Boletín Oficial de la República Argentina del 24/08/2009 - Primera Sección

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Primera Sección
Lunes 24 de agosto de 2009

ARTICULO 2º Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION.
Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado bajo la presente Resolución.
ARTICULO 3º Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 5º Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por la presente, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO
Expediente Nº1.121.696/05

PARTES SIGNATARIAS

FEDERACION OBRERA CERAMISTA
DE LA REPUBLICA ARGENTINA
C/ CERAMICA SANTIAGO S.A.; CERAMICA CATAMARCA S.R.LCUNMALLEU S.A.I.C.A.I.; LADRILLERA ROGGIO
S.R.L.; CERAMICA NANINI; INDUSTRIAS
CHIRINO S.A.; CERAMICA FIGHIERA S.R.L.

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA

BASE
PROMEDIO

01/05/2008

$1.413,29

$4.239,87

01/07/2008

$1.568,68

$4.706,04

TOPE
INDEMNIZATORIO

BOLETIN OFICIAL Nº 31.721

64

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 t.o. 1976, y en el Decreto Nº357 del 21 de febrero de 2002, modificado por su similar Nº628 del 13 de junio de 2005.
Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo homologado por Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº233
de fecha 27 de febrero de 2008 y registrado bajo el Nº 195/08 suscripto entre el SINDICATO DE
GUARDAVIDAS Y AFINES DE GENERAL PUEYRREDON y la CAMARA DE EMPRESARIOS DE
BALNEARIOS, RESTAURANTES Y AFINES DE LA COSTA DE MAR DEL PLATA, conforme al detalle que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2º Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo homologado por Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 85
de fecha 16 de enero de 2009 y registrado bajo el Nº 72/09 suscripto entre el SINDICATO DE
GUARDAVIDAS Y AFINES DE GENERAL PUEYRREDON y la CAMARA DE EMPRESARIOS DE
BALNEARIOS, RESTAURANTES Y AFINES DE LA COSTA DE MAR DEL PLATA, conforme al detalle que, como ANEXO II, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2º Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado bajo la presente Resolución.
ARTICULO 3º Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

CCT 150/75

Expediente Nº1.121.696/05
Buenos Aires, 24/2/2009
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº222/09 se ha tomado razón del tope indemnizatorio calculado en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 72/09 T. VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación
D.N.R.T.

ARTICULO 5º Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por la presente, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
ANEXO I
Expediente Nº250.195/07

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución N 224/2009
Tope Nº74/2009
Bs. As., 20/2/2009
VISTO el Expediente Nº250.195/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, las Resoluciones de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº233 de fecha 27 de febrero de 2006 y Nº85
de fecha 16 de enero de 2009 y
PARTES SIGNATARIAS

SINDICATO DE GUARDAVIDAS Y
AFINES DE GENERAL PUEYRREDON
C/
CAMARA DE EMPRESARIOS DE
BALNEARIOS, RESTAURANTES Y
AFINES DE LA COSTA DE MAR DEL
PLATA

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA

BASE
PROMEDIO

TOPE
INDEMNIZATORIO

01/12/2007

$1.138,13

$3.414,39

Acuerdo N 195/08
CCT 56/89

CONSIDERANDO:
Que a fojas 126 del Expediente Nº250.195/07, obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO
DE GUARDAVIDAS Y AFINES DE GENERAL PUEYRREDON y la CAMARA DE EMPRESARIOS DE
BALNEARIOS, RESTAURANTES Y AFINES DE LA COSTA DE MAR DEL PLATA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº56/89, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
Que la escala precitada surge del acuerdo homologado por Resolución S.T. Nº233/08 y registrado bajo el Nº195/08, conforme surge de fojas 95/97 y 100, respectivamente.
Que a fojas 128 del Expediente Nº250.195/07 y a foja 1 del Expediente Nº255.420/08, agregado como foja 161 al principal, obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO DE GUARDAVIDAS
Y AFINES DE GENERAL PUEYRREDON y la CAMARA DE EMPRESARIOS DE BALNEARIOS, RESTAURANTES Y AFINES DE LA COSTA DE MAR DEL PLATA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº56/89, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250
t.o. 2004.
Que la mencionada escala surge del acuerdo homologado por Resolución S.T. Nº 85/09 y registrado bajo el Nº72/09, conforme surge de fojas 151/154 y 157, respectivamente.
Que a fojas 167/170, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o 1976 y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

ANEXO II
Expediente N 250.195/07
PARTES SIGNATARIAS
SINDICATO DE GUARDAVIDAS Y
AFINES DE GENERAL PUEYRREDON
C/
CAMARA DE EMPRESARIOS DE
BALNEARIOS, RESTAURANTES Y
AFINES DE LA COSTA DE MAR DEL
PLATA

FECHA DE ENTRADA
EN VIGENCIA

BASE
PROMEDIO

TOPE
INDEMNIZATORIO

01/11/2008

$1.479,57

$4.438,71

Acuerdo N 72/09
CCT 56/89

Expediente Nº250.195/07
Buenos Aires, 24/2/2009
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº224/09 se ha tomado razón del tope indemnizatorio calculado en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 74/09 T. VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación
D.N.R.T.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 24/08/2009 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date24/08/2009

Page count68

Edition count9364

First edition02/01/1989

Last issue12/06/2024

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