Boletín Oficial de la República Argentina del 18/09/2020 - Primera Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.477 - Primera Sección
3

Viernes 18 de septiembre de 2020

Resoluciones

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DEAVIACIÓN CIVIL
Resolución 257/2020
RESOL-2020-257-APN-ANACMTR

Ciudad de Buenos Aires, 17/09/2020
VISTO el EX-2020-61584323-APN-ANACMTR, del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN
CIVIL ANAC, la Ley N17.285, la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública N27.541, los Decretos N239 de fecha 15 de marzo de 2007 y N1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, los Decretos de Necesidad y Urgencia N 260 de fecha 12 de marzo de 2020,N274 de fecha16 de marzo de 2020, N297 de fecha 19 de marzo de 2020, N331 de fecha 1 de abril de 2020, N714 de fecha 30 de agosto de 2020
y sus complementarios, las Resoluciones ANAC N84 E de fecha 6 de marzo de 2020, N92 E de fecha 10 de marzo de 2020, N100 E de fecha 18 de marzo de 2020, N102 E de fecha 21 de marzo de 2020, N148 E de fecha 5 de mayo de 2020 y N205 E de fecha 22 de julio de 2020,y CONSIDERANDO:
Que por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública N27.541
se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N260 de fecha 12 de marzo de 2020 se amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN
MUNDIAL DE LA SALUD OMS en relación con el COVID-19.
Que asimismo el Decreto de Necesidad y Urgencia N260/2020 dispuso la suspensión de los vuelos internacionales de pasajeros provenientes de las zonas afectadas por el término de TREINTA 30 días.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N274 de fecha 16 de marzo de 2020 se estableció la prohibición de ingreso al territorio nacional, inicialmente por un plazo de QUINCE 15 días, de personas extranjeras no residentes en el país, a través de Puertos, Aeropuertos, Pasos Internacionales, Centros de Frontera y cualquier otro punto de acceso.
Que dicha restricción fue posteriormente prorrogada hasta el día 20 de septiembre de 2020 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N714 de fecha 30 de agosto de 2020, previéndose la posibilidad de futuras ampliaciones en función de necesidades sanitarias.
Que el MINISTERIO DE TRANSPORTE autorizó a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL ANAC, para que ésta pudiera aprobar operaciones especiales de servicio público de Transporte Aéreo en el marco de la emergencia.
Que por la Resolución ANAC N100-E de fecha 18 de marzo de 2020 se aprobaron los procedimientos de aprobación de vuelos de transporte aéreo de pasajeros por excepción estableciendo que las empresas de transporte aéreo que soliciten una dispensa a la restricción impuesta para vuelos internacionales deberán dar cumplimiento de los requisitos que se establecen mediante el ANEXO I N IF-2020-17635524-APN-DNTAANAC de la mencionada Resolución; en tanto que las empresas nacionales de transporte aéreo que soliciten una dispensa a la restricción impuesta para vuelos de cabotaje, deberán dar cumplimiento de los requisitos que se establecen mediante el ANEXO II NIF-2020-17649015-APN-DNTAANAC de dicha medida.
Que mediante la Resolución ANAC N102-E de fecha 21 de marzo de 2020 se aprobó el procedimiento para el otorgamiento de autorizaciones para la realización de vuelos efectuados por las empresas de Transporte Aéreo no regular interno e internacional, modificado por la Resolución ANAC Nº205-E de fecha 22 de julio de 2020, como Anexo II IF-2020-46820076-APN-DNSOANAC.
Que mediante el Decreto N 331 de fecha 1 de abril de 2020 se instruyó al MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, al MINISTERIO DEL INTERIOR, a la DIRECCIÓN
NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR
del MINISTERIO DEL INTERIOR, al MINISTERIO DE SALUD, al MINISTERIO DE SEGURIDAD, al MINISTERIO
DE TRANSPORTE y a esta Administración Nacional , con el fin de que procedan a establecer los cronogramas pertinentes y a coordinar las acciones necesarias para posibilitar el ingreso paulatino al territorio nacional de las

About this edition

Boletín Oficial de la República Argentina del 18/09/2020 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date18/09/2020

Page count106

Edition count9319

First edition02/01/1989

Last issue28/04/2024

Download this edition

Other editions