Boletín Oficial de la República Argentina del 17/07/2019 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.155 - Primera Sección
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Miércoles 17 de julio de 2019

Decretos

PODER EJECUTIVO NACIONAL
Decreto 486/2019
DNU-2019-486-APN-PTE - Establécese plazo decaducidad.

Ciudad de Buenos Aires, 16/07/2019
VISTO el Expediente NEX-2018-62881477- -APN-SECDHYPCMJ, las Leyes Nros. 26.690, 27.139 y 27.205, los Decretos Nros. 812 de 12 de julio de 2005, 367 del 14 de marzo de 2012 y 1823 del 1 de septiembre de 2015,y CONSIDERANDO:
Que los acontecimientos de público y notorio conocimiento que tuvieron lugar en la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES, en la sede de la ASOCIACIÓN MUTUAL ISRAELITA ARGENTINA AMIA el 18 de julio de 1994, ocasionaron dolorosas consecuencias para toda la REPÚBLICA ARGENTINA, en particular debido a la irreparable pérdida de vidas humanas.
Que mediante el Decreto N812/05 se aprobó el Acta de fecha 4 de marzo de 2005 firmada ante la COMISIÓN
INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, en el marco de la petición Nº12.204 del registro de dicha Comisión, en la que se reconoce la responsabilidad del ESTADO NACIONAL en relación con el atentado perpetrado el 18 de julio de 1994 contra la sede de la AMIA.
Dicha norma incluyó en su objeto el cumplimiento del compromiso, asumido oportunamente como correlato de la asunción de responsabilidad, de promover la sanción de una ley de reparación para todas las víctimas del atentado.
Que, para brindar una respuesta institucional acorde al compromiso asumido, el día 29 de abril de 2015 el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN sancionó la Ley N27.139, a los efectos de reconocer y otorgar un resarcimiento económico a las víctimas del atentado perpetrado a la sede de la AMIA.
Que el artículo 1 de la Ley N27.139, dispone que tendrán derecho a percibir un beneficio extraordinario, por única vez, a través de sus herederos o derechohabientes o por sí, según el caso, las personas que hubiesen fallecido o sufrido lesiones graves o gravísimas en ocasión del atentado perpetrado a la sede de la AMIA, sita en la calle Pasteur 633 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, ocurrido el 18 de julio de 1994, hayan o no iniciado juicio por daños y perjuicios contra el Estado Nacional.
Que el artículo 4 de la Ley N27.139 establece que la solicitud del beneficio deberá efectuarse, bajo apercibimiento de caducidad, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días de la fecha de entrada en vigencia de la reglamentación de la mencionada Ley.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL el 1 de septiembre de 2015 dictó el Decreto N1823, mediante el cual se reglamentó la citada Ley, fijando las normas de procedimiento para efectivizar su implementación y la tramitación del resarcimiento económico.
Que, a la fecha del presente decreto, subsiste un reducido grupo de víctimas legitimadas activamente para solicitar el beneficio previsto por la referida Ley N27.139, que no se han acogido a aquél por haber expirado el plazo de caducidad en ella establecido.
Que, actualmente, algunas víctimas de dicho grupo presentan problemas de salud y una edad avanzada.
Que, en las apuntadas circunstancias, por razones de equidad y justicia, corresponde asegurar que aquellas personas que todavía no se han acogido al beneficio extraordinario mencionado, puedan hacerlo sin mayores dilaciones.
Que los argumentos desarrollados en los considerandos precedentes resultan plenamente aplicables a las víctimas del atentado perpetrado a la Embajada del ESTADO DE ISRAEL en la REPÚBLICA ARGENTINA, sita en la calle Arroyo N910 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, ocurrido el 17 de marzo de 1992, a quienes se les reconoció el derecho a percibir un resarcimiento económico mediante la Ley N26.690, promulgada el 27 de julio de 2011 y reglamentada por el Decreto N367/12, cuyo plazo de caducidad fue ampliado por la Ley N27.205.
Que, por lo expuesto, dada la avanzada edad y el estado de salud que presentan las víctimas constituyen, en los términos del artículo 99, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, circunstancias excepcionales que tornan

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Boletín Oficial de la República Argentina del 17/07/2019 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date17/07/2019

Page count86

Edition count9329

First edition02/01/1989

Last issue08/05/2024

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