Boletín Oficial de la República Argentina del 18/10/2019 - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 34.221 - Primera Sección
114

Viernes 18 de octubre de 2019

Que a fojas 5/7 del Expediente de referencia, obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y
AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical, y la empresa YAZAKI ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por la parte empresaria, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N14.250 t.o. 2004.
Que el presente se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº1033/09 E.
Que mediante dicho acuerdo las partes convienen incrementar los salarios básicos del personal a partir del 1º de Mayo de 2017, conforme a las condiciones y términos pactados.
Que el ámbito de aplicación del acuerdo traído a estudio, se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado orden público laboral, ni de otras normas dictadas en protección del interés general.
Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.
Que los delegados de personal de la empresa han ejercido en autos la representación que les compete, en los términos de lo normado por el Artículo 17 de la Ley N14.250 t.o. 2004.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N20.744 t.o 1976
y sus modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº676/17.
Por ello, ELSECRETARIO DETRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES
DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical, y la empresa YAZAKI
ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por la parte empresaria, obrante a fojas 5/7 del Expediente N1.765.028/17, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 5/7 del Expediente Nº1.765.028/17.
ARTÍCULO 3.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley N20.744 t.o 1976 y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente junto al Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N1033/09 E.
ARTICULO 4º.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 18/10/2019 N67332/19 v. 18/10/2019

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Boletín Oficial de la República Argentina del 18/10/2019 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date18/10/2019

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First edition02/01/1989

Last issue21/05/2024

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