Boletín Oficial de la República Argentina del 14/01/2023 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.089 - Primera Sección

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Viernes 13 de enero de 2023

ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES

EDICTO DE NOTIFICACIÓN art. 42 del DEC. 1759/72
Notifíquese a FM MALVINAS ARGENTINAS, que emite en la frecuencia 90.1 MHz, que en el EX-2022-06216162APN-SDYMEENACOM se ha dictado la RESOLUCIÓN-2023-178-APN-ENACOMJGM, de fecha 10/01/2023, que en su parte resolutiva dice:
ARTÍCULO 1º.- Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado FM MALVINAS ARGENTINAS, que emite en la frecuencia 90.1 MHz, desde el domicilio sito en la Avenida Urquiza S/N, entre Avenida Edison y calle Carlos Hardy, de la localidad de RESISTENCIA, provincia del CHACO. ARTÍCULO 2º.- Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede.
ARTÍCULO 3º.- En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 2, se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión, mediante la ejecución del correspondiente mandamiento librado por el Juez competente, adjuntándose a tal fin, copia autenticada de la presente. ARTÍCULO
4º.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes y cumplido, archívese. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente del Ente Nacional de Comunicaciones Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.
e. 12/01/2023 N1439/23 v. 16/01/2023

ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES

EDICTO DE NOTIFICACIÓN art. 42 del DEC. 1759/72
Notifíquese a FM ACHALAY, que emite en la frecuencia 106.5 MH, que en el EX-2021-66624921-APNSDYMEENACOM se ha dictado la RESOLUCIÓN-2023-177-APN-ENACOMJGM, de fecha 10/01/2023, que en su parte resolutiva dice:
ARTÍCULO 1º.- Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado FM ACHALAY, que emite en la frecuencia 106.5 MHz, desde el domicilio sito en la calle Jujuy Nº412, de la ciudad de SANTIAGO DEL ESTERO, provincia homónima.
ARTÍCULO 2º.- Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede. ARTÍCULO 3º.- En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 2, se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión, mediante la ejecución del correspondiente mandamiento librado por el Juez competente, adjuntándose a tal fin, copia autenticada de la presente. ARTÍCULO 4º.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes y cumplido, archívese. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente del Ente Nacional de Comunicaciones Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.
e. 12/01/2023 N1441/23 v. 16/01/2023

ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES

EDICTO DE NOTIFICACIÓN art. 42 del DEC. 1759/72
Notifíquese a FM OXIGENO que en el expediente EX-2021-40563258-APN-SDYMEENACOM se ha dictado la RESOLUCIÓN-2023-170-APN-ENACOMJGM, de fecha 10/1/2023, que en su parte resolutiva dice:
ARTÍCULO 1º.- Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado FM OXIGENO, que emite en la frecuencia 104.5 MHz, desde el domicilio sito en la calle Rayen S/Nº, Manzana 3, Casa 146, de la localidad NEUQUÉN, provincia homónima.
ARTÍCULO 2º.- Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede. ARTÍCULO 3º.- En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 2, se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión, mediante la ejecución del correspondiente mandamiento librado por el Juez competente, adjuntándose a tal fin, copia autenticada de la presente. ARTÍCULO 4º.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes y cumplido, archívese. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente del Ente Nacional de Comunicaciones.
Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.
e. 12/01/2023 N1449/23 v. 16/01/2023

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Boletín Oficial de la República Argentina del 14/01/2023 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date14/01/2023

Page count134

Edition count9369

First edition02/01/1989

Last issue17/06/2024

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