Boletín Oficial de la República Argentina del 19/04/2021 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.634 - Primera Sección
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Lunes 19 de abril de 2021

Decretos

INCENTIVO ALACONSTRUCCIÓN FEDERAL
ARGENTINA YACCESO ALAVIVIENDA
Decreto 244/2021
DCTO-2021-244-APN-PTE - Reglamentación Ley N27.613.

Ciudad de Buenos Aires, 18/04/2021
VISTO el Expediente NEX-2021-29781042-APN-DGDAMEC y la Ley N27.613,y CONSIDERANDO:
Que mediante la referida Ley N27.613 se implementó el Régimen de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda, destinado a promover el desarrollo o inversión en los proyectos inmobiliarios realizados en el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, definidos en el artículo 2 de esa norma legal.
Que a través del Capítulo II del Título I de la mencionada ley se consagraron beneficios tributarios para los inversores y las inversoras en tales proyectos inmobiliarios, en materia del Impuesto sobre los Bienes Personales y del Impuesto a las Ganancias o del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas, según corresponda.
Que el Título II de la aludida Ley denominado Programa de Normalización para Reactivar la Construcción Federal Argentina instituye un régimen de normalización de la tenencia en moneda nacional y extranjera para la realización de inversiones en construcción.
Que en el Capítulo Único del citado Título II se regulan aspectos atinentes a la declaración voluntaria ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS de las tenencias de moneda extranjera y/o moneda nacional en el país y en el exterior, tales como la cuenta en la que deberán depositarse los fondos declarados, su destino, el pago de un impuesto especial sobre el valor de la moneda que se declare y los beneficios por los montos declarados que obtendrán los sujetos que efectúen la indicada declaración.
Que es oportuno, en esta instancia, brindar precisiones en cuanto a la forma de acreditar el porcentaje de grado de avance de las obras privadas nuevas a las que se refiere el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley N27.613, así como también disponer que el organismo recaudador será el encargado de instrumentar un registro a los fines de que el desarrollador o la desarrolladora, constructor o constructora o vehículo de inversión que realice los proyectos inmobiliarios comunique los datos pertinentes de tales proyectos.
Que, asimismo, se reglamentan los beneficios tributarios contenidos en el Capítulo II del Título I de la Ley N27.613.
Que, en relación con el régimen de normalización contenido en el Título II, entre otras cuestiones, se estima necesario mencionar, respecto de los destinos de los fondos declarados, los plazos pertinentes en torno a su aplicación transitoria a la compra de títulos públicos nacionales, como así también los alcances del beneficio de liberación.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente acto se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello, ELPRESIDENTE DELANACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- El porcentaje de grado de avance mencionado en el segundo párrafo del artículo 2º de la Ley N 27.613 deberá acreditarse teniendo en cuenta la información presentada ante las autoridades edilicias competentes y/o mediante un dictamen de un profesional matriculado o una profesional matriculada competente en la materia, considerando el proyecto inmobiliario declarado hasta la entrada en vigencia de esa ley, el que debe incluir las construcciones, ampliaciones, instalaciones, entre otros trabajos, que se hubieran realizado a esa fecha.
ARTÍCULO 2.- La ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, será la encargada de instrumentar un registro a los efectos de que el desarrollador o la desarrolladora, constructor o constructora o vehículo de inversión que realice los proyectos inmobiliarios a

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Boletín Oficial de la República Argentina del 19/04/2021 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date19/04/2021

Page count78

Edition count9322

First edition02/01/1989

Last issue01/05/2024

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