Boletín Oficial de la República Argentina del 03/09/2020 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.466 - Primera Sección
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Jueves 3 de septiembre de 2020

Decretos

PROGRAMA NACIONAL PARAELDESARROLLO DEPARQUES INDUSTRIALES
Decreto 716/2020
DCTO-2020-716-APN-PTE - Disposiciones.

Ciudad de Buenos Aires, 02/09/2020
VISTO el Expediente NEX-2020-31066977-APN-DGDMPYT, el Decreto N915 del 28 de junio de 2010 y sus modificatorios,y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N 915 del 28 de junio de 2010 y sus modificatorios se creó el Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario con el objetivo de financiar obras de infraestructura intra y extramuros en Parques Industriales Públicos inscriptos en el REGISTRO NACIONAL DE
PARQUES INDUSTRIALES RENPI.
Que, con el objeto de continuar profundizando la implementación de políticas públicas que promuevan el desarrollo de las economías regionales, resulta conveniente reemplazar el programa mencionado precedentemente para incentivar el ordenamiento territorial, la planificación productiva local, maximizar la integración dentro de un determinado ámbito espacial, atraer inversiones nacionales y extranjeras, aumentar las oportunidades de generación de empleo y garantizar la sostenibilidad de las actividades económicas.
Que, en consecuencia, resulta oportuno ampliar el universo de Parques Industriales Registrados y fortalecer las capacidades de los gobiernos locales para la gestión de proyectos, así como apoyar una planificación de las inversiones públicas en cada una de las jurisdicciones para contribuir al desarrollo económico y social del país.
Que, ante dicho contexto, se estima conveniente mantener la vigencia del REGISTRO NACIONAL DE PARQUES
INDUSTRIALES RENPI con el objeto de contar con una base de datos estadística actualizada que permita disponer de una oferta detallada de predios aptos para la radicación industrial, y también contar con información relevante sobre las empresas instaladas que funcionan en el ámbito de la Coordinación de Parques Industriales, dependiente de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL
EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Que, frente a la importancia de la realización de obras intramuros para expandir y consolidar el desarrollo de los Parques Industriales y dotar a los gobiernos locales y regionales de todo el país de una herramienta de gestión y planificación de sus políticas productivas, se estima oportuno el otorgamiento de Aportes No Reintegrables dirigidos hacia los Parques Industriales Públicos y Mixtos inscriptos en el REGISTRO NACIONAL DE PARQUES
INDUSTRIALES RENPI.
Que, asimismo, el Programa creado se dirige a otorgar una bonificación en la tasa nominal anual de interés de créditos para empresas que estén radicadas o que tengan como fin radicarse o ampliar sus capacidades productivas en un Parque Industrial Público, Privado o Mixto inscripto en el REGISTRO NACIONAL DE PARQUES INDUSTRIALES
RENPI u otorgar una bonificación de la tasa nominal anual de interés en créditos para la adquisición de lotes por parte de los Parques Industriales Públicos y Mixtos inscriptos en el citado Registro.
Que, dadas las nuevas formas de producción basadas en el uso intensivo de tecnologías y nuevos conocimientos que aplican las industrias, es menester acompañar este cambio de paradigma con una nueva clasificación de agrupamientos productivos que contemple esta especificidad caracterizada por la incorporación de innovación a partir de los vínculos necesarios entre el sector de ciencia, tecnología y educación, como así también el sector productivo.
Que, en dicho contexto, se tiene como finalidad facilitar la radicación de empresas en un Parque Industrial, como así también potenciar las sinergias derivadas de la localización común de las que ya estén radicadas, promover la competitividad de los sectores, incentivar las exportaciones, fomentar la mejora de las capacidades en innovación e impulsar la integración de valor en la industria y los servicios.
Que, en ese orden, se prevé la coordinación con el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS y la DIRECCIÓN
NACIONAL DE VIALIDAD u otro organismo que corresponda, para asistir conjuntamente la realización de obras de infraestructura extramuros que potencien la ejecución de proyectos que den respuestas a las necesidades regionales y sectoriales.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 03/09/2020 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date03/09/2020

Page count69

Edition count9332

First edition02/01/1989

Last issue11/05/2024

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