Boletín Oficial de la República Argentina del 01/10/2021 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.761 - Primera Sección
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Viernes 1 de octubre de 2021

Decretos

MEDIDAS GENERALES DEPREVENCIÓN
Decreto 678/2021
DECNU-2021-678-APN-PTE - Disposiciones.

Ciudad de Buenos Aires, 30/09/2021
VISTO el Expediente NEX-2021-30224613-APN-DSGASLYT, la Ley Nº27.541, los Decretos Nros. 260 del 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios, 287 del 17 de marzo de 2020, 297 del 19 de marzo de 2020, 325 del 31 de marzo de 2020, 355 del 11 de abril de 2020, 408 del 26 de abril de 2020, 459 del 10 de mayo de 2020, 493 del 24
de mayo de 2020, 520 del 7 de junio de 2020, 576 del 29 de junio de 2020, 605 del 18 de julio de 2020, 641 del 2 de agosto de 2020, 677 del 16 de agosto de 2020, 714 del 30 de agosto de 2020, 754 del 20 de septiembre de 2020, 792 del 11 de octubre de 2020, 814 del 25 de octubre de 2020, 875 del 7 de noviembre de 2020, 956 del 29 de noviembre de 2020, 985 del 10 de diciembre de 2020, 1033 del 20 de diciembre de 2020, 4 del 8 de enero de 2021, 67 del 29 de enero de 2021, 125 del 27 de febrero de 2021, 167 del 11 de marzo de 2021, 168 del 12 de marzo de 2021, 235 del 8 de abril de 2021, 241 del 15 de abril de 2021, 287 del 30 de abril de 2021, 334 del 21 de mayo de 2021, 381 del 11 de junio de 2021, 411 del 25 de junio de 2021, 455 del 9 de julio de 2021 y 494 del 6 de agosto de 2021, sus normas complementarias,y CONSIDERANDO:
Que como se ha señalado oportunamente en la normativa citada en el Visto del presente, con fecha 11 de marzo de 2020 la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD, en adelante la OMS, declaró el brote del virus SARS-CoV-2
como una pandemia.
Que la velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional requirió, pocos días después, la adopción de medidas para hacer frente a la emergencia, dando lugar al dictado de los Decretos Nros.
260/20 y 297/20 por los cuales, respectivamente, se amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N27.541 y se dispuso el aislamiento social, preventivo y obligatorio, en adelante ASPO, durante el plazo comprendido entre el 20 y el 31 de marzo de 2020; el que fue prorrogado en diversas oportunidades mediante los Decretos Nros. 325/20, 355/20, 408/20, 459/20 y 493/20.
Que, posteriormente, por los Decretos Nros. 520/20, 576/20, 605/20, 641/20, 677/20, 714/20, 754/20, 792/20, 814/20, 875/20, 956/20, 1033/20, 67/21 y 125/21 se dispusieron, según el territorio, distintas medidas que dieron origen al distanciamiento social, preventivo y obligatorio, en adelante DISPO, hasta el 12 de marzo del corriente año, inclusive.
Que por el Decreto N167/21 se prorrogó la emergencia sanitaria dispuesta por la Ley N27.541 y ampliada por el Decreto N260/20, hasta el 31 de diciembre de 2021.
Que mediante el Mensaje N48 del 10 de mayo de 2021, el PODER EJECUTIVO NACIONAL envió al HONORABLE
CONGRESO DE LA NACIÓN un Proyecto de Ley por el cual se propusieron indicadores precisos para establecer el nivel de riesgo epidemiológico y sanitario de cada zona del país y la posibilidad de su adecuación a la dinámica de la pandemia.
Que la situación exige una evaluación constante respecto de la evolución de los casos y la transmisión en las distintas regiones y una gestión coordinada que permita maximizar el resultado de las medidas que se implementan.
Que, más allá de las particularidades de cada zona, es necesario contar con un marco regulatorio nacional común para enfrentar la pandemia y garantizar la atención hospitalaria para quienes lo requieran.
Que el inmenso trabajo de fortalecimiento del sistema de salud realizado desde marzo de 2020 y que continúa en la actualidad ha generado mejores condiciones para la atención de cada persona que la ha requerido.
Que, debido al fortalecimiento del sistema de salud, a pesar de haber registrado en 2021 incidencias más altas que en 2020, se pudo dar respuesta a las personas que necesitaron atención médica y hospitalaria y no se saturó el sistema sanitario.
Que el acceso a la vacunación no es igual para todos los países, lo que hace que el impacto de la pandemia sea también desigual.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 01/10/2021 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date01/10/2021

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First edition02/01/1989

Last issue12/05/2024

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