Boletín Oficial de la República Argentina del 18/07/2021 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.703 - Primera Sección
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Viernes 16 de julio de 2021

setiembre de 2020, ratificada por Resolución DPSCA Nº82 de fecha 18 de noviembre de 2020 y por Resolución DPSCA N32 de fecha 14 de abril de 2021. Asimismo, en la página web del organismo www.defensadelpublico.
gob.ar se encontrará disponible: la convocatoria, el acta de cierre de inscripción, el orden del día, el acta de cierre de la Audiencia Pública, la versión taquigráfica y el informe final.
Podrán inscribirse en el Registro de oradores a cargo de la DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION ESTRATEGICA
E INVESTIGACION, todas aquellas personas humanas o jurídicas, públicas o privadas y Organizaciones no Gubernamentales a partir del día 22 de julio de 2021 hasta el día 29 de julio de 2021 a las 13.00 hs., por medio del formulario de inscripción que se habilitará en la página web del Organismo www.defensadelpublico.gob.ar.
Los/as oradores/as que así lo deseen pueden presentar en la Audiencia Pública documentación pertinente y complementaria a su presentación, que será recibida por la Defensoría del Público y sujeta a su revisión, conforme lo previsto en el artículo 6º apartado 3 de la Resolución DPSCA N07/2021.
Las personas que deseen participar en calidad de asistentes conforme lo previsto en el artículo 4º apartado 6 de la Resolución DPSCA Nº7/2021, lo podrán hacer a través de la transmisión en el sitio web oficial de la DEFENSORÍA
DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL www.defensadelpublico.gob.ar o desde el Canal Youtube del organismo https www.youtube.com/user/DefensoriaDelPublico.
La participación en las Audiencias Públicas Regionales celebradas por la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual implica el conocimiento y aceptación de las pautas fijadas por el Reglamento de Audiencias Públicas Regionales aprobado por la Resolución DPSCA N56/2016 y modificatoria en su totalidad.
Por tratarse de un evento público mediante el cual se promueve el ejercicio de los derechos consagrados en la Constitución Nacional y en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N26.522, entre otros, la asistencia de las personas no requerirá de autorización alguna. Asimismo, se informa que la celebración de la audiencia será registrada por medios técnicos diversos. Los registros resultantes pasarán a formar parte del dominio público y no existirá sobre ellos posibilidad alguna de reclamo pecuniario de conformidad con lo establecido por el Libro I, Título III, Capítulo I del Código Civil y Comercial de la Nación aprobado por la Ley N26.994. Con respecto al derecho a la imagen se aplicará lo normado en el artículo 53 del mencionado plexo normativo.
Miriam Liliana Lewin, Titular.
e. 16/07/2021 N49884/21 v. 19/07/2021

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

ADUANA RÍO GRANDE
Desde Actuación SIGEA N 12817-4770-2019 SUCOA N.º 049-SC-032-2019/1, caratulada TRAICO Guillermo s/psta. Inf. Art. 970 C.A., se hace saber al Sr. TRAICO GUILLERMO DNI 18.086.775 ..RIO GRANDE, 08 JUL
2021 VISTO CONSIDERANDO: Por ello y facultades legales conferidas, EL ADMINISTRADOR DE LA ADUANA
DE RIO GRANDE RESUELVE: CONDENAR a TRAICO GUILLERMO DNI 18.086.775 al pago de una multa que asciende a un total de PESOS CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO CON TREINTA
Y SEIS CENTAVOS $179.678,36 en los términos del art. 970 del C.A. Todo ello bajo apercibimiento de lo previsto por el Art. 1122 del C.A. HACER SABER al Sr. TRAICO GUILLERMO DNI 18.086.775 que podrá interponer en contra la presente decisión, Demanda Contenciosa ante el Juzgado Federal de Río Grande o recurso de apelación por ante el Tribunal Fiscal de la Nación, en el plazo de quince 15 días hábiles, en los términos del Art. 1132 inc.
b y 1133 del Código Aduanero. Debiendo comunicar al administrador, en su caso, mediante presentación escrita o por entrega al correo en carta certificada con aviso de retorno, dentro del plazo para interponerlos, caratula y número de expediente; ello conforme lo previsto por el art. 1138 del mismo texto legal. RESOL-2021-95-E-AFIPADRIOGSDGOAI. Firma Digital: FERNANDEZ OSCAR ELISEO Administrador Aduana A/C - Aduana Río Grande.
Queda Ud. debidamente notificado.
Oscar Eliseo Fernández, Analista de Asuntos Técnicos, A/C Administración.
e. 16/07/2021 N49878/21 v. 16/07/2021

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS
La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1ro. de la Ley 25603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías que se detallan en el Anexo IF-2021-00771653-

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Boletín Oficial de la República Argentina del 18/07/2021 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date18/07/2021

Page count49

Edition count9350

First edition02/01/1989

Last issue29/05/2024

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