Boletín Oficial de la República Argentina del 22/01/2021 - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 34.567 - Primera Sección
Viernes 22 de enero de 2021

DCYDAPNAC, el cual forma parte integrante de la presente medida, autorizándose el correspondiente pago de las Funciones Ejecutivas del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO Si.N.E.P., aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº2.098/2008, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 2º.- Establécese que los cargos involucrados en el Artículo 1º deberán ser cubiertos de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO Si.N.E.P. homologado por el Decreto Nº2.098/2008, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 3º.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 81 - Entidad 107 - ADMINISTRACIÓN DE
PARQUES NACIONALES.
ARTÍCULO 4º.- Establécese que por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones, se notifique en legal forma a los interesados y a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS dentro del plazo de CINCO 5 días de dictada la presente.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio David Gonzalez - Francisco Luis Gonzalez Taboas - Natalia Gabriela Jauri - Daniel Jorge Somma NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 22/01/2021 N2862/21 v. 22/01/2021

ADMINISTRACIÓN DEPARQUES NACIONALES
Resolución 10/2021
RESFC-2021-10-APN-DAPNAC

Ciudad de Buenos Aires, 20/01/2021
VISTO el Expediente EX-2020-50951650-APN-DGAAPNAC, las Leyes Nros. 22.351 y 27.541, los Decretos Nros.
260 de fecha 12 de marzo de 2020, 297 de fecha 19 de marzo de 2020, 520 de fecha 7 de junio de 2020, 576 de fecha 29 de junio de 2020, 605 de fecha 18 de julio de 2020, 641 de fecha 2 de agosto de 2020 y 677 de fecha 16 de agosto de 2020, la Decisión Administrativa N1.524 de fecha 19 de agosto de 2020, las Resoluciones del Directorio Nros. 200 de fecha 19 de agosto de 2020 y 205 de fecha 19 de agosto de 2020, la Disposición de la Dirección Nacional de Operaciones N188 de fecha 2 de diciembre de 2020, la Disposición de la Intendencia del Parque Nacional Iguazú Nº352/2020,y CONSIDERANDO:
Que por la Ley N27.541 se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social hasta el día 31 de diciembre de 2020.
Que en fecha 11 de marzo de 2020 la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD OMS declaró el brote del virus SARS-CoV-2 como una pandemia debido a su propagación a nivel mundial y al número de casos de personas infectadas, constituyendo una emergencia de salud pública de importancia internacional.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº260 de fecha 12 de marzo de 2020 se amplió la Emergencia Sanitaria Nacional por el plazo de UN 1 año.
Que el Presidente de la Nación Argentina dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº297 de fecha 19 de marzo de 2020, donde se estableció el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio.
Que atento el tiempo transcurrido desde el inicio de la pandemia, y en razón del avance de la misma, se ha ido prorrogando dicho Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio a efectos de contrarrestar el avance del virus, lo que ha producido efectos positivos en algunas provincias y regiones de nuestro país, evitando la multiplicación de los contagios.
Que, en consonancia con lo dicho en el Considerando precedente y mediante las normas y los actos administrativos correspondientes que se iniciaron con el Decreto N297/2020 hasta llegar al reciente Decreto N641/2020, se fueron flexibilizando las medidas respecto de determinados sectores y circunscripto a regiones o provincias que contaban con un menor o inexistente número de casos de COVID-19 detectados.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 22/01/2021 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date22/01/2021

Page count48

Edition count9320

First edition02/01/1989

Last issue29/04/2024

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