Scofano, secretaria federal.
e. 16/6 N 482.572 v. 23/6/2005

JUZGADOS NACIONALES
EN LO CIVIL
N 31

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N 31 Secretaría Unica, sito en Uruguay 714
comunica a Alejandro Daniel Cabo y Elida Amalia Layana de Cabo que en los autos caratulados Polero, Roberto Gustavo c/Cabo Alejandro y otros s/daños y perjuicios. Expte. 82098/90 se ha dictado la siguiente resolución Buenos Aires, 13 de agosto del 2004 3. Regúlase en un mil quinientos pesos los honorarios del Dr. Perelstein letrado apoderado de Cabo y Layana de Cabo exp.
82.098 Fdo. Victor F. Liberman. Juez Nacional en lo Civil. Publíquese por dos días.
Buenos Aires, 9 de mayo de 2005.
Marcela A. Penna, secretaria.
e. 22/6 N 39.780 v. 23/6/2005

N 35

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nro. 35 cargo del Doctor José Luis Bournissen, Secretaría Unica sito en la Avda. de los Inmigrantes 1950 1 piso de Capital Federal, en los autos caratulados: Banco Peña S.A. El BCRA
C/ Olmedo Ramón y otros S/ Ordinario, cita y emplaza a RAMON FROILAN OLMEDO, PILAR
GREFFO Y LUISA BEATRIZ PATRICIA OLMEDO
para que dentro del plazo de 15 días comparezcan a tomar la intervención que les corresponda en autos, bajo apercibimiento de designar Defensor Oficial para que los represente en juicio. El presente debe publicarse por dos días en el Boletín Oficial, En atención a lo solicitado y lo normado por el art. 273 inc. 8 de la ley 24.522, hágase constar en los edictos que los mismos se encuentran exentos de pago y/o sellado alguno a los fines de su publicación Fdo. Dr. José Luis Bournissen. Juez.
Buenos Aires, 2 de junio de 2005.
Analía V. Romero, secretaria interina.
e. 22/6 N 483.006 v. 23/6/2005

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Boletín Oficial de la República Argentina del 23/06/2005 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date23/06/2005

Page count52

Edition count9345

First edition02/01/1989

Last issue29/05/2024

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