Boletín Oficial de la República Argentina del 16/10/2019 - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 34.219 - Primera Sección
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Miércoles 16 de octubre de 2019

Decretos

RÉGIMEN DEPROMOCIÓN DELAECONOMÍA DELCONOCIMIENTO
Decreto 708/2019
DECTO-2019-708-APN-PTE - Ley N27.506. Reglamentación.

Ciudad de Buenos Aires, 15/10/2019
VISTO el Expediente NEX-2019-85444077-APN-DGDMPYT y la Ley N27.506,y CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº27.506 se creó el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, que regirá en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA y que tiene como objetivo promocionar actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización de la información apoyado en los avances de la ciencia y de las tecnologías, a la obtención de bienes, prestación de servicios y/o mejoras de procesos.
Que el citado Régimen tiene como objeto la creación, diseño, desarrollo, producción e implementación o adaptación de productos y servicios y su documentación técnica asociada, tanto en su aspecto básico como aplicado, incluyendo el que se elabore para ser incorporado a procesadores y/u otros dispositivos tecnológicos, promoviendo especialmente los rubros detallados en el artículo 2 de la citada Ley N27.506.
Que por el artículo 3 de la mencionada Ley se crea el Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento en el que deberán inscribirse quienes deseen acceder al referido Régimen.
Que, conforme el artículo 4 de la Ley N27.506 mencionada, podrán acceder a los beneficios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento las personas jurídicas que desarrollen en el país, por cuenta propia y como actividad principal, alguna de las actividades mencionadas en el artículo 2 de dicha Ley y cumplan con los demás requisitos allí establecidos.
Que la norma mencionada, prevé un tratamiento fiscal diferenciado para sus beneficiarios.
Que, asimismo, la Ley Nº27.506 definió las sanciones aplicables en caso de configurarse el incumplimiento de las obligaciones establecidas en dicho régimen.
Que mediante el artículo 19 de la citada Ley se designó como Autoridad de Aplicación del referido Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y/o quien éste designe.
Que corresponde especificar las obligaciones a cargo de los beneficiarios, las que guardarán proporcionalidad respecto de los beneficios previstos.
Que a fin de poner en funcionamiento el mencionado Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, resulta necesario reglamentar la citada Ley Nº27.506.
Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos de Asesoramiento competentes.
Que el presente acto se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello, ELPRESIDENTE DELANACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la Reglamentación de la Ley Nº27.506 Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, que como ANEXO IF-2019-93243322-APN-MPYT forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 2.- Facúltase a la Autoridad de Aplicación de la citada Ley Nº27.506 a dictar las normas aclaratorias y complementarias que sean necesarias para la aplicación de la citada norma y de lo dispuesto en la Reglamentación que se aprueba por la presente medida.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 16/10/2019 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date16/10/2019

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First edition02/01/1989

Last issue27/04/2024

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