Boletín Oficial de la República Argentina del 28/09/1999 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, MARTES 28 DE SETIEMBRE DE 1999

Nº 29.239
MINISTERIO DE JUSTICIA
DR. RAUL E. GRANILLO OCAMPO
MINISTRO

SECRETARIA DE ASUNTOS
TECNICOS Y LEGISLATIVOS
DR. GUSTAVO A. NAVEIRA
SECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL
Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 955.470

1. Contratos sobre personas jurídicas
2

AÑO CVII

1. CONTRATOS SOBRE PERSONAS JURIDICAS
2. CONVOCATORIAS Y AVISOS COMERCIALES
3. EDICTOS JUDICIALES

ferente de carácter acumulativo o no conforme a las condiciones de su emisión. Puede también fijárseles una participación adicional en las ganancias. Artículo 8º: La administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto por el número de miembros que fije la asamblea, entre un mínimo de 2 y un máximo de 9 con mandato por tres años. La asamblea podrá designar suplentes en igual o menor número que los titulares por el mismo plazo, a fin de llenar las vacantes que se produjeran en el orden de su elección. Los directores en su primera sesión, deben designar un presidente y un vicepresidente, este último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. El directorio funciona con la mayoría de sus miembros y resuelve por mayoría de sus votos presentes. La asamblea fija la remuneración del directorio. Artículo 9º: Los directores deben prestar la siguiente garantía, cada uno de ellos deberá depositar en la caja social la suma de $ 500 en dinero efectivo, hasta el término de su gestión, la que una vez aprobada, dará derecho a los mismos a su restitución. Artículo 10º: El directorio tiene amplias facultades de administración y disposición incluso las que requieran poderes especiales a tenor del art. 1881 del Código Civil y del art. 9º del Decreto 5965/63. Podrá especialmente operar con toda clase de entidades financieras y crediticias oficiales y privadas, dar y revocar poderes especiales y generales, judiciales, de administración u otros, con o sin facultad de sustituir, iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias o querellas penales, y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad. La representación legal de la sociedad corresponde al presidente del directorio o al vicepresidente en su caso. Artículo 11º: La sociedad prescinde de la sindicatura conforme lo dispuesto en art. 284 de la Ley 19.550. Cuando por aumento del capital social la sociedad quedara comprendida en el inciso 2 del art. 299 de la ley citada, anualmente la asamblea deberá elegir síndico titular y suplente. Inscripción JNPICRCF 7/6/78, Nº 1676, Lo. 89 To. A de SA.
Apoderado - Walter Fernando Stankiewich Nº 25.253
ADMINISTRADORA MEDICA INTEGRAL S.A.
AMISA

1.1 SOCIEDADES ANONIMAS

ADASA

$ 0,70

IGJ Nº 1.657.930. Comunica conf. Art 10 de la Ley 19.550 que por Acta de Asamblea General Extraordinaria Unánime Autoconvocada del 10 de agosto de 1999 ha resuelto reducir voluntariamente el capital social de $ 5.000.000 a $ 1.000.000, cancelando 4.000.000 de acciones ordinarias escriturales de $ 1 de v/n y de 1 voto por acción, reformando el artículo cuarto del estatuto social en consecuencia.
Autorizado - Eduardo Dussaut Nº 25.288

SOCIEDAD ANONIMA

AGUAS DEL NOROESTE

En Asamblea Extraordinaria del 31/3/99, se resolvió aumentar el capital social y modificar los artículos 4º, 5º, 8º, 9º, 10º y 11º de los Estatutos, que quedaron así redactados: Artículo 4º: El capital social es de pesos cuarenta mil $ 40.000 representado por acciones de $ 10 valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto conforme el art. 188 de la Ley 19.550. Todo aumento de capital resuelto por asamblea deberá ser elevado a escritura pública, en cuyo acto se tributará el impuesto fiscal si correspondiera. Artículo 5º: Las acciones serán nominativas no endosables o preferidas, estas últimas tienen derecho a un dividendo de pago pre-

SOCIEDAD ANONIMA
IGJ 1.660.940. Rectificatorio del publicado el 2/
9/99, rec. 22.608, donde dice Asamblea Gral.
Extraord. del 5 de febrero de 1999 debe decir Asamblea Gral. Extraord. del 15 de febrero de 1999.
Presidente - Pablo Gustavo Chamas Nº 25.233
ASHIRA
SOCIEDAD ANONIMA
Modificación de estatutos y artículo 60. Por unanimidad en Actas de Asamblea General Ordinaria
4. PARTIDOS POLITICOS
5. INFORMACION Y CULTURA

y Extraordinaria 28 y 29 se decidió la modificación del Estatuto Social y se eligieron autoridades, quedando redactados los respectivos artículos, en los siguientes términos: Artículo sexto: La administración de la sociedad está a cargo del directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea, entre un mínimo de tres y un máximo de siete, con mandato por dos ejercicios, reelegibles indefinidamente. La asamblea podrá designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo a fin de llenar las vacantes que se produjeran, accediendo a las mismas en el orden de su elección. El directorio deberá reunirse como mínimo una vez cada treinta días sesionando con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros resolviendo con la mayoría de los presentes. En su primera reunión, luego de su nombramiento, designará a un Presidente quien dirigirá la sesión de los órganos de la sociedad; teniendo doble voto en caso de empate en las resoluciones del directorio. También deberá designar a un vicepresidente que suplirá al titular en casos de ausencia o impedimento. La asamblea fijará la remuneración del directorio. En garantía del ejercicio de sus funciones los directores titulares depositarán en la caja de la sociedad la suma de pesos diez mil en efectivo o su equivalente en títulos públicos. Octavo: La representación de la sociedad corresponde al presidente del directorio y, en caso de ausencia o impedimento de éste, al vicepresidente. Asimismo el directorio podrá autorizar mediante acta a alguno de los directores titulares para la ejecución puntual de actos que le son propios. Artículo Undécimo: El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año.
A esa fecha se confeccionarán los estados contables conforme a las disposiciones legales, reglamentarias en vigencia y normas técnicas de la materia. La asamblea podrá modificar la fecha de cierre del ejercicio, inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público de Comercio. Las ganancias realizadas y líquidas se destinarán: a cinco por ciento, hasta alcanzar el veinte por ciento del capital suscripto, para el fondo de reserva legal; b a remuneraciones del directorio y a la sindicatura si la hubiere; c a dividendos de las acciones preferidas, teniendo prioridad los acumulativos impagos; d el saldo, en todo o en parte, a participación adicional de las acciones preferidas y a dividendos de las acciones ordinarias, o a fondos de reserva facultativa o de previsión o a cuenta nueva o al destino que determine la asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones, dentro del año de su sanción. Los dividendos no cobrados en el término de tres años desde que fueron puestos a disposición de los accionistas prescriben a favor de la sociedad. Artículo 60, por Acta de Directorio 388 del 20/9/99 se distribuyeron los cargos por lo que quedó designado el nuevo Directorio, integrado por: Presidente: Mark Perrin Lowrey; Pas EEUU: 131.826.478, dom. real. Creek Lood Way 919, Houston, Texas, EEUU, dom. esp.
M. T. de Alvear 684 2º Cap. Vicepresidente: Luis David Rodríguez Terol; DNI 92551964, dom Av. Directorio 1733 Cap. Directores titulares: Roxana María Kahale DNI 17.784.080, dom. M. T. de Alvear 684 2º Cap. y Eduardo Manuel García; DNI:
12.727.035, dom. Av. Directorio 1733, Cap. John Stankiewicz, Pas EEUU: 154.806.102, dom. real Av.
La Posta 1816, Encinitas, California, EEUU. Dom.
esp. M. T de Alvear 684 2º Cap. Directores suplentes: Elizabeth Vega DNI: 22.655.525, dom. Héctor Guidi 1862, Lanús Este, Prov. Bs. As. Eduardo Jorge Ducard: L.E. 7.718.135, dom. Correa 1725, Cap.
y José Alejandro Fontana, DNI 11.297.896, dom.
José María Penna 1243, Banfield, Bs. As. Inscripción: Nº 2689, Lº 99, Tº A de S.A. el 7/5/84.
Escribano - Federico J. Leyría Nº 25.198

SUMARIO
Pág.
1. CONTRATOS SOBRE PERSONAS
JURIDICAS
1.1 Sociedades Anónimas

1

1.2 Sociedades de Responsabilidad Limitada

7

2. CONVOCATORIAS Y AVISOS
COMERCIALES
2.1 Convocatorias Nuevas
Anteriores

11
44

2.2 Transferencias Nuevas
Anteriores

12
49

2.3 Avisos Comerciales Nuevos
Anteriores

13
50

2.4 Remates Comerciales Anteriores

51

2.5 Balances
15

3. EDICTOS JUDICIALES
3.1 Citaciones y notificaciones Nuevas
Anteriores

36
52

3.2 Concursos y quiebras Nuevos
Anteriores

37
56

3.3 Sucesiones Nuevas
Anteriores

39
62

3.4 Remates judiciales Nuevos
Anteriores

40
63

4. PARTIDOS POLITICOS
Anteriores

68

BALSAS HNOS. S.A. CONSTRUCCIONES
VIALES Y CIVILES
Inscripta el 28-12-1993 Nº 13326, Lo. 114 A de SA. Se hace saber que por Asamblea Unánime de fecha 4-5-1999, los accionistas de BALSAS
HNOS. S.A. CONSTRUCCIONES VIALES Y CIVILES resolvieron el aumento del capital social de $ 15.000 a $ 75.000 mediante la emisión de 60.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables de $ 1 valor nominal cada una y derecho a un voto por acción, totalmente integradas mediante la capitalización de los anticipos en dinero efectivo efectuados por los accionistas en proporción a sus tenencias y la reforma del artículo 4º del Estatuto Social. Capital: $ 75.000.
Escribano - José Brardo Nº 25.190

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Boletín Oficial de la República Argentina del 28/09/1999 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date28/09/1999

Page count68

Edition count9342

First edition02/01/1989

Last issue26/05/2024

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