Boletín Oficial de la República Argentina del 20/05/2023 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.174 - Primera Sección
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Viernes 19 de mayo de 2023

Que a su vez, mediante la Ley N 27.520 se establecen los presupuestos mínimos de protección ambiental destinados a garantizar acciones, instrumentos y estrategias adecuadas de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático en todo el territorio nacional en los términos del artículo 41 de la Constitución Nacional.
Que el Plan Integral de Saneamiento Ambiental PISA prevé desplegar un rango amplio de acciones que permitirán adaptar los territorios afectados de la Cuenca Matanza Riachuelo al cambio climático y mitigar sus efectos en el ambiente y en la población.
Que desde el año 2020, ACUMAR participa del Gabinete Nacional de Cambio Climático, a través de los grupos de trabajo de temáticas sectoriales y transversales, convocado por la DIRECCIÓN DE RELACIONES INSTITUCIONALES
DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DE LA NACIÓN.
Que atento que los efectos del cambio climático son cada vez más frecuentes y de mayor intensidad, se requiere que se tomen acciones a fin de abordar dicha temática.
Que considerando la necesidad de lograr una visión compartida acerca de la estrategia a desarrollar en materia de prevención, adaptabilidad y mitigación del cambio climático, se viene desarrollando un trabajo de articulación y coordinación con distintas áreas de la ACUMAR.
Que por lo expuesto se propicia la creación de la Mesa de Articulación de Acciones sobre el Cambio Climático como un espacio de desarrollo, articulación e implementación de acciones transversales en materia de cambio climático en el ámbito de la Cuenca Matanza Riachuelo.
Que dicha Mesa se crea en el ámbito de la DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN POLÍTICA Y SOCIAL que conforme lo establecido en la Resolución N71/2020 texto ordenado por Resolución N155/2022, tiene como función planificar y formular los programas, proyectos y actividades de información, concientización y educación ambiental dirigidos a los habitantes de la Cuenca Matanza Riachuelo artículo 47, inciso f y de la DIRECCIÓN
GENERAL AMBIENTAL que tiene como función la de entender en la planificación de programas y proyectos del manejo racional de los recursos hídricos de la Cuenca Matanza Riachuelo artículo 58, inciso g.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS DE ACUMAR, en el ámbito de su competencia.
Que el CONSEJO DIRECTIVO aprobó el dictado de la presente medida e instruyó a esta Presidencia a proceder a la suscripción del acto administrativo correspondiente.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N26.168 y la Resolución N71/2020 texto ordenado por Resolución Nº155/2022 de ACUMAR.
Por ello, ELPRESIDENTE DELAAUTORIDAD DECUENCA MATANZA RIACHUELO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1 CREACIÓN
Créase la Mesa de Articulación de Acciones sobre el Cambio Climático como un espacio de desarrollo articulación e implementación de acciones transversales en materia de cambio climático en el ámbito de la Cuenca Matanza Riachuelo, la que funcionará en el ámbito de la DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN POLÍTICA Y SOCIAL y de la DIRECCIÓN GENERAL AMBIENTAL.
ARTÍCULO 2. OBJETO
La Mesa tendrá como objeto la construcción de una visión conjunta sobre la articulación de las agendas y políticas públicas para la adaptabilidad y mitigación del cambio climático, teniendo en cuenta los aspectos de la realidad regional y en la generación de compromisos de trabajo conjunto entre las diversas áreas de ACUMAR y la articulación de estas acciones con los diferentes organismos y actores con injerencias en la Cuenca.
ARTÍCULO 3. COORDINACIÓN
La DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN POLÍTICA Y SOCIAL y la DIRECCIÓN GENERAL AMBIENTAL, en forma conjunta, estarán a cargo de la coordinación, funcionamiento y desarrollo de las actividades de la Mesa creada por la presente. A fin de integrar la Mesa, las Direcciones convocarán a las áreas de ACUMAR que tengan injerencia en los temas relacionados con el cambio climático, a designar a un representante titular y un suplente. Asimismo, conforme las necesidades que surjan en el tratamiento de los temas encomendados se podrá convocar a participar de las reuniones de la Mesa a representantes de otros organismos públicos o privados, de organizaciones de la sociedad civil o de expertos en la materia. Todos los integrantes de la Mesa ejercerán sus funciones ad-honorem.
ARTÍCULO 4. REUNIONES
Las reuniones serán llevadas a cabo con la frecuencia y en los lugares que las Direcciones determinen en consenso con los integrantes de la Mesa, conforme los objetivos y metas establecidos para cada tarea que se lleve a cabo.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 20/05/2023 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date20/05/2023

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Edition count9356

First edition02/01/1989

Last issue04/06/2024

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