Boletín Oficial de la República Argentina del 18/09/2019 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.200 - Primera Sección
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Miércoles 18 de septiembre de 2019

Decretos

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 650/2019
DECTO-2019-650-APN-PTE - Enlaces deIntegridad.

Ciudad de Buenos Aires, 17/09/2019
VISTO el Expediente N EX-2019-47506146-APN-OAMJ, la Ley N 25.233, los Decretos Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios y Nº 258 de fecha 10 de abril de 2019, la Resolución del MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS N186 del 7 de marzo de 2018,y CONSIDERANDO:
Que el artículo 13 de la Ley N25.233 se dispuso la creación de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y le encomendó la elaboración y coordinación de programas de lucha contra la corrupción en el Sector Público Nacional.
Que por el artículo 2º del Decreto Nº 174/18 y sus modificatorios se aprobaron los objetivos de la OFICINA
ANTICORRUPCIÓN, entre los que se encuentra el de entender en el diseño y en la implementación de políticas, programas, normas y acciones de prevención y lucha contra la corrupción y en la promoción de la ética pública, la cultura de la integridad y la transparencia en la gestión y los actos de gobierno, y asesorar a los organismos del Sector Público Nacional.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS N186/18 se aprobó el Plan de Acción de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN estableciendo, entre otros, el objetivo de generar herramientas para el desarrollo de políticas de integridad -que incluye la elaboración del Plan Nacional Anticorrupcióne institucionalizar el Sistema Preventivo de Ética Pública y Prácticas de Integridad en la Función Pública.
Que por el Decreto N258/19 se aprobó el PLAN NACIONAL ANTICORRUPCIÓN 2019-2023, elaborado a partir de un proceso consultivo promovido y coordinado por la SECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA ANTICORRUPCIÓN del MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS, en el que participaron todos los Ministerios y gran cantidad de organismos descentralizados.
Que en el citado plan se establecieron los objetivos prioritarios y los lineamientos estratégicos básicos para la elaboración de la Estrategia Anticorrupción, incluyendo iniciativas innovadoras tales como propuestas de reformas normativas, implementación de buenas prácticas, mejora de la transparencia y la eficiencia de las contrataciones públicas y de las plataformas para asegurar el acceso de la ciudadanía a la información pública, entre otras.
Que la OFICINA ANTICORRUPCIÓN mantiene actualmente un rol estratégico en el cumplimiento de los objetivos prioritarios de gobierno, específicamente en lo referido al programa de lucha contra la corrupción.
Que la Recomendación del Consejo de la ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO
ECONÓMICOS OCDE sobre Integridad Pública aconseja a los países miembros y no miembros que hayan adherido a dicha recomendación a desarrollar un sistema coherente y global en materia de integridad pública.
Que asimismo en el estudio de la ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICOS
OCDE sobre Integridad en Argentina 2019 recomendó implementar puntos de contacto de integridad con el apoyo y siguiendo las directrices de la Oficina Anticorrupción en entidades piloto, seleccionadas en el PODER
EJECUTIVO NACIONAL.
Que conforme la referida recomendación, resulta menester institucionalizar una red de Enlaces de Integridad como parte de un sistema que promueva mecanismos para la cooperación horizontal y vertical entre todos los funcionarios, entidades y organismos públicos, la que progresivamente está siendo implementada en las distintas Jurisdicciones y Entidades que conforman la Administración Pública Nacional, a partir de la asignación de funciones en materia de integridad pública y la selección de sus representantes.
Que, en función de lo expuesto deviene necesario establecer el órgano que en las distintas Jurisdicciones y Entidades que conforman la Administración Pública Nacional cumplirá las funciones Enlace de Integridad, como así también las funciones de dichos Enlaces.
Que la presente medida no implica erogación presupuestaria adicional al Estado Nacional.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 18/09/2019 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date18/09/2019

Page count108

Edition count9328

First edition02/01/1989

Last issue07/05/2024

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