Boletín Oficial de la República Argentina del 22/12/2022 - Primera Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.073 - Primera Sección
5

Jueves 22 de diciembre de 2022

DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA OPERATIVA, todas ellas dependientes del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y
CENSOS INDEC, surgen los motivos y razones que desechan los agravios expuestos por la recurrente ya que se afirma, con sustento técnico y científico, que la oferta presentada por la adjudicataria cumplía con las condiciones del pliego que rige la contratación.
Que, por otra parte, respecto del planteo subsidiario de devolución de la garantía de impugnación al dictamen de evaluación de ofertas, se advierte que el mismo fue introducido en el recurso jerárquico que se interpuso contra la Decisión Administrativa N1256/21 por lo cual, siendo esta instancia de naturaleza revisora, no corresponde expedirse respecto de un planteo que no ha sido expuesto al momento de resolver el acto que ahora se impugna.
Que, por consiguiente, el acto administrativo dictado contiene todos los requisitos esenciales previstos en el artículo 7 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N 19.549 ya que provino de la autoridad competente, su objeto era lícito, se encontraba sustentado en antecedentes de hecho y de derecho respetándose el procedimiento reglado, revelándose suficientemente motivado y tendiente a la satisfacción del interés público.
Que el acto recurrido, así como también el procedimiento sustanciado, se encuentran debidamente fundados sobre la base de los antecedentes de hecho y de derecho obrantes en las mencionadas actuaciones.
Que, a su vez, no existiendo nuevos elementos de hecho o de derecho que ameriten modificar el criterio sustentado en el acto atacado y careciendo este último de vicio alguno en sus elementos esenciales que pudieran determinar su revocación parcial o total, corresponde desestimar el recurso jerárquico interpuesto por la causante.
Que han tomado la intervención de su competencia los servicios jurídicos pertinentes.
Que la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN ha tomado intervención, en virtud de lo dispuesto por el artículo 92, segundo párrafo del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 2017.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL y 90, segundo párrafo del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 -T.O. 2017.
Por ello, ELPRESIDENTE DELANACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Recházase el recurso jerárquico interpuesto por la firma BOLDT IMPRESORES S.A. contra la Decisión Administrativa N1256 del 22 de diciembre de 2021.
ARTÍCULO 2º.- Hágase saber a la recurrente que, con el dictado del presente acto administrativo, ha quedado agotada la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto 1759/72 - T.O. 2017, sin perjuicio de la posibilidad de interponer el recurso contemplado en el artículo 100 de dicho Reglamento.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Sergio Tomás Massa e. 22/12/2022 N104417/22 v. 22/12/2022

About this edition

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/12/2022 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date22/12/2022

Page count61

Edition count9376

First edition02/01/1989

Last issue24/06/2024

Download this edition

Other editions