Boletín Oficial de la República Argentina del 16/01/2023 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Boletín Oficial Nº 35.090 - Primera Sección
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Lunes 16 de enero de 2023
ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
EDICTO DE NOTIFICACIÓN art. 42 del DEC.1759/72
Notifíquese a FM EMANUEL, que en el expediente EX-2022-06584285-APN-SDYMEENACOM se ha dictado la RESOLUCIÓN-2023-180-APN-ENACOMJGM, de fecha 11/01/2023, que en su parte resolutiva dice:
ARTÍCULO 1º.- Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado FM EMANUEL, que emite en la frecuencia 98.5 MHz, desde el domicilio sito en la calle José de San Martin S/N, entre calles General Enrique Mosconi y Neuquén, de la localidad de RINCÓN DE LOS SAUCES, provincia del NEUQUÉN. ARTÍCULO 2º.- Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede. ARTÍCULO 3º.- En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 2, se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión, mediante la ejecución del correspondiente mandamiento librado por el Juez competente, adjuntándose a tal fin, copia autenticada de la presente. ARTÍCULO
4º.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes y, cumplido, archívese. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente del Ente Nacional de Comunicaciones Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.
e. 13/01/2023 N1583/23 v. 17/01/2023
ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
EDICTO DE NOTIFICACIÓN art.42 del DEC.1759/72
Notifíquese a FM LAS PRINCESITAS que en el expediente EX-2021-01875817-APN-SGEANA se ha dictado la RESOLUCIÓN-2023-184-APN-ENACOMJGM, de fecha 11/01/2023, que en su parte resolutiva dice:
ARTÍCULO 1º.- Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado FM LAS PRINCESITAS, que emite en la frecuencia 96.3
MHz, desde el domicilio sito en la calle 9 de Julio S/Nº, entre Avenida Antártida y calle sin nombre, de la localidad LAS LOMITAS, provincia de FORMOSA. ARTÍCULO 2º.- Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede. ARTÍCULO 3º.En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 2, se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión, mediante la ejecución del correspondiente mandamiento librado por el Juez competente, adjuntándose, a tal fin, copia autenticada de la presente. ARTÍCULO 4º.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes y, cumplido, archívese. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente del Ente Nacional de Comunicaciones.
Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.
e. 13/01/2023 N1584/23 v. 17/01/2023
ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
EDICTO DE NOTIFICACIÓN art. 42 del DEC.1759/72
Notifíquese a FM VIDA, que en el expediente EX-2021-122733844-APN-SDYMEENACOM se ha dictado la RESOLUCIÓN-2023-183-APN-ENACOMJGM, de fecha 11/01/2023, que en su parte resolutiva dice:
ARTÍCULO 1º.- Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado FM VIDA, que emite en la frecuencia 94.3 MHz, desde el domicilio sito en la Ruta Provincial 6 S/N, entre calle Arroyo y Pasaje Las Golondrinas, de la localidad de RINCÓN DE LOS SAUCES, provincia del NEUQUÉN. ARTÍCULO 2º.- Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede.
ARTÍCULO 3º.- En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 2, se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión, mediante la ejecución del correspondiente mandamiento librado por el Juez competente, adjuntándose a tal fin, copia autenticada de la presente. ARTÍCULO
4º.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes y, cumplido, archívese. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente del Ente Nacional de Comunicaciones.
Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.
e. 13/01/2023 N1597/23 v. 17/01/2023